Norma Legal Oficial del día 19 de marzo del año 2006 (19/03/2006)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 19 de marzo de 2006

Articulo 14º.- Vacancia. Se declara vacante el cargo de miembro del Consejo Directivo: a) Por renuncia aceptada, segun corresponda. b) Por remocion. c) Cuando concurra en forma sobreviniente, cualquiera de las causales de impedimento establecidas en el Articulo 15º del presente Reglamento. d) Por inasistencia injustificada a dos (2) sesiones consecutivas o tres (3) alternadas durante el periodo de seis (06) meses, salvo los casos de licencia. e) Por fallecimiento o incapacidad fisica y/o mental permanente, debidamente comprobada. f) Por sentencia condenatoria en caso de delito doloso. Articulo 15º.- Funcionamiento del Consejo Directivo El Consejo Directivo tendra por lo menos dos (2) sesiones ordinarias mensualmente y, extraordinariamente cuando lo convoque su Presidente, o cuando lo soliciten al menos dos (2) de sus miembros. El quorum para las sesiones se constituye con la concurrencia de dos (2) miembros y las decisiones se toman por unanimidad de votos de los asistentes. El funcionamiento de las sesiones del Consejo Directivo se regira por el Reglamento de Sesiones que apruebe el Consejo Directivo. Articulo 16º.- Acuerdos del Consejo Directivo. Los acuerdos que adopte el Consejo Directivo constaran en un Libro de Actas legalizado de acuerdo a ley, las cuales seran suscritas por todos los miembros asistentes a la sesion. Los miembros del Consejo Directivo son responsables de los acuerdos que adopten salvo que hubieran emitido MORDAZA discrepante. Articulo 17º.- Asistencia a sesiones del Consejo Directivo. El Director Ejecutivo asistira a las sesiones del Consejo Directivo con voz, pero sin voto. Asimismo, el Consejo Directivo podra solicitar la intervencion en sus sesiones de los funcionarios y/o asesores que consideren necesarios, con el objeto que informen sobre los asuntos de su competencia. Articulo 18º.- Funciones del Presidente del Consejo Directivo. El Presidente del Consejo Directivo tiene las siguientes funciones: a) Ejercer la representacion institucional del PATPAL MORDAZA MORDAZA Barreda. b) Presidir y dirigir las sesiones del Consejo Directivo y dirimir las votaciones, en caso de empate. c) Convocar a los miembros del Consejo Directivo. d) Velar por el cumplimiento de la politica, objetivos y metas del PATPAL MORDAZA MORDAZA MORDAZA aprobadas por el MIMDES. e) Emitir Resoluciones en el ambito de su competencia. f) Cumplir y hacer cumplir los acuerdos del Consejo Directivo. g) Ejercer otras funciones que le encargue el Consejo Directivo. CAPITULO II DIRECCION EJECUTIVA Articulo 19º.- Direccion Ejecutiva. La Direccion Ejecutiva es el organo encargado de conducir, ejecutar y supervisar los organos de linea, apoyo y asesoramiento de la Institucion. Esta a cargo de un Director Ejecutivo que es designado por la Ministra de la Mujer y Desarrollo Social, y es responsable de conducir la gestion tecnica, administrativa y financiera de la Institucion, asegurando el cumplimiento de los objetivos y metas de acuerdo a las politicas establecidas por el Consejo Directivo y el MIMDES.

Articulo 20º.- Funciones del Director Ejecutivo. El Director Ejecutivo del PATPAL MORDAZA MORDAZA MORDAZA tiene las funciones siguientes: a) Ejercer la representacion legal del PATPAL MORDAZA MORDAZA MORDAZA ante toda clase de autoridades administrativas, politicas, policiales, municipales, tributarias y judiciales. b) Ejecutar los acuerdos y decisiones del Consejo Directivo. c) Ejercer la Titularidad del Pliego Presupuestal del PATPAL MORDAZA MORDAZA Barreda. d) Planear, organizar, dirigir y controlar la gestion tecnica, economica y administrativa del PATPAL MORDAZA MORDAZA MORDAZA, cautelando el cumplimiento de los planes y objetivos institucionales. e) Proponer al Consejo Directivo, estrategias, planes y presupuestos de desarrollo institucional de corto, mediano y largo plazo. f) Evaluar el cumplimiento y avance de los planes aprobados y el desempeno de la gestion de los organos del PATPAL MORDAZA MORDAZA MORDAZA, adoptando las medidas correctivas necesarias. g) Dirigir, supervisar y controlar las acciones de los diferentes organos de la Institucion en coordinacion con la politica, objetivos y metas aprobadas. h) Disponer las investigaciones de las denuncias que MORDAZA formuladas con relacion al quehacer institucional. i) Suscribir contratos y convenios en las materia de su competencia. j) Suscribir Convenios Interinstitucionales y gestionar la aprobacion de Convenios de Cooperacion Internacional con cargo a dar cuenta al Consejo Directivo. k) Velar por el patrimonio del PATPAL MORDAZA MORDAZA Barreda. l) Formular y conducir en la Institucion, el Plan de Defensa en el MORDAZA de la Ley de Defensa Nacional y Defensa Civil. m) Aprobar las normas y directivas internas del PATPAL MORDAZA MORDAZA MORDAZA que MORDAZA necesarias para el optimo funcionamiento tecnico - administrativo de la Institucion. n) Las demas que le asignen el Consejo Directivo o su Presidente. TITULO VI ORGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL Articulo 21º.- Organo de Control Institucional. El Organo de Control Institucional, es el organo conformante del Sistema Nacional de Control, de acuerdo a lo previsto en el articulo 13º, inciso b) de la Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, encargado de ejecutar el control gubernamental interno posterior, referido en el articulo 7º de la citada Ley y el control gubernamental externo, previsto en el articulo 8º de la misma. Esta a cargo de un Jefe quien depende funcional y administrativamente de la Contraloria General de la Republica. Tiene como mision, promover la correcta y transparente gestion de los recursos y bienes de la entidad, cautelando la legalidad y eficiencia de sus actos y operaciones, asi como el logro de sus resultados, mediante ejecucion de acciones y actividades de control, para contribuir con el cumplimiento de los fines y metas institucionales. Articulo 22º.- Funciones del Organo de Control Institucional. El Organo de Control Institucional - OCI tiene las siguientes funciones: a) Ejercer el control interno posterior a los actos y operaciones de la entidad, sobre la base de lineamientos y cumplimiento del Plan Anual de Control, a que se refiere el Articulo 7º de la Ley, y el control externo a que se refiere el Ar ticulo 8º de la Ley, por encargo de la Contraloria General de la Republica. b) Efectuar auditorias a los estados financieros y presupuestarios de la entidad, asi como a la gestion de la misma, de conformidad con las pautas que senale la

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