Norma Legal Oficial del día 12 de junio del año 2006 (12/06/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano lunes 12 de junio de 2006

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NORMAS LEGALES

321355

Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 2189-2005IN del 4 de octubre de 2005, se constituyo una Comision Especial de Alto Nivel para la supervision y ejecucion inmediata de la Nueva Estructura de la DIRSAL, dejando sin efecto las Comisiones y Comites creados por Resolucion Ministerial Nº 1735-2003-IN, del 26 de septiembre de 2003; por Resolucion Ministerial 00602004-IN-0103, del 26 de enero de 2004; y, por Resolucion Ministerial Nº 418-2005-IN-PNP, del 1 de marzo de 2005, asi como toda otra disposicion que se oponga a dicha Resolucion; Que, mediante Informe Nº 001-2006-IN/Comision DIRSAL del 17 de enero de 2006, la Comision Especial de Alto Nivel aludida, establecio la necesidad de actualizar y adecuar el Reglamento de FOSPOLI al la nueva estructura de la DIRSAN PNP, tomando en cuenta que dicha Direccion esta a cargo de la administracion del mencionado fondo; Que, con fecha 29 de marzo de 2006, se promulgo el Decreto Supremo Nº 003-2006-IN, el mismo que declara en Emergencia a la Direccion de Salud (DIRSAL) de la Policia Nacional del Peru y todas sus dependencias, por el plazo de trescientos sesenta (360) dias. Asimismo, se constituye una Comision de Alto Nivel para la Supervision de la administracion, gestion, reorganizacion y reestructuracion de la DIRSAL; Que, la referida Comision ha aprobado un proyecto para el MORDAZA Reglamento de FOSPOLI, con la finalidad de que este se adecue a la nueva estructura de la DIRSAN PNP. Todos estos documentos han sido propuestos a la Alta Direccion del Ministerio del Interior mediante Informe 001-2006-IN/COMISION ESPECIAL DIRSAL del 18 de MORDAZA de 2006; De conformidad con las facultades especiales otorgadas al Ministro del Interior mediante Decreto Supremo Nº 009-2003-IN y Decreto Supremo Nº 0102003-IN, ambos del 19 de septiembre de 2003; y de acuerdo con lo establecido en el Decreto Supremo Nº 014-2004-IN del 7 de septiembre de 2004 y Decreto Supremo Nº 003-2006-IN del 29 de marzo de 2006; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 003-2004-IN que aprobo el Texto Unico Ordenado del Decreto Legislativo Nº 370 - Ley del Ministerio de Interior y Decreto Supremo Nº 004-2005IN que aprobo Reglamento de Organizaciones y Funciones del MININTER; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el Reglamento del Fondo de Salud para el Personal de la Policia Nacional del Peru, el mismo que quedara redactado de la siguiente manera: REGLAMENTO DEL FONDO DE SALUD DE LA POLICIA NACIONAL DEL PERU TITULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPITULO I DEL OBJETO Y ALCANCE DEL REGLAMENTO Articulo 1º.- Objeto El presente Reglamento tiene por objeto establecer las normas generales que permitan la administracion y gestion del Fondo de Salud de la Policia Nacional del Peru, en adelante FOSPOLI, con eficiencia, eficacia, racionalidad, legalidad y transparencia. Articulo 2º.- Alcance Las normas y disposiciones establecidas en el presente Reglamento alcanzan a todo el personal de la PNP y familiares con derecho, asi como a las Unidades que integran la Policia Nacional del Peru. CAPITULO II DE LA MISION, PRINCIPIOS Y BASE LEGAL Articulo 3º.- Mision a. Asegurar mediante el uso de los recursos del FOSPOLI el financiamiento en forma complementaria y

exclusiva de la atencion integral de salud (promocionales, preventivos, recuperativos y de rehabilitacion) del Personal de la Policia Nacional del Peru y sus familiares con derecho. b. Permitir la planificacion y ejecucion de Estudios de Investigacion y Programas Promocionales-Preventivos relacionados con las enfermedades ocupacionales y otras de los miembros de la PNP y sus familiares con derecho. c. Permitir la financiacion del desarrollo y ampliacion de la infraestructura de salud de las unidades asistenciales de Salud fijas y moviles. d. Promover la obtencion de bienes de MORDAZA externas. Articulo 4º.- Principios del FOSPOLI a. Calidad: Privilegiar la adquisicion y contratacion de bienes y servicios que otorguen la mayor satisfaccion y bienestar a los beneficiarios del Fondo. b. Capacidad: Es el soporte correcto en el lugar preciso y en el tiempo exacto, MORDAZA de los principios del FOSPOLI. c. Simplicidad: MORDAZA la complejidad y promueve la eficiencia tanto en la planificacion y ejecucion de las operaciones del FOSPOLI. d. Flexibilidad: Es la capacidad de adaptacion de la estructura y procedimientos del FOSPOLI para las situaciones cambiantes, misiones y conceptos de operaciones. Los planes y operaciones del FOSPOLI deben ser flexibles para lograr capacidad y economia. e. Economia: Es la provision de apoyar al menor costo y con eficacia. f. Suficiencia: Es la capacidad de proporcionar el minimo suministro requerido para iniciar las operaciones de Salud. Una operacion no debe iniciar hasta no tener un minimo de niveles esenciales para el apoyo. g. Sostenibilidad: Es la capacidad en el tiempo de brindar el soporte necesario a las unidades asistenciales de la DIRSAN PNP con la misma calidad y eficiencia. h. Descentralizacion: Capacidad de atender las necesidades de la DIRSAN y por ende de la poblacion policial adecuadamente en el ambito nacional. Articulo 5º.- De la Base Legal El presente Reglamento se sustenta en: a. Constitucion Politica del Peru. b. Ley Nº 24949 del 6 de diciembre de 1988 de la Creacion de la Policia Nacional del Peru. c. Decreto Legislativo Nº 694 del 5 de noviembre de 1991, que incorpora el servicio de Sanidad de las Fuerzas Policiales dentro de la Estructura Organica de la PNP. d. Ley Nº 26842 de 20 de MORDAZA de 1997 - Ley General de Salud. e. Ley Nº 27238 de 21 de diciembre de 1999, Ley de la Policia Nacional del Peru. f. Ley Nº 27785 del 23NOV2002 -Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica. g. Ley Nº 28112 del 28NOV2003 - Ley MORDAZA de la Administracion Financiera del Estado. h. Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto Publico. i. Ley Nº 27245 - Ley de MORDAZA y Transparencia Fiscal y modificatorias. j. Decreto Supremo Nº 015-B-87-IN de 30 de MORDAZA de 1987, que crea el Fondo de Salud para el Personal de la Policia Nacional del Peru - FOSPOLI. k. Decreto Supremo Nº 008-2000-IN del 04 Reglamento de la Ley Organica de la Policia Nacional del Peru. l. Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 0083-2004-2004-PCM de 26 de noviembre de 2004 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM de 26 de noviembre de 2004. m. Resolucion Ministerial Nº 0306-92-IN/PNP Reglamento de Sistema Normativo. n. Resolucion Ministerial Nº 0095-92-IN/PNP de 29 de enero de 1992, que aprueba el Reglamento del el Fondo de Salud para el Personal de la Policia Nacional del Peru - FOSPOLI. o. Manual de Organizacion y Funciones de la Direccion de Sanidad de la PNP.

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