Norma Legal Oficial del día 26 de junio del año 2007 (26/06/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 26 de junio de 2007

j. Atender las consultas que le formulen el Ministro y el Viceministro de Minas sobre los asuntos de su competencia, siempre que no se refieran a algun caso que se halle en tramite administrativo o judicial; k. Informar y opinar sobre los asuntos de su competencia; l. Nombrar y remover al personal administrativo del Consejo de Mineria; m. Realizar las demas funciones que le asignen las leyes que MORDAZA inherentes a su funcion.

g. Coordinar la ejecucion de las acciones sectoriales correspondientes al MORDAZA de descentralizacion en coordinacion con las diferentes dependencias de la institucion, los organos desconcentrados, Gobiernos Regionales y Locales; h. Coordinar y supervisar los procesos relacionados con la informacion estadistica del Sector, en coordinacion con los organos de linea y los organismos rectores de dichos sistemas; i. Emitir resoluciones directorales e informar sobre asuntos de su competencia; j. Realizar las demas funciones que se le asigne.

CAPITULO IV ORGANO DE DEFENSA JUDICIAL Articulo 37º.- La Procuraduria Publica a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Energia y Minas es el organo encargado de efectuar la defensa de los derechos e intereses del Ministerio ante los organos jurisdiccionales conforme a las normas de representacion y de defensa del Estado en juicio. Esta a cargo de un Procurador Publico del Estado, quien depende administrativa y jerarquicamente del Despacho Ministerial y mantiene relaciones de coordinacion con el Consejo de Defensa Judicial del Estado, los organos del Ministerio, Organismos Publicos Descentralizados del Sector y con otras entidades afines a su competencia. Articulo 38º.- La Procuraduria Publica tiene las funciones y atribuciones siguientes: a. Representar y defender los derechos e intereses del Ministerio ante los organos jurisdiccionales nacionales, instancias arbitrales, organo constitucional y organismos jurisdiccionales supranacionales en todos los procesos y procedimientos en los que actue como demandante, demandado, denunciante o parte civil; b. Ejercitar en los juicios los recursos legales que MORDAZA necesarios en defensa de los derechos e intereses del Sector; c. Solicitar informes, antecedentes y la colaboracion de las dependencias del Sector para el ejercicio de sus acciones; d. Mantener actualizada la base de datos de los procesos existentes que permita una correcta toma de decisiones; e. Informar periodicamente al Despacho Ministerial sobre las actividades desarrolladas, suministrando los datos referentes a los juicios en tramite y formulando sugerencias para el mejor desenvolvimiento de la defensa; f. Realizar las demas funciones senaladas en la Ley de Representacion y Defensa del Estado en Juicio, asi como en las normas complementarias y conexas. CAPITULO V ORGANOS DE ASESORAMIENTO OFICINA GENERAL DE PLANEAMIENTO Y PRESUPUESTO Articulo 39º.- La Oficina General de Planeamiento y Presupuesto es el organo de asesoramiento encargado de conducir, coordinar, supervisar y evaluar los procesos de planeamiento, presupuesto, programacion de inversiones, racionalizacion, coordinacion regional y cooperacion internacional de la institucion. Depende jerarquicamente de la Secretaria General. Articulo 40º.- La Oficina General de Planeamiento y Presupuesto tiene las funciones y atribuciones siguientes: a. Coordinar y supervisar la formulacion, el seguimiento y evaluacion de los procesos de planeamiento, estadistica, inversion publica, cooperacion internacional, presupuesto y racionalizacion, de conformidad con las normas tecnico - legales de los respectivos Sistemas Administrativos Nacionales; b. Coordinar la formulacion y evaluar la ejecucion del plan estrategico, en coordinacion con los organos de linea, de asesoramiento y de apoyo, y con los organismos publicos descentralizados y /o empresas del Sector, en cuanto corresponda; c. Dirigir, coordinar y supervisar los procesos de programacion, formulacion y evaluacion del presupuesto, de conformidad con las normas del Sistema Nacional de Presupuesto Publico; d. Dirigir, coordinar y supervisar los procesos de programacion, priorizacion y/o evaluacion de los estudios y proyectos de inversion sectorial, de conformidad con las normas y procedimientos del Sistema Nacional de Inversion Publica; e. Dirigir, coordinar y supervisar el MORDAZA de modernizacion y racionalizacion administrativa del Ministerio; f. Coordinar la elaboracion del Balance Energetico Nacional; Articulo 41º.- La Oficina General de Planeamiento y Presupuesto esta constituida por los siguientes organos: - Oficina de Planeamiento, Inversiones y Cooperacion Internacional. - Oficina de Desarrollo Institucional y Coordinacion Regional. - Oficina de Presupuesto. Articulo 42º.- La Oficina de Planeamiento, Inversiones y Cooperacion Internacional es el organo encargado de organizar, dirigir y evaluar la ejecucion de los planes de la institucion; consolidar y difundir la informacion estadistica sectorial; coordinar y supervisar los procesos de programacion, priorizacion y/o evaluacion de los estudios y proyectos de inversion publica sectorial de acuerdo a la normatividad vigente; asi como coordinar el MORDAZA de Cooperacion Internacional de la institucion. Articulo 43º.- La Oficina de Planeamiento, Inversiones y Cooperacion Internacional tiene las funciones y atribuciones siguientes:
a. Formular, consolidar y evaluar los planes, objetivos y politicas institucionales, de conformidad con las normas y disposiciones tecnicas emitidas por la autoridad competente; b. Coordinar y desarrollar las actividades relacionadas con el MORDAZA de cooperacion tecnica internacional; c. Dirigir, coordinar y supervisar los procesos de programacion, priorizacion y/o evaluacion de los estudios y proyectos de inversion sectorial, de conformidad con las normas y procedimientos del Sistema Nacional de Inversion Publica; d. Procesar, analizar y consolidar, en coordinacion con las direcciones generales, los indicadores estadisticos en los ambitos del Sector, de acuerdo a las normas y disposiciones tecnicas del Instituto Nacional de Estadistica; e. Coordinar la elaboracion del Balance Energetico Nacional; f. Difundir la informacion estadistica oficial correspondiente al Sector Energia y Minas; g. Asesorar a la Alta Direccion y a los organos de la institucion en aspectos de Planeamiento, Estadistica, programacion de inversiones y Cooperacion Internacional; h. Realizar las demas funciones que se le asigne.

