Norma Legal Oficial del día 19 de marzo del año 2006 (19/03/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

MORDAZA, MORDAZA 19 de marzo de 2006 2.8 Monitoreo y Evaluacion CAPITULO III PROGRAMAS Y PROYECTOS ANEXOS

NORMAS LEGALES

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PLAN NACIONAL DE SANEAMIENTO 2006-2015 1.0 CAPITULO I SITUACION ACTUAL 1.1 MORDAZA Legal El MORDAZA juridico general en que se ubica el Sector y el Plan Nacional de Saneamiento se rige, en MORDAZA, por los preceptos indicados en la Constitucion Politica del Peru, por las distintas leyes emanadas de la propia Constitucion y por otras disposiciones de observancia general relativas al saneamiento como son: - Ley General de Servicios de Saneamiento, Ley Nº 26338. - Decreto Supremo Nº 09-95-PRES, Reglamento de la Ley General de Servicios de Saneamiento y sus modificatorias. - Texto Unico Ordenado de la Ley General de Servicios de Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo Nº 023-2005-VIVIENDA. - Ley Organica que modifica la organizacion y funciones de los ministerios. Crea el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, Ley Nº 27779. - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, Ley Nº 27792. - Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA. - Ley del Sistema Nacional de Inversion Publica, Ley Nº 27293. - Decreto Supremo Nº 157-2002-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Inversion Publica. - Ley de Bases de la Descentralizacion, Ley Nº 27783. - Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, Ley Nº 27867. - Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972. - Ley de Creacion de la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento, Decreto Ley Nº 25965. - Reglamento General de Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento, Decreto Supremo Nº 0172001-PCM. - Ley General del Ambiente, Ley Nº 28611. 1.2 Antecedentes del Sector En el ano 1981, mediante Decreto Legislativo Nº 150, se creo el Servicio Nacional de Abastecimiento de Agua Potable y Alcantarillado (SENAPA), una empresa estatal que reemplazo a la Direccion General de Obras Sanitarias - la cual dependia del Ministerio de Fomento y Obras Publicas - y absorbio a las empresas autonomas que esta poseia en MORDAZA, MORDAZA y Trujillo. SENAPA era una empresa central que estaba integrada por cerca de 15 empresas filiales del interior, ubicadas en las ciudades con mayor desarrollo demografico, una de las cuales era SEDAPAL, creada a partir de la Empresa de Saneamiento de Lima-ESAL. En este MORDAZA sistema de manejo centralizado se empieza a insinuar, desde su denominacion, el concepto del Servicio. En MORDAZA de 1990, se dispone la transferencia de todas las empresas filiales y unidades operativas de SENAPA a las Municipalidades Provinciales y Distritales, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 574, complementado por el Decreto Legislativo Nº 601. En diciembre de 1992, se crea, mediante Decreto Ley Nº 25965, la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (SUNASS) como el organismo encargado de promover el desarrollo y proponer las normas para la prestacion de los servicios de saneamiento, fiscalizar la prestacion y resolver en MORDAZA

instancia los reclamos de los usuarios y se declara en disolucion y liquidacion a la Empresa Servicio Nacional de Abastecimiento de Agua Potable y Alcantarillado, SENAPA (Decreto Ley Nº 25973). En MORDAZA de 1994, se aprueba la Ley Nº 26338, Ley General de Servicios de Saneamiento, reglamentada mediante Decreto Supremo 09-95-PRES de agosto de 1995, que establece las competencias de las instituciones involucradas en el sector, determina los deberes y derechos de los usuarios y las Entidades Prestadoras, define el regimen tarifario, establece las condiciones y modalidades de la participacion privada, entre otros temas. El 11 de junio de 2002 se crea el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento bajo la Ley Nº 27779, Ley Organica que modifica la Organizacion y Funciones de los Ministerios. El 25 de MORDAZA, mediante Ley Nº 27792, se promulga la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, la cual determina y regula el ambito, la estructura organica basica, las competencias y funciones del organismo rector de vivienda y saneamiento. De acuerdo a estas normas, el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento formula, aprueba, ejecuta y supervisa la aplicacion de las politicas de alcance nacional en materia de vivienda, urbanismo, construccion y saneamiento. A tal efecto, dicta normas de alcance nacional y supervisa su cumplimiento. En cuanto a la gestion de los servicios en el ambito rural, el sector ha sufrido MORDAZA cambios. En el ano 1962, por medio de la Ley Nº 13997, se encarga al Ministerio de Salud Publica, a traves de la Direccion de Saneamiento Basico Rural - DISABAR - la promocion de los servicios en el ambito rural. Por esta via se construyeron obras de variadas caracteristicas para cubrir la infraestructura basica de prestacion de servicios, las que luego fueron entregadas a asociaciones de usuarios denominadas Juntas Administradoras, integradas por pobladores de la localidad que se encargan de la administracion, operacion y mantenimiento de estas instalaciones. El actual MORDAZA legal aprobado por el Decreto Supremo Nº 023-2005-VIVIENDA, establece que las Organizaciones Comunales - las cuales incluyen a las Juntas Administradoras de Servicios de Saneamiento son las encargadas de prestar los servicios de saneamiento en el ambito rural. Las Organizaciones Comunales incluyen a las Asociaciones, Comites, entre otros. Adicionalmente, dicha MORDAZA ha reglamentado la prestacion de los servicios en las Pequenas Ciudades (poblacion entre 2,001 y 30,000 habitantes). La Constitucion de 1993 establece la responsabilidad de las municipalidades en la prestacion de los servicios publicos. La Ley Organica de Municipalidades (Ley Nº 27972) senala en el numeral 2.1 del articulo 80º, que es una funcion compartida de las Municipalidades Provinciales administrar y reglamentar, directamente o por concesion, el servicio de agua potable, alcantarillado y desague. De la misma manera, mediante Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralizacion (marzo 2002), se establece que los gobiernos locales desarrollan y regulan actividades y/o servicios en materia de educacion, salud, vivienda y saneamiento, entre otros. Asimismo, la Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, establece que los Gobiernos Regionales tienen entre sus funciones la de apoyar tecnica y financieramente a los gobiernos locales en la prestacion de servicios de saneamiento. Por ultimo, en materia ambiental, la Ley General del Ambiente otorga diversas facultades al Sector, en materia de regulacion y supervision para prevencion y minimizacion de riesgo al ambiente a causa de las actividades de saneamiento, lo cual se refleja en diversas normas sobre temas especificos. 1.3 MORDAZA Institucional El sector saneamiento esta integrado por el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, ente rector del Estado en los asuntos referentes a los servicios de saneamiento, a traves del Viceministerio de Construccion y Saneamiento (VMCS) y de la Direccion Nacional de

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