Norma Legal Oficial del día 12 de junio del año 2006 (12/06/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano lunes 12 de junio de 2006

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NORMAS LEGALES

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el Director de Sanidad. No es un organo de caracter permanente. Sera convocado por el Director de Sanidad, quien lo presidira y sera conformado por los Jefes, Oficiales y profesionales de las diferentes areas. Articulo 13º.- De las funciones del Estado Mayor Son funciones del Estado Mayor de la DIRSAN PNP: a. Analizar las situaciones criticas de la organizacion y proponer alternativas de solucion a la DIRSAN PNP. b. Revisar planes, proyectos y propuestas de las unidades operativas tecnico y administrativas. c. Otras que le asigne la Direccion de Sanidad PNP. Articulo 14º.- De la Oficina de Asesoria Juridica La Oficina de Asesoria Juridica (OFAJ) es el organo encargado de emitir opinion sobre asuntos legales y prestar el apoyo tecnico, en el ambito de su competencia, a todas las unidades organicas de la DIRSAN PNP. Articulo 15º.- De las funciones de la OFAJ Son funciones de la Oficina de Asesoria Legal de la Direccion de Sanidad PNP: a. Emitir opinion especializada, absolver consultas, preparar documentos y atender los asuntos de caracter legal que le corresponde, de acuerdo con las normas pertinentes o por requerimiento de las unidades organicas de la DIRSAN PNP. b. Sistematizar y mantener actualizada la legislacion del ramo. c. Proponer procedimientos normativos tendentes a la mayor operatividad y funcionalidad de todo aspecto legal y administrativo. d. Redactar y visar los contratos, convenios y dispositivos legales que para el desarrollo de sus actividades requieran las diferentes unidades de la DIRSAN PNP. e. Participar en las comisiones y reuniones que senale la Direccion de Sanidad PNP. f. Coordinar con el Procurador Publico que corresponda sobre las acciones judiciales relacionadas a la DIRSAN PNP. g. Otras funciones que le asigne la Direccion de Sanidad PNP. Articulo 16º.- De la Junta de Sanidad La Junta de Sanidad es la encargada de emitir opinion sobre asuntos medicos de caracter administrativo y legal sometidos a su consideracion por las diferentes dependencias de la DIRSAN PNP. Articulo 17º.- De las funciones de la Junta de Sanidad Son funciones de la Junta de Sanidad de la DIRSAN PNP: a. Estudiar y recomendar sobre la Aptitud Psicosomatica del Personal PNP, sometido a su consideracion para determinar su situacion y permanencia en el Servicio Activo. b. Acordar la inclusion, renovacion y exclusion del personal PNP que se encuentra incurso en la Ley Nº 12633. c. Estudiar los expedientes presentados por las Juntas Preliminares y Regionales adoptando los respectivos acuerdos. d. Otras funciones que le asigne la Direccion de Sanidad PNP. CAPITULO IV DE LOS ORGANOS DE CONTROL Articulo 18º.- De la Inspectoria de Sanidad Es el organo de control del mas alto nivel de la Direccion de Sanidad, encargado de prevencion e investigacion de actos irregulares, de corrupcion o de indisciplina que se produzcan en la Direccion de Sanidad. Depende administrativa y funcionalmente de la Inspectoria General de la PNP. CAPITULO V DE LOS ORGANOS DE APOYO Articulo 19º.- De la Secretaria La Secretaria es el organo dependiente de la Direccion de Sanidad y que tiene a su cargo la administracion de la

documentacion interna y externa en concordancia con la normatividad vigente, se relaciona directamente con la Direccion de Sanidad, asi como con los diferentes organismos de la PNP y con las entidades publicas y privadas que correspondan. Esta a cargo de un oficial con el grado de Coronel. Articulo 20º.- De las funciones de la Secretaria La Secretaria tiene por funciones a. Administrar la documentacion que ingresa y egresa de la DIRSAN PNP. b. Proporcionar Informacion sobre el tramite administrativo. c. Controlar el flujo de documentos y el sistema de archivos. d. Garantizar la calidad, seguridad y oportunidad de la documentacion. e. Las demas que le establezca la Direccion de Sanidad. Articulo 21º.- De la Oficina de Planificacion y Desarrollo La es el organo de apoyo de la DIRSAN PNP encargado de disenar, formular y ejecutar los planes, proyectos y programas de inversion y desarrollo en el area de salud. Articulo 22º.- De la Oficina de Planificacion y Desarrollo Las funciones de la Oficina de Planificacion y Desarrollo son: a. Elaborar el Plan Estrategico de la DIRSAN PNP, en concordancia con las politicas de la Policia Nacional y los lineamientos del MINSA. b. Asesorar en la formulacion de los Planes Operativos de las areas asistenciales y administrativas, a nivel nacional, en concordancia con el Plan Estrategico de la DIRSAN PNP. c. Supervisar, monitorear, evaluar y auditar a los organos componentes de la DIRSAN PNP en el cumplimiento de sus objetivos y metas. d. Elaborar las normas tecnicas de monitoreo, supervision, evaluacion y auditoria de las actividades tecnico y administrativas proponiendo al Director para su aprobacion. e. Disenar e implementar proyectos de desarrollo e inversion como estrategia de mejoramiento continuo del Sistema de Salud de la Policia Nacional del Peru. f. Analizar y priorizar las estrategias sanitarias que seran desarrolladas en las unidades operativas de salud a nivel nacional. g. Disenar normas tecnicas, guias y protocolos de atencion integral de salud (Promocion, Prevencion, Tratamiento y Rehabilitacion). h. Administrar, analizar, interpretar y evaluar la informacion utilizando herramientas estadisticas y epidemiologicas. i. Desarrollar los sistemas de vigilancia epidemiologica. j. Disenar y promover actividades estrategicas de investigacion, desarrollo y transferencia tecnologica. k. Disenar y ejecutar los programas de salud preventivos por nosologias dirigidos a prevenir, educar, monitorear la aparicion de cualquier amenaza a la salud de la familia policial. l. Formular el presupuesto anual de la DIRSAN PNP y evaluar su ejecucion. m. Las demas funciones que le asigne el Director de Sanidad. Articulo 23º.- De la Oficina de Informacion e Imagen La Oficina de Informacion e Imagen es un organo de apoyo dependiente de la DIRSAN PNP, encargado de disenar, formular y ejecutar las estrategias orientadas a fortalecer la imagen institucional y difundir los servicios y actividades que desarrolle dicha Direccion. Esta a cargo de un Oficial Superior. Articulo 24º.- Del FOSPOLI El Fondo de Salud Policial - FOSPOLI, es un organo de apoyo de la DIRSAN PNP, que tiene como mision financiar en forma complementaria la atencion integral de Salud del personal policial y familiares con derecho.

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