Norma Legal Oficial del día 08 de febrero del año 2007 (08/02/2007)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano MORDAZA, jueves 8 de febrero de 2007

NORMAS LEGALES

339309

MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA M. MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MACHACA; por presunto delito contra la Fe Publica, en la modalidad de falsificacion de documentos, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo Segundo.- Remitase lo actuado al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrase, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional

25022-4 RESOLUCION JEFATURAL Nº 1393-2006-JEF/RENIEC
MORDAZA, 29 de diciembre de 2006 VISTOS: El Oficio Nº 1581-2006-GP/RENIEC, e Informes Nº 000370, 000367, 000351, 000350 y 000352-2006/SGPI/ GP/RENIEC, y el Informe Nº 1018-2006-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica el 18 de agosto de 2006; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a la Ley Nº 26497, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, como institucion constitucionalmente autonoma, con personeria juridica de derecho publico interno y con goce de atribuciones en materia registral, tecnica, administrativa, economica y financiera, se encuentra a cargo de organizar y mantener el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, en lo que respecta a la custodia de los archivos y datos relacionados a las inscripciones, que sirven de base para la obtencion del Documento Nacional de Identidad; asi como, el Registro de Estado Civil; Que, de acuerdo a la informacion recabada por la Subgerencia de Procesamiento de Identificacion del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, en su labor fiscalizadora, asi como del MORDAZA de depuracion inherente al procedimiento administrativo, ha detectado que las personas identificadas como MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA CACATA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA DAMASENO MORDAZA MORDAZA, dada la simplificacion administrativa y en atencion al MORDAZA de veracidad de las declaraciones en los documentos, se presentaron y solicitaron inscripciones en base a documentacion fraudulenta en el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, tramites que fueron rechazados dado los mecanismos de control implementados; Que se ha detectado que las personas identificadas como MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA CACATA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA DAMASENO MORDAZA MORDAZA, promovieron procedimientos destinados a obtener su inscripcion ante el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, presentando para ello como sustento de sus respectivas propuestas registrales copias certificadas de Partidas de Nacimiento supuestamente asentadas ante la Oficina de Registro del Estado Civil de diversas Municipalidades de la Republica; las mismas que segun informacion proporcionada por las propias entidades que supuestamente expidieron dichas certificaciones, no se encuentran inscritas; las fechas no corresponden con las realmente registradas, o; las rubricas de los funcionarios correspondientes han sido burdamente adulteradas, perjudicandose la seguridad juridica con que deben contar los Registros de Estado Civil; Que realizada la verificacion documental correspondiente, la misma que se encuentra anexa a los documentos del Visto, se tiene que los datos proporcionados por las personas MORDAZA citadas son inexactos y/o inexistentes, determinandose la falsedad de los mismos; Que, ante los hechos expuestos, se desprende que el comportamiento realizado por las personas identificadas como

MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA CACATA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA DAMASENO MORDAZA MORDAZA al haber presentado documento falso o falsificado como si fuese legitimo ante el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, a fin de obtener indebidamente inscripciones en el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales a nombre de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA CACATA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, se encuentra tipificado como delito contra la Fe Publica en la modalidad de falsificacion de documentos, previsto y sancionado en el articulo 427º del Codigo Penal vigente; Que en atencion a los considerandos que anteceden y, estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica, resulta pertinente autorizar al Procurador Publico, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones legales que correspondan contra las personas identificadas como MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA CACATA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA DAMASENO MORDAZA MORDAZA, y; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE Articulo Primero.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en representacion de los intereses del Estado interponga las acciones legales a que hubiera lugar contra las personas identificadas como MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA CACATA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA DAMASENO MORDAZA GAVIDIA; por presunto delito contra la Fe Publica, en la modalidad de falsificacion de documentos, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo Segundo.- Remitase lo actuado al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrase, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional

25022-5 RESOLUCION JEFATURAL Nº 1394-2006-JEF/RENIEC
MORDAZA, 29 de diciembre de 2006 VISTOS: El Oficio Nº 2518-2005/GP/RENIEC y el Informe Nº 1045-2006-GAJ/RENIEC de fecha 25 de agosto del 2006, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a la Ley Nº 26497, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, es una Institucion constitucionalmente autonoma, con personeria juridica de derecho publico interno y con goce de atribuciones en materia registral, tecnica, administrativa, economica y financiera, encontrandose a cargo del Registro de Estado Civil, en el que se inscriben hechos y actos relativos a la capacidad y estado civil, entre ellos la inscripcion de los nacimientos y defunciones; Que, mediante Informe Nº 3280-2005-GO-SGREC/ RENIEC elaborado por la Subgerencia de Registros del Estado Civil, se ha determinado que la ciudadana MORDAZA MORDAZA MORDAZA, titular de la Inscripcion Nº 40934558 declaro indebidamente el fallecimiento de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad Provincial de MORDAZA, Departamento de MORDAZA, indicando que la misma fallecio en su domicilio el 7 de MORDAZA del 2000, suscribiendo el Acta de Defuncion Nº 00428044 y el certificado de defuncion, habiendose dispuesto la cancelacion de la

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.