Norma Legal Oficial del día 12 de junio del año 2006 (12/06/2006)


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NORMAS LEGALES

El Peruano lunes 12 de junio de 2006

p. Resolucion Directoral Nº 1264-2002-DIRGEN/EMG del 30MAY2002. CAPITULO III DE LA NATURALEZA Y FUNCIONES Articulo 6º.- De la naturaleza del FOSPOLI El FOSPOLI es un patrimonio MORDAZA constituido como fondo asistencial cuya administracion esta a cargo de un Directorio dependiente de la DIRSAN PNP. Articulo 7º.- Funciones Son funciones del FOSPOLI: a. Adquisicion oportuna de medicamentos, biomedicos, insumos, material de laboratorio, fotografico, fonotecnico, equipos de uso asistencial y otros relacionados con la atencion integral de salud, incluyendo los servicios de mantenimiento necesarios en los casos aplicables. b. Contratacion de servicios de mantenimiento y reparacion de equipos medicos y otros relacionados con la atencion de salud que brinda la DIRSAN PNP. c. Adquisicion de bienes no medicos, necesarios para brindar una eficiente atencion de salud, tales como computadores, vehiculos, programas informaticos de gestion, entre otros, previo informe del Directorio sustentando la necesidad de la inversion. d. Adquisicion, construccion o mantenimiento de bienes inmuebles e instalaciones de salud fijas y moviles, que MORDAZA necesarias para el desarrollo eficiente de los servicios de salud que brinda la DIRSAN PNP. e. Contratacion con terceros publicos o privados de servicios asistenciales especializados y complementarios previamente aprobados por la DIRSAN PNP. f. Contratacion de tratamientos medicos especializados en el MORDAZA y en el extranjero, previamente aprobados por la Junta Medica que corresponda. g. Contratacion de servicios de consultoria o asesoria en asuntos administrativos, informaticos, de gestion y en general en cualquier materia, que sin estar vinculada directamente con la atencion de salud, sea prioritaria para que la DIRSAN PNP pueda brindar una atencion eficiente, previo informe tecnico y legal de la Direccion Ejecutiva solicitante. h. Contratacion de servicios de consultoria, asesoria y auditorias medicas, previo informe tecnico de la Direccion Ejecutiva de Operaciones de los Servicios de Salud. i. Controlar la utilizacion adecuada y distribucion eficiente de los bienes muebles, inmuebles e insumos que adquiera, a traves de una eficiente fiscalizacion. j. Facilitar los medios necesarios para las evacuaciones medicas de pacientes hacia las Instalaciones de Tratamientos Medicos para soluciones definitivas. TITULO II DE LA ADMINISTRACION DEL FOSPOLI CAPITULO UNICO DEL DIRECTORIO Articulo 8º.- Del Directorio La administracion del FOSPOLI esta a cargo de la DIRSAN PNP a traves de un Directorio, designado por Resolucion Directoral de la Direccion General de la PNP, por un periodo de un (1) ano, pudiendo ser reelegidos, constituido por: a. El Director de la Sanidad, quien lo presidira. b. Un representante de la Alta Direccion del Ministerio del Interior. c. Un representante de la DIRGEN PNP. d. Un representante del Estado Mayor PNP. e. Un representante de la Direccion de Recursos Humanos de la PNP. f. El Director Ejecutivo Operativo de los Servicios de Salud de la DIRSAN PNP. g. El Director Ejecutivo Administrativo de los Servicios de Salud de la DIRSAN PNP.

h. El Coordinador Administrativo de la Direccion de Operaciones de la DIRSAN PNP. i. El Director del Hospital Central de la PNP. El Directorio contara con un Secretario, siendo elegido en la primera Instalacion de la Sesion de Directorio y podra convocar a los Asesores Legal y Economicofinanciero que crea conveniente. Articulo 9º.- De las funciones del Directorio Son funciones o competencias del Directorio: a. Supervisar y evaluar las actividades administrativas, economicas y financieras del FOSPOLI. b. Aprobar el Presupuesto y el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones con cargo al Fondo, presentado por el Director Ejecutivo de Administracion de los Servicios de Salud. c. Aprobar los Estados Financieros del FOSPOLI, presentados por la Direccion Ejecutiva de Administracion de los Servicios de Salud de la DIRSAN PNP. d. Aprobar todo gasto no previsto en el presupuesto y/o autorizar las transferencias internas. e. Aprobar las Bases Administrativas de los procesos de seleccion contenidos en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Fondo. f. Proponer al Director de Sanidad PNP la designacion de los integrantes de los Comites especiales y permanentes que llevaran a cabo los procesos de seleccion con recursos del Fondo. g. Proponer al Director de Sanidad PNP la designacion de los integrantes de las Comisiones para asuntos especificos. h. Dar cuenta a la DIRSAN PNP de las acciones tomadas sobre casos especiales. Articulo 10º.- De las funciones del Presidente del Directorio Son funciones del Presidente del Directorio: a. Aprobar el Plan Estrategico de Desarrollo de la DIRSAN PNP en lo que corresponde al FOSPOLI. b. Representar legal y administrativamente al FOSPOLI. c. Presidir las sesiones del Directorio y velar por el cumplimiento de sus acuerdos. d. Delegar, en caso de ausencia, sus atribuciones en el Oficial PNP de mayor grado y antiguedad que forme parte del Directorio. e. Informar semestralmente sobre el cumplimiento del Plan Estrategico de Desarrollo del FOSPOLI y sobre las acciones tomadas en casos especiales. f. Suscribir conjuntamente con el Jefe de Administracion de la DIRSAN PNP o quien este designe, los documentos valorados del FOSPOLI. g. Elevar la Memoria Anual a la DIRSAN PNP. h. Otras funciones que le asigne el Directorio. Articulo 11º.- Funciones de los integrantes del Directorio Son funciones de los integrantes del Directorio las siguientes: a. Participar obligatoriamente en las sesiones del Directorio con derecho a voz y voto. b. Integrar las Comisiones que disponga el propio Directorio. c. Mantenerse informados de la marcha administrativa, economica, contable y financiera del FOSPOLI. d. Otras funciones que le asigne el mismo Directorio. Las sesiones se instalan y los acuerdos se adoptan, con la presencia o MORDAZA favorable, respectivamente, de no menos del 60% de los miembros del Directorio. Articulo 12º.- De las funciones del Secretario del Directorio Son funciones del Secretario del Directorio las siguientes: a. Formular, registrar y tramitar la documentacion del Directorio del FOSPOLI. b. Llevar y mantener al dia el Libro de Actas. c. Preparar las Agendas de Sesiones y formular las citaciones a los miembros del Directorio.

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