Norma Legal Oficial del día 19 de marzo del año 2006 (19/03/2006)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 19 de marzo de 2006

caracter especifico que resulten necesarios para garantizar la ejecucion de los programas y actividades protegidos del presupuesto de la Educacion Basica a nivel nacional. CAPITULO VI: RACIONALIZACION DEL GASTO Articulo 31º El Circulo de Mejora de la Calidad del Gasto del Sector, supervisara y monitoreara por la continuidad del MORDAZA de racionalizacion del gasto publico, adoptando para tal efecto, las medidas de corto plazo segun lo dispuesto por la Octava Disposicion Final de la Ley Nº 28652 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2006. Articulo 32º Los Directores de la Unidades Ejecutoras conduciran los procedimientos orientados a una adecuada racionalizacion de los recursos humanos, teniendo en cuenta su ubicacion y distribucion en el ambito correspondiente en funcion a las necesidades del servicio educativo, en concordancia con el articulo 90º de la Ley Nº 28044 Ley General de Educacion. Articulo 33º Los Directores de las Unidades de Costeo, apoyaran en los procesos de racionalizacion del gasto, brindando informacion de personal docente y administrativo de cada Institucion Educativa que conforman la Unidad de Costeo; dicha informacion sera alcanzada a la Comision Tecnica de Racionalizacion del Gasto de la Unidad Ejecutora. Articulo 34º Los Directores de las Instituciones Educativas Publicas que no reporten la informacion para el MORDAZA de racionalizacion o alteren informacion respecto a plazas excedentes, asi mismo sobredimensionen metas de atencion, secciones y/o docentes, asumen responsabilidad administrativa de acuerdo a las normas de la Ley del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, Ley Nº 27785. Articulo 35º El MORDAZA de racionalizacion de personal docente y administrativo implica, determinar la excedencia o deficit de plazas, por razones de reduccion de la carga docente o por crecimiento de demanda educativa, lo que conlleva a la necesidad de equilibrar la oferta y demanda educativa. Articulo 36º Las acciones de reubicacion de personal docente o administrativo, seran acompanadas por las modificaciones presupuestales que correspondan, conforme a lo dispuesto en el articulo 38º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. Articulo 37º Las acciones que generen movimiento de personal, deberan ser comunicadas al organo de presupuesto o quien haga sus veces en la Unidad Ejecutora, para la elaboracion de los informes de transferencia presupuestal al interior de la Unidad Ejecutora y/o entre Unidades Ejecutoras; estos a su vez efectuaran los tramites que correspondan ante el organo de Presupuesto del Pliego para la accion correspondiente. Articulo 38º Las modificaciones presupuestales al interior de la Unidad Ejecutora o de transferencia entre Unidades Ejecutoras, derivadas de las acciones de racionalizacion de personal senaladas en los parrafos precedentes seran aprobados por el titular del Pliego mediante acto resolutivo, a propuesta del organo de Presupuesto o quien haga sus veces en el Pliego, previo informe de su homologo en la Unidad Ejecutora de acuerdo al articulo 38º de la 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. Articulo 39º La Comision Tecnica de Racionalizacion del Gasto de la Unidad Ejecutora, pondra a disposicion del Circulo de Mejora de la Calidad del Gasto del Ministerio

de Educacion, la documentacion que sustenta los resultados de dicho MORDAZA, para su evaluacion y opinion respectiva en concordancia a la Octava Disposicion Final de la Ley Nº 28652 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2006. CAPITULO VII: DISPOSICIONES FINALES Primera.- El titular de la Unidad Ejecutora, bajo responsabilidad, MORDAZA fiel cumplimiento a lo establecido en la presente Directiva. Segunda.- La Oficina de Control Institucional o quien haga sus veces, velara por el estricto cumplimiento de los lineamientos que establece la presente Directiva poniendo especial enfasis en la medicion de las Horas Lectivas. Te rc e r a . - L a U n i d a d E j e c u t o ra MORDAZA l u a r a trimestralmente a los Directores de Centro de Base, debiendo hacer llegar los resultados al titular del Pliego. Cuarta.- Encargar al Circulo de Mejora de Calidad del Gasto del Ministerio de Educacion el monitoreo, supervision y asistencia tecnica de los Comites de Gestion Presupuestaria en las Unidades Ejecutoras que tengan a su cargo la Educacion Basica y Educacion Superior no Universitaria del Pliego 010 Ministerio de Educacion y Unidades Ejecutoras de Educacion de los Gobiernos Regionales a nivel nacional. Quinta.- La presente Directiva entrara en vigencia desde el del dia siguiente de su publicacion.

ANEXOS Anexo Nº 1 Anexo Nº 2 Programacion Presupuestal a Nivel de Meta Presupuestaria Distribucion de Calendario de Compromisos Trimestral a Nivel de Meta Presupuestaria. Distribucion de Calendario de Compromisos Trimestral a Nivel de Meta Presupuestaria y Especifica de Gasto. Modelo de Resolucion Directoral para designar los responsables de las metas presupuestarias de las Unidades Ejecutoras de la Sede Central.

Anexo Nº 3

Anexo Nº 4

Anexo Nº 4-A Modelo de Resolucion Directoral para designar los responsables de las metas presupuestarias relacionados a Unidades de Costeo. Anexo Nº 5 Solicitud de Calendario Mensual para gastos en Bienes y Servicios y otros Gastos de Capital. Detalle de Gastos del monto distribuido por el "COGESPRE" dentro de una meta presupuestaria. Cronograma de remision de informacion de Horas Lectivas. Informe de las horas efectivas dictadas en las Instituciones Educativas Publicas. Consolidado de las horas lectivas promedio dictadas en las Instituciones Educativas Publicas a nivel de Unidad de Costeo. Consolidado de las horas lectivas promedio dictadas en las Instituciones Educativas Publicas a nivel de Unidad Ejecutora.

Anexo Nº 6

Anexo Nº 7 Formato 01 Formato 02

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