Norma Legal Oficial del día 08 de febrero del año 2007 (08/02/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano MORDAZA, jueves 8 de febrero de 2007

NORMAS LEGALES

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Visto los escritos de registro Nº 00065202 del 10 de octubre de 2006 y su Adjunto Nº 01del 30 de octubre de 2006, presentados por PESQUERA ASTURIAS S.A. CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Ministerial Nº 163-95-PE de fecha 18 de MORDAZA de 1995, se otorgo permiso de pesca a plazo determinado, entre otros, a PESQUERA VIRGEN DE LOS MORDAZA E.I.R.L., para operar la embarcacion pesquera "GIULIANA" de matricula Nº CE-4062-PM de 200 toneladas para dedicarse a la extraccion de recursos hidrobiologicos de consumo humano indirecto, en el ambito del litoral peruano fuera de las cinco (5) millas costeras utilizando redes de cerco de longitud minima de malla de ½ pulgada (13 mm); Que a traves de la Resolucion Ministerial Nº 166-98PE de fecha 3 de MORDAZA de 1998, se modifico el numero de matricula con la que fue consignada la embarcacion pesquera denominada "GIULIANA" en el articulo 1º de la Resolucion Ministerial Nº 163-95-PE, a la que corresponde la matricula Nº CE-4026-PM; Que posteriormente a traves de la Resolucion Directoral Nº 341-98-PE/DNE de fecha 23 de noviembre de 1998, se otorgo a favor de PESQUERA MORDAZA MORDAZA E.I.R.L. el cambio de titular del permiso de pesca de la embarcacion pesquera "GIULIANA" de matricula Nº CE-4026-PM, en los mismos terminos y condiciones en que fueron otorgados; Que a traves del escrito del registro Nº 00065202 PESQUERA ASTURIAS S.A. solicito cambio de nombre de la embarcacion pesquera "GIULIANA" de matricula Nº CE4026-PM por la de "TINO", asi como el cambio de titular del permiso de pesca para operar la mencionada embarcacion pesquera, acreditando ser arrendatario financiero de la embarcacion pesquera en virtud al Certificado Compendioso de Dominio emitido por la Oficina Registral de ChimboteZonal Registral VII; Que, el articulo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001PE, establece que el permiso de pesca es indesligable de la embarcacion a la que corresponde y que durante su vigencia la transferencia de la propiedad o posesion de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos terminos y condiciones en fue otorgado; Que los articulos 1º y 2º del Decreto Supremo Nº 0012002-PRODUCE de fecha 5 de setiembre del 2002, establecen respectivamente, que los recursos sardina (Sardinops sagax sagax), jurel (Trachurus picturatus murphy) y caballa (Scomber japonicus peruanus) seran destinados al consumo humano directo y que los armadores de las embarcaciones pesqueras con permiso de pesca indistintamente para los recursos sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo y/o indirecto solo podran desarrollar actividades extractivas de los recursos en mencion, en el MORDAZA del Regimen de Abastecimiento Permanente a la Industria Conservera, Congeladora y de Curados aprobado por Resolucion Ministerial Nº 150-2001-PE, debiendo para cuyo efecto adecuarse a las disposiciones contenidas en la citada resolucion; Que respecto a la solicitud de cambio del titular de permiso de pesca de la embarcacion pesquera "TINO" (ex GIULIANA), se ha verificado a traves de los documentos obrantes en el expediente, que PESQUERA ASTURIAS S.A., ha adquirido la posesion inmediata de la citada embarcacion pesquera en merito al "Contrato de Arrendamiento Financiero" celebrado por Escritura Publica entre el BANCO WIESE SUDAMERIS y PESQUERA ASTURIAS S.A. , lo cual se encuentra corroborado con el respectivo Certificado Compendioso de Dominio; Que de la evaluacion efectuada a los documentos presentados, se ha determinado que la empresa solicitante ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el procedimiento Nº 19-A del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE, por lo que resulta procedente modificar el nombre de la embarcacion "GIULIANA" por el de "TINO"; Que asimismo, se ha determinado que PESQUERA ASTURIAS S.A. ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el Procedimiento Nº 6 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 0352003-PRODUCE, acreditando de esta forma que posee la calidad de armador de la embarcacion pesquera "TINO" (ex GIULIANA), motivo por el cual procede aprobar el cambio de titular de la citada embarcacion;

Estando en lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto mediante Informe Nº 443-2006PRODUCE/DGEPP-Dchi y con el visado de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-1001-PE, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 0352003-PRODUCE ; En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion aprobado por Decreto Supremo Nº 0102006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar a favor de PESQUERA ASTURIAS S.A., el cambio de titular del permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera "TINO" (EX - GIULIANA) de matricula Nº CE-4026-PM, otorgado por Resolucion Ministerial Nº 163-95-PE, modificada por Resolucion Ministerial Nº 166-98-PE y que, a su vez, fue modificada por la Resolucion Directoral Nº 341-98-PE/DNE, en los mismos terminos y condiciones con que fue otorgado inicialmente. Articulo 2º.- Modificar el articulo 1º de la Resolucion Ministerial Nº 163-95-PE, modificada por la Resolucion Ministerial Nº 166-98-PE, que a su vez fue modificada por la Resolucion Directoral Nº 341-98-PE/DNE, solo en el extremo referido al nombre de la embarcacion pesquera "GIULIANA" de matricula Nº CE-4026-PM, la misma que en adelante se denominara "TINO". Articulo 3º.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca otorgado a traves de la Resolucion Directoral Nº 341-98-PE/DNE a favor de PESQUERA MORDAZA MORDAZA E.I.R.L. para operar la embarcacion denominada "GIULIANA" de matricula Nº CE-4026-PM. Articulo 4º.- Incorporar a PESQUERA ASTURIAS S.A. como MORDAZA titular del permiso de pesca para operar la embarcacion "TINO" (ex GIULIANA) de matricula Nº CE4026-PM, asi como la presente Resolucion, al Literal A) del Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 284-2003-PRODUCE y al Anexo III de la Resolucion Ministerial Nº 229-2002PRODUCE, excluyendo a PESQUERA MORDAZA MORDAZA E.I.R.L. Articulo 5º.- El acceso al recurso sardina, en lo que corresponde al permiso de pesca de la embarcacion pesquera "TINO" (ex GIULIANA), sera ejercido conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 001-2002-PRODUCE, que establece que los recursos sardina, jurel y caballa seran destinados al consumo humano directo, o las normas que lo modifiquen o sustituyan, y a las sanciones previstas por su incumplimiento. En este supuesto la totalidad de bodegas de la embarcacion deben mantener implementado y operativo el medio o el sistema de preservacion a bordo R.S.W. o C.S.W., cuyo funcionamiento es obligatorio. Articulo 6º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral, y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y publicarse en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion: Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VERTIZ MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero

24338-9

RELACIONES EXTERIORES
Autorizan viaje de funcionarios del INANPE a MORDAZA para realizar labores de coordinacion logistica y operativas
RESOLUCION MINISTERIAL N° 138/RE
MORDAZA, 6 de febrero de 2007

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