Norma Legal Oficial del día 08 de febrero del año 2007 (08/02/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

El Peruano MORDAZA, jueves 8 de febrero de 2007

NORMAS LEGALES

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Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion del servicio de vigilancia y seguridad privada para locales de la Municipalidad
ACUERDO DE CONCEJO Nº 008-2007-MPC
MORDAZA, 29 de enero de 2007 EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL MORDAZA POR CUANTO: El Consejo Municipal de la Municipalidad Provincial del MORDAZA, en Sesion Ordinaria de la fecha; y CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad Provincial del MORDAZA, es un organo de gobierno local, con autonomia politica, economica y administrativa de acuerdo a lo dispuesto por la Constitucion Politica y la Ley organica de Municipalidades; Que, mediante Informe Nº 013-2007-OL-OGA-MPC, del 17 de enero de 2007, la Oficina de Logistica informa que no se cuenta con el Servicio de Seguridad para el resguardo de los locales de propiedad de la Municipalidad, servicio necesario para la custodia personal y patrimonial de la Municipalidad Provincial del Cusco; Que, mediante Memorandum Nº 036-2007-OGA/MPC, del 17 de enero de 2007, MORDAZA por el Memorandum Nº 056-2007-OGA/MPC, del 26 de enero de 2007, la Directora General de Administracion, concluye en que debe declararse en desabastecimiento inminente la contratacion del Servicio de Seguridad para el resguardo de los locales de propiedad de la Municipalidad Provincial del MORDAZA, por el periodo de tres meses por un valor referencial total de S/. 252,298.50 (Doscientos cincuenta y dos mil doscientos noventa y ocho y 50/100 Nuevos Soles); debido a que, la ejecucion de un MORDAZA de seleccion para la contratacion del servicio de vigilancia y seguridad privada para los locales de la Entidad no se podra ejecutar en un plazo menor de noventa dias; Que, por otro lado, de acuerdo a lo informado por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y la Oficina de Tesoreria, se cuenta con disponibilidad de recursos en la partida especifica de gasto 5.3.11.39 y en la fuente de financiamiento 07-FONCOMUN y 09- Fondos Directamente Recaudados, hasta por el monto de S/. 252,298.50 (Doscientos cincuenta y dos mil doscientos noventa y ocho y 50/100 Nuevos Soles) para atender el presente requerimiento; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el literal c) del articulo 19º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004PCM, estan exoneradas de los procesos de seleccion las adquisiciones y contrataciones que se realicen por situacion de emergencia o de desabastecimiento inminente declaradas de conformidad con la presente Ley; Que, de conformidad con el primer parrafo del articulo 21º del mismo cuerpo legal, se considera situacion de desabastecimiento inminente aquella situacion extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la conformidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad a su cargo de manera esencial, facultando dicha situacion a la Entidad a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para resolver la situacion y llevar cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda; Que, los hechos descritos precedentemente, califican como una situacion de desabastecimiento inminente, toda vez que sobreviene una situacion extraordinaria e imposible de prever que afecta directamente a la Entidad, poniendo en riesgo la seguridad de las personas y los bienes patrimoniales de los diversos locales con cuenta la Municipalidad Provincial del Cusco; Que, de acuerdo al articulo 20º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y el articulo 146º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo

Nº 084-2004-PCM, la resolucion o acuerdo que apruebe la exoneracion del MORDAZA de seleccion, requiere obligatoriamente de uno o mas informes previos, que contenga la justificacion tecnica y legal de la procedencia y necesidad de la exoneracion, requerimiento legal cumplido con los documentos de visto; Que, el articulo 147º del precitado Reglamento, senala que las resoluciones o acuerdos que aprueben las exoneraciones de los procesos de seleccion, salvo las previstas en los incisos b) y d) del articulo 19º de la Ley, seran publicadas en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a su emision o adopcion, segun corresponda, y adicionalmente, deberan publicarse a traves del SEACE; Que, por lo expuesto y con la finalidad de garantizar el servicio de vigilancia y seguridad privada para los locales de la Municipalidad Provincial del MORDAZA, por un plazo de tres (03) meses, corresponde proceder a la exoneracion del referido MORDAZA de seleccion por casual de desabastecimiento inminente; Estando a lo informado por la Oficina General de Asesoria Juridica, mediante Informe Nº 006-2007-DGAJ/ MPC de fecha 17 de enero del 2007; de conformidad con lo dispuesto en el articulo 20º inciso c) del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y las facultades otorgadas por la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; el Concejo por Mayoria y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta. ACORDO: Articulo Primero.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de seleccion por causal de situacion de desabastecimiento inminente y autorizar la contratacion conforme a ley del servicio de vigilancia y seguridad privada para los locales de la Municipalidad Provincial del MORDAZA, por un plazo de tres (03) meses y hasta por un monto de S/. 252,298.50 (Doscientos cincuenta y dos mil doscientos noventa y ocho y 50/100 Nuevos Soles) en la fuente de Financiamiento FONCOMUN y Recursos Directamente Recaudados. Articulo Segundo.- Encargar a la Oficina de Logistica la contratacion que se efectue en virtud al presente Acuerdo, de conformidad con lo previsto en el articulo 148º del Reglamento del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo Tercero.- Publicar el presente Acuerdo en el Diario Oficial "El Peruano", asi como el SEACE y remitir MORDAZA del mismo y el informe que lo sustenta a la Contraloria General de la Republica y al Concejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, de conformidad con lo dispuesto con lo previsto en el articulo 20º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y el articulo 147º de su reglamento. Articulo Cuarto.- Disponer el inicio de las medidas conducentes al establecimiento de las responsabilidades administrativas, civiles y/o penales de los funcionarios o servidores publicos involucrados, de conformidad con lo previsto en el articulo 47º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y el articulo 141º de su reglamento. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA M. MORDAZA

25174-1

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MALA
Aprueban Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones de la Municipalidad para el Ejercicio Fiscal 2007
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 050-2007-A-MDM
Mala, 24 de enero del 2007

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