Norma Legal Oficial del día 12 de junio del año 2006 (12/06/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano lunes 12 de junio de 2006

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NORMAS LEGALES

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DIRECTIVA Nº 93-2006-ME/SG-OA-UPER NORMAS COMPLEMENTARIAS PARA EL MORDAZA DE NOMBRAMIENTO DE AUXILIARES DE EDUCACION DEL SECTOR EDUCACION I. FINALIDAD Establecer el procedimiento para el nombramiento de los auxiliares de educacion que cuenten con contrato laboral al 31 de diciembre del 2005, y tengan no menos de dos anos de labor, continuos o acumulados, dentro de los ultimos cinco anos previos a la vigencia de la Ley Nº 28638, ocupen plaza presupuestada y que hayan aprobado el concurso respectivo. II. OBJETIVO Garantizar que el MORDAZA de nombramiento se efectue siguiendo un estricto orden dentro de los procesos tecnicos que demanda el Sistema de Personal, respetando los derechos y beneficios que corresponden a los auxiliares de educacion. III. BASE LEGAL - Ley Nº 24029, Ley del Profesorado modificada por la Ley Nº 25212. - Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General. - Ley Nº 27815, Ley del Codigo de Etica de la Funcion Publica, modificada por la Ley Nº 28496 y reglamentada con Decreto Supremo Nº 033-05 PCM. - Ley Nº 28044, Ley General de Educacion. - Ley Nº 28175, Ley MORDAZA del Empleo Publico. - Ley Nº 28652, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2006. - Decreto Ley Nº 23211, Acuerdo Suscrito entre la MORDAZA Sede y la Republica del Peru. - Decreto Ley Nº 25762, Ley Organica del Ministerio de Educacion, modificada por la Ley Nº 26510. - Decreto Supremo Nº 019-90-ED, Reglamento de la Ley del Profesorado. - Resolucion Ministerial Nº 483-89-ED aprueba el Reglamento de Centros Educativos de Accion Conjunta: Iglesia Catolica - Estado Peruano. IV. ALCANCE - Direcciones Regionales de Educacion. - Unidades de Gestion Educativa Local. - Instituciones Educativas Publicas. V. DISPOSICIONES GENERALES 5.1 Se encuentran comprendidos dentro de este MORDAZA de nombramiento, el auxiliar de educacion que ingreso a laborar bajo la condicion de contratado por servicios personales, y laboro bajo tal condicion al 6 de diciembre del 2005 (fecha de publicacion de la referida Ley), y tenga no menos de dos anos de labor, continuos o acumulados, dentro de los ultimos cinco anos previos a la vigencia de la citada Ley (entre el 6 de diciembre del 2000 y el 6 de diciembre del 2005). 5.2 Tendran derecho a nombramiento aquellos que cumplan con los siguientes requisitos: - Tener contrato como auxiliar de educacion al 31 de diciembre del 2005.

- Tener no menos de dos (2) anos de labor efectiva, continuos o acumulados, dentro de los ultimos 5 anos previos a la vigencia de la presente ley, entre el 7 de diciembre del 2000 y el 7 de diciembre del 2005. - Contrato 2005 como auxiliar de educacion en plaza presupuestada. - Acta de Evaluacion favorable (ganador) del concurso para contrato 2005, cumpliendo el perfil minimo requerido. - Evaluacion favorable sobre su desempeno laboral (contrato 2005), suscrita por el Director de la I.E. y el CONEI respectivo. 5.3 Haber culminado con el MORDAZA de racionalizacion de las Instituciones Educativas Publicas de Educacion Basica y Educacion Tecnico Productiva, en el ambito de su jurisdiccion y competencia, la que se acreditara con la respectiva resolucion de aprobacion del Presupuesto Analitico de Personal. 5.4 Los nombramientos se efectuaran en las plazas organicas presupuestadas comprendidas en el Presupuesto Analitico de Personal aprobado, en las cuales fueron contratados en el 2005. Si producto del MORDAZA de racionalizacion senalado en el numeral precedente, dicha plaza fuera declarada excedente y reubicada a otra institucion educativa, el nombramiento se efectuara en la institucion educativa de destino. 5.5 La Unidad de Gestion Educativa Local como instancia de ejecucion descentralizada, y de acuerdo a sus funciones asignadas a traves del articulo 74º de la Ley General de Educacion Nº 28044 y el Articulo 46º del D.S. Nº 009-2005-ED Reglamento de Gestion del Sistema Educativo, es la encargada de llevar a cabo el MORDAZA de nombramiento. 5.6 Las Direcciones Regionales de Educacion bajo responsabilidad verificaran que los nombramientos que resulten del presente MORDAZA se realicen exclusivamente en plazas organicas presupuestadas, luego del MORDAZA de racionalizacion, remitiendo la informacion consolidada que corresponda a su jurisdiccion, a la Unidad de Personal del Ministerio de Educacion, dentro de los 10 dias calendario de culminado el proceso. 5.7 El personal nombrado como Auxiliar de Educacion, sera ubicado en el grupo remunerativo "E" de la escala 5 del D.S. Nº 051-91-PCM, con una jornada laboral de 30 horas cronologicas. 5.8 Solo procede el nombramiento de auxiliares de educacion en los niveles de Educacion Inicial, Secundaria de Menores y Especial. 5.9 Para acreditar los dos (02) anos de servicios requeridos para nombramiento, se considerara equivalente a un (01) ano, cada diez (10) meses de trabajo efectivo en el mismo nivel, sin importar el periodo calendario durante el cual laboro. No son computables los servicios contratados como personal administrativo para acreditar los dos (02) anos de servicios requeridos, ni los servicios prestados con caracter accidental (reemplazo de licencias). 5.10 Solo se tomara en cuenta el tiempo de servicios cumplido como auxiliar de educacion (en dicho cargo y plaza), o como docente de aula y/o asignatura, prestados en la condicion de contratado, en las instituciones educativas publicas del ambito nacional, y que cuenten con acto resolutivo que lo acredite como tal. 5.11 El nombramiento sera vigente a partir de la fecha de expedicion de la Resolucion.

DIARIO OFICIAL

REQUISITO PARA PUBLICACION DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica al Congreso de la Republica, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autonomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales respectivamente, deberan ademas remitir estos documentos en disquete o al siguiente correo electronico.

normaslegales@editoraperu.com.pe

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