Norma Legal Oficial del día 26 de junio del año 2007 (26/06/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano MORDAZA, martes 26 de junio de 2007

NORMAS LEGALES

347839

CONSIDERANDO: Que, el Sistema Automatizado de Identificacion Dactilar ­ AFIS de propiedad del RENIEC, ha detectado suplantaciones, identidades multiples y otros, de ciudadanos al comparar sus impresiones dactilares con la base de datos del registro, y mediante los Informes de Homologacion Monodactilar Nº 390, 531, 407, 419, 508, 331, 501, 542, 408, 420, 527, 502, 288, 427, 364, 423, 399, 382, 495 y 530/AFIS/2007/DDG/GPDR/ RENIEC, se determino que veinte ciudadanos obtuvieron indebidamente doble inscripcion con datos distintos; siendo dichas inscripciones las siguientes:
N° de Pericia 148-MIG 146-MIG 155-MIG 127-MIG 152-MIG 092-MIG 202-Dia/ Dia 323-MIG 328-MIG 329-MIG 266-MIG 260-MIG 251-MIG 253-MIG 250-MIG 249-MIG 240-MIG 227-MIG 222-MIG 143-MIG N° Inscripcion 08099229 42622369 40148303 43869487 43708578 43782695 25550873 43898289 31125798 43914196 05388193 43657819 41491465 42828342 18858563 42836307 44069971 45404433 15423009 42693033 32904132 42777533 15857869 40544284 40699023 42535155 06971945 10819876 17999950 42683885 15709539 43180322 01301278 43999501 19990202 44039166 03381980 43950558 00440412 40362288 Res. de Cancelacion 028-2007/SGEDI 28-2007/SGEDI 28-2007/SGEDI 28-2007/SGEDI 28-2007/SGEDI 29-2007/SGEDI 33-2007/SGEDI 48-2007/SGEDI 50-2007/SGEDI 50-2007/SGEDI 45-2007/SGEDI 45-2007/SGEDI 41-2007/SGEDI 41-2007/SGEDI 41-2007/SGEDI 41-2007/SGEDI 41-2007/SGEDI 41-2007/SGEDI 38-2007/SGEDI 28-2007/SGEDI Nombre y Apellidos MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Marleni Matsuoka MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Yris MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA MORDAZA MORDAZA Razzeto MORDAZA MORDAZA MORDAZA Razeto Cortinez MORDAZA MORDAZA Huamannahui MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Cortina MORDAZA MORDAZA Sato MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Miyasato MORDAZA Wilmer MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Yuvissa MORDAZA MORDAZA MORDAZA Yuvissa MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Namay Amu MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Campillo MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Eider MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Kusakabe Mayerhoffer MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Kesato MORDAZA Furuzawa MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Olmedo MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Kaque Brigeda MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Yumanaque MORDAZA MORDAZA de MORDAZA Yumanaque MORDAZA MORDAZA Juli MORDAZA MORDAZA Paxi MORDAZA

