Norma Legal Oficial del día 08 de mayo del año 2006 (08/05/2006)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 36

Pag. 318358

NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 8 de MORDAZA de 2006

ARTICULO VI.B.06 ALTERACION, ALTERACION MAYOR Alteracion, se denomina al cambio o modificacion del diseno MORDAZA de una aeronave, motor de aeronave, helice o diseno original aprobado de un componente. Alteracion mayor, son aquellas alteraciones que no se encuentran listadas en las especificaciones de la aeronave, motor o helice y que ademas podrian afectar en forma apreciable la aeronavegabilidad por cambios en el peso, balance, resistencia estructural, performance, operacion de los motores, caracteristicas del vuelo u operacion, si no es efectuada en forma adecuada ARTICULO VI.B.07 AVIONICA Expresion que designa a todo dispositivo electronico (y su parte electrica) utilizado a bordo de las aeronaves, incluyendo las instalaciones de radio, mandos de vuelo automaticos y los sistemas de instrumentos y navegacion. ARTICULO VI.B.08 CERTIFICADO MORDAZA (TYPE CERTIFICATE) Documentacion tecnica aprobada que define: el diseno MORDAZA, las limitaciones de operacion y las especificaciones tecnicas de un producto aeronautico. ARTICULO VI.B.09 CERTIFICADO MORDAZA SUPLEMENTARIO (SUPPLEMENTAL TYPE CERTIFICATE) Alteracion Mayor de un producto aeronautico pero que no modifica su Cer tificado MORDAZA or iginal, es considerado como una informacion tecnica aprobada por la Autoridad Aeronautica del Estado de diseno / fabricacion y certificacion del producto aeronautico. ARTICULO VI.B.10 CONTROL HORARIO, CALENDARIO Y POR CICLOS DE OPERACION Control horario es el numero de horas de vuelo que tiene la aeronave, sus motores y helices o accesorios. Debe considerarse para fines de valuacion los tiempos totales desde MORDAZA y/o desde su inspeccion o reparacion mayor (overhaul). Llamese control del periodo de uso calendario, al tiempo calendario total, transcurrido desde su fabricacion y/o desde su MORDAZA reparacion mayor (overhaul), segun se considere. Llamese control de ciclos de operacion al numero de vuelos (un decolaje y un aterrizaje) que efectua la aeronave, motor, helice y/o accesorios, desde su fabricacion y/o desde su reparacion mayor (overhaul). Estos controles afectaran el valor de la aeronave, conforme se consuma el ciclo del periodo de uso limite cada elemento o en el avion en si. ARTICULO VI.B.11 COMPONENTE Se define a todo conjunto, parte, articulo o elemento constitutivo de una aeronave segun especificaciones del fabricante y, por extension, de la estructura, motor o helice. ARTICULO VI.B.12 DIRECTIVAS DE AERONAVEGABILIDAD (AD'S) Son comunicaciones escritas de caracter obligatorio que establecen acciones, metodos o procedimientos para aplicar a los productos aeronauticos en los cuales existe una condicion de inseguridad, con el objeto de preservar su aeronavegabilidad. Estas son emitidas por las Autoridad Aeronautica de los paises de fabricacion / diseno o certificacion. ARTICULO VI.B.13 BOLETINES DE SERVICIOS MANDATORIOS Son boletines de servicios mandatorios (SB), aquellos documentos emitidos por el fabricante que exigen realizar trabajos y/o inspecciones en la aeronave, sus motores o componentes y que afectan su aeronavegabilidad y su valor por el costo de su ejecucion, incluyendo los materiales. ARTICULO VI.B.14 INSPECCION MAYOR Trabajo tecnico aeronautico programado que se ejecuta en una aeronave y/o componentes por haber cumplido el limite de tiempo operacional indicado por el fabricante y/o las Regulaciones aereas, para llevarlas a su condicion de aeronavegabilidad original.

ARTICULO VI.B. 15 MODIFICACIONES Son modificaciones, aquellos trabajos o cambios efectuados en la aeronave, debidamente certificados por la autoridad del MORDAZA fabricante o de certificacion de la aeronave, que mejora las performances de la misma y afectan su valor comercial. ARTICULO VI.B 16 MOTOR DE AERONAVE Significa un motor que es usado o esta destinado a ser usado para propulsar una aeronave. El mismo constituye turbo sobre alimentadores, componentes y accesorios necesarios para su funcionamiento, excluyendo helices. ARTICULO VI.B.17 PRODUCTO AERONAUTICO Es todo producto que tiene un Certificado MORDAZA aprobado y puede ser una aeronave, motor de aeronave, helice. ARTICULO VI.B.18 REPARACION Es la restitucion de las condiciones iniciales de una aeronave o producto segun su Certificado tipo. ARTICULO VI.B.19 OVERHAUL Inspeccion mayor y reparacion segun sea necesario, de acuerdo a lo especificado por el programa de mantenimientos del fabricante. Para efectos de la valuacion se considera, overhaul aquel trabajo que es efectuado por un taller certificado por la autoridad pertinente y que restituye el valor y la el periodo de uso operativo del avion, motor o del componente, por un ciclo completo de plazo controlado establecido en los respectivos programas de mantenimiento. ARTICULO VI.B.20 TRAZABILIDAD Es la condicion de aeronavegabilidad de un producto aeronautico el cual esta certificado a traves de un formato tecnico emitido por una entidad autorizada por la autoridad aeronautica (Talleres de Mantenimiento Aeronauticos o Fabricantes). CAPITULO C MEMORIA DESCRIPTIVA ARTICULO VI. C. 21 El informe de valuacion debe comprender lo detallado en este capitulo, de tal manera que permita al perito tener un concepto completo del estado y valor de la aeronave. ARTICULO VI.C. 22. MEMORIA DESCRIPTIVA: La memoria descriptiva debe contener 1. Datos Generales · Instrucciones recibidas y objeto de la valuacion · Datos de Identificacion del Perito y del Supervisor · Ubicacion de la aeronave i. Ubicacion de la aeronave, nombre y domicilio del propietario u operador · Caracteristicas generales de la aeronave i. MORDAZA, modelo, ano de fabricacion, numero de serie, registros y otros datos importantes de la aeronave. ii. Nacionalidad, estado de matricula, iii. Resumen de las caracteristicas de la aeronave, Fecha de ultimo vuelo. iv. Tiempos horarios y calendarios, cantidad de ciclos desde MORDAZA y desde su MORDAZA inspeccion o reparacion mayor del fuselaje, motor, APU, helices · Alcance y limitaciones del trabajo · Fecha de asignacion del valor 2. Verificaciones efectuadas · Metodologia · MORDAZA de informacion · Examen pericial i. Evaluacion de la condicion fisica de la aeronave (interior y exterior), motores / helices y componentes:

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.