Articulo 44º.- La Oficina de Desarrollo Institucional y Coordinacion Regional es el organo encargado de conducir las actividades relacionadas con el sistema de racionalizacion, elaborar los documentos normativos de gestion de la entidad y de coordinar las acciones relacionadas con el MORDAZA de descentralizacion y el desarrollo de las actividades sectoriales en los Gobiernos Regionales.
Articulo 45º.- La Oficina de Desarrollo Institucional y Coordinacion Regional tiene las funciones y atribuciones siguientes: a. Elaborar y actualizar los documentos de gestion institucional interna y promover su difusion, asi como desarrollar las demas actividades que correspondan al sistema de racionalizacion; b. Coordinar las acciones correspondientes al MORDAZA de descentralizacion y de la transferencia de las competencias a los Gobiernos Regionales, en coordinacion con las Direcciones Generales; c. Promover y coordinar las actividades relacionadas con la modernizacion del Estado y de la Gestion Publica; d. Asesorar a la direccion y a los organos de la institucion en aspectos de Racionalizacion y Asuntos Regionales; e. Elaborar normas de aplicacion institucional interna, en coordinacion con las unidades organicas del Ministerio, verificando y evaluando su aplicacion y actualizacion; f. Implementar los cambios o redisenos de los procesos que se vean afectados por la incorporacion de tecnologias de informacion; g. Realizar las demas funciones que se le asigne.

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