MINISTERIO PUBLICO
Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion del servicio de telefonia movil para el Ministerio Publico
RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION Nº 689 -2007-MP-FN
MORDAZA, 25 de junio de 2007 VISTO: El Oficio Nº 402-2007-MP-FN-GG, por el cual la Gerencia General solicita la declaratoria de Situacion de Desabastecimiento Inminente del Servicio de Telefonia Movil, y; CONSIDERANDO: Que, como resultado del MORDAZA de seleccion correspondiente a la Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 00062006-MP-FN-GG, con fecha 23 de marzo de 2006, se celebro el Contrato Nº 02-2006-MP-FN-GECLOG con la empresa Telefonica Moviles S.A., por un monto de S/.365,383.81 (Trescientos Sesenta y Cinco Mil Trescientos Ochenta y Tres y 81/100 Nuevos Soles), incluidos los impuestos de ley, con el fin de proveer el Servicio de Telefonia Movil para el Ministerio Publico, con recursos ordinarios, y con una vigencia de 12 (Doce) meses, plazo contado a partir de la entrega de los equipos; Que, por haberse requerido de prestaciones adicionales al mencionado contrato, mediante Addendum de fecha 18 de octubre de 2006 se contrataron las mismas, por un monto de S/. 54,807.57 (Cincuenta y Cuatro Mil Ochocientos Siete y 57/100 Nuevos Soles), equivalente al 15 % del contrato principal; Que, al vencimiento del contrato originario y su addendum, resulto necesaria la suscripcion de un contrato complementario al mismo, el cual se celebro con fecha 28 de marzo de 2007, para la provision de mayores servicios hasta por la suma de S/. 109,615.14 (Ciento Nueve Mil Seiscientos Quince y 14/100 Nuevos Soles), monto equivalente al 30% del monto contractual original, y en tanto culminara el MORDAZA de seleccion respectivo, contrato que tiene vigencia hasta que se cubra el monto contratado, o se otorgue la Buena Pro y se suscriba el contrato pertinente, como consecuencia del respectivo MORDAZA de seleccion; Que, la Gerencia de Servicios Generales mediante Informe Nº 258-2007-MP-FN-GECLOG-GESER, del 11 de junio de 2007, informa por un lado, que del monto contractual en ejecucion, segun contrato complementario, resta un saldo de S/. 26,344.12, suma que permitira la atencion del servicio de telefonia movil, solo hasta el 26 de junio de 2007, y por otro lado, que el MORDAZA del Concurso Publico correspondiente, se encuentra en estado de Elaboracion de Bases, a cargo del Comite Especial designado por la Resolucion de la Gerencia General Nº 254-2007-MP-FN-GG, del 28 de MORDAZA de 2007, no habiendose producido aun la convocatoria pertinente; Que, igualmente, la Gerencia de Servicios Generales, indica que la vigencia del contrato resultante de la declaracion de desabastecimiento inminente debe considerar un plazo MORDAZA de vigencia de 90 (Noventa) dias o hasta que se produzca la suscripcion del contrato resultante del MORDAZA pendiente, considerandose un monto mensual de hasta S/.35,000.00 (Treinta y Cinco Mil y 00/100 Nuevos Soles), por un importe total de hasta S/.105,000.00 (Ciento Cinco Mil y 00/100 Nuevos Soles); Que, la Gerencia Central de Logistica, mediante Memorandum Nº 566-2007-MP-FN-GECLOG, de fecha 13 de junio de 2007, manifiesta que el Servicio de Telefonia Movil constituye un servicio esencial para el desarrollo normal de las funciones del Ministerio Publico, cuya falta pondria en riesgo su continuidad, por lo que solicita se declare en Situacion de Desabastecimiento Inminente dicho servicio, en salvaguarda de los intereses de la Institucion, manifestando su conformidad con lo manifestado por la Gerencia de Servicios Generales en el Informe Nº 258-2007-MP-FN-GECLOG-GESER; Que, la Gerencia Central de Finanzas, a traves del Memorandum Nº 340-2007-MP-FN-GECFIN/01, de fecha 6 de junio de 2007, emite opinion favorable sobre la Factibilidad Presupuestal solicitada para la contratacion del Servicio de Telefonia Movil, por la suma total de hasta S/.105,000.00 (Ciento Cinco Mil y 00/100 Nuevos Soles); Que, conforme a lo dispuesto por el articulo 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y el

Que, si bien las resoluciones administrativas MORDAZA senaladas, excluyeron definitivamente la MORDAZA inscripcion, del Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales; del referido comportamiento se presume la comision del delito contra la Fe Publica, en la modalidad de falsedad ideologica, tipificado en el articulo 428° del Codigo Penal, dado que ninguna persona puede tener dos identidades; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N° 17537 y la Ley N° 26497; y a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del RENIEC para que interponga las acciones legales que correspondan por la presunta comision del delito contra la Fe Publica, en la modalidad de falsedad ideologica, en agravio del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, contra los ciudadanos mencionados en el primer considerando de la presente resolucion. Articulo Segundo.- Remitir lo actuado al Procurador Publico del RENIEC, para los fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional

77031-1

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