Norma Legal Oficial del día 12 de junio del año 2006 (12/06/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano lunes 12 de junio de 2006

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NORMAS LEGALES

321345

Que, el articulo 217º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM, establece que los concesionarios que acrediten la existencia de servidumbre convencional para el desarrollo de las actividades electricas, pueden solicitar al Ministerio de Energia y Minas el reconocimiento de la misma, siendo de aplicacion a tal servidumbre convencional las normas de seguridad establecida en la Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento y en las normas tecnicas pertinentes; Que, la peticion se encuentra amparada en lo dispuesto por el articulo 217º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado que la concesionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe Nº 080-2006-DGE-CEL; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- RECONOCER, a favor de la concesion definitiva de distribucion de la que es titular Luz del Sur S.A.A., la servidumbre convencional de ocupacion sobre el bien de propiedad de KALANDAR INTERNATIONAL PERU S.A.C., para la instalacion de la subestacion de distribucion compacta del MORDAZA pedestal para Servicio Publico de Electricidad Nº 5095, ubicado en el predio con frente a la Avenida Republica de Panama Nº 308, Urbanizacion Parcela del Fundo MORDAZA, distrito de Barranco, provincia y departamento de MORDAZA, constituida mediante Contrato de Servidumbre de Ocupacion de fecha 15 de diciembre de 2004, en los terminos y condiciones estipulados en el mismo, de acuerdo a la documentacion tecnica y planos proporcionados por la empresa, conforme al siguiente cuadro:
Cod. Exp. Descripcion de la servidumbre Area de Propietario MORDAZA de servidumbre terreno

energia electrica en merito de la Resolucion Suprema N° 107-96-EM, publicada el 30 de noviembre de 1996, ha solicitado el reconocimiento de la servidumbre de ocupacion sobre bienes de propiedad par ticular, indispensable para la instalacion de la subestacion de distribucion electrica compacta para Servicio Publico de Electricidad N° 1359 (sotano), ubicada en la Avenida MORDAZA MORDAZA Pezet N° 529 - N° 535, Urbanizacion San MORDAZA, distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, segun las coordenadas UTM (PSAD 56) que figuran en el Expediente; Que, la concesionaria ha acreditado que en el predio senalado en el considerando que antecede, se ha constituido servidumbre convencional de ocupacion sobre un area de 63,00 metros cuadrados, de propiedad de Inmobiliaria Pezet 535 S.A. para la subestacion de distribucion electrica compacta para Servicio Publico de Electricidad N° 1359 (sotano), conforme consta en el Contrato de Servidumbre de Ocupacion, de fecha 2 de junio de 2005, cuya MORDAZA obra en el Expediente; Que, el articulo 217° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por el Decreto Supremo N° 009-93-EM, establece que los concesionarios que acrediten la existencia de servidumbre convencional para el desarrollo de las actividades electricas, pueden solicitar al Ministerio de Energia y Minas el reconocimiento de la misma, siendo de aplicacion a tal servidumbre convencional las normas de seguridad establecidas en la Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento y en las normas tecnicas pertinentes; Que, la peticion se encuentra amparada en lo dispuesto por el articulo 217° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado que la concesionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe Nº 141-2006-DGE-CEL; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- RECONOCER, a favor de la concesion definitiva de distribucion de la que es titular Luz del Sur S.A.A., la servidumbre convencional de ocupacion sobre el bien de Inmobiliaria Pezet 535 S.A, para la instalacion de la subestacion de distribucion electrica compacta para Servicio Publico de Electricidad N° 1359 (sotano), ubicada en la Avenida MORDAZA MORDAZA Pezet N° 529 - N° 535, Urbanizacion San MORDAZA, distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, constituida mediante Contrato de Servidumbre de Ocupacion de fecha 2 de junio de 2005, en los terminos y condiciones estipulados en el mismo, de acuerdo a la documentacion tecnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme al siguiente cuadro:
Area de Propietario MORDAZA de Servidumbre terreno 31186806 Subestacion de Distribucion Suelo: 63,00 m² Inmobiliaria MORDAZA Electrica N° 1359 y sus aires. Pezet 535 Ubicacion: distrito de San MORDAZA, S.A. provincia y departamento de MORDAZA Coordenadas UTM:
Vertice A Norte 8 661 639,655 8 661 641,979 8 661 636,128 8 661 633,804 Este 277 791,237 277 780,997 277 779,669 277 789,909

31179005 Subestacion de Distribucion Suelo: 9,26 m2 Kalandar MORDAZA Electrica Nº 5095. y aires International Ubicacion: distrito de Barranco, Peru S.A.C. provincia y departamento de Lima. Coordenadas UTM:
Vertice A B C D Este 280 721,868 280 719,515 280 717,522 280 719,777 Norte 8 657 756,424 8 657 758,519 8 657 756,277 8 657 754,273

Articulo 2º.- Son de aplicacion a la servidumbre reconocida en el articulo que antecede, las normas de seguridad establecidas en la Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento y en las normas tecnicas pertinentes. Articulo 3º.- La presente Resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. GLODOMIRO MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 10003 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 260-2006-MEM/DM MORDAZA, 29 de MORDAZA de 2006 VISTO: El Expediente Nº 31186806, organizado por Luz del Sur S.A.A., persona juridica inscrita en el Asiento D 00001 de la Partida N° 11008689 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao, sobre solicitud de reconocimiento de la servidumbre de ocupacion sobre bienes de propiedad par ticular, indispensable para la instalacion de la subestacion de distribucion electrica compacta para Servicio Publico de Electricidad N° 1359 (sotano); CONSIDERANDO: Que, Luz del Sur S.A.A., titular de la concesion definitiva para desarrollar la actividad de distribucion de

Expediente Descripcion de la servidumbre

B C D

Articulo 2º.- Son de aplicacion a la servidumbre reconocida en el articulo que antecede, las normas de seguridad establecidas en la Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento y en las normas tecnicas pertinentes. Articulo 3º.- La presente Resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. GLODOMIRO MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 10004

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