Norma Legal Oficial del día 26 de junio del año 2007 (26/06/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA, martes 26 de junio de 2007

NORMAS LEGALES

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Articulo 46º.- La Oficina de Presupuesto es el organo encargado de formular, planificar, programar y evaluar el MORDAZA presupuestario del Ministerio. Articulo 47º.- La Oficina de Presupuesto tiene las funciones y atribuciones siguientes: a. Programar, dirigir, coordinar y evaluar la gestion del MORDAZA presupuestario, en coordinacion con los organos del Ministerio, sujetandose a los objetivos institucionales y a las asignaciones presupuestales para cada Ano Fiscal; b. Consolidar el Proyecto del Presupuesto Anual del Sector a nivel Pliego para su MORDAZA ante los organos competentes; c. Supervisar que la ejecucion del presupuesto se cumpla en los plazos previstos; d. Efectuar la Programacion de Gastos del Pliego, cautelando y verificando que los mismos no se encuentren incursos en prohibiciones de acuerdo a la normatividad vigente; e. Elaborar las directivas de orientacion para las distintas fases del MORDAZA Presupuestario de acuerdo a la normatividad vigente; f. Proponer proyectos de decretos supremos, resoluciones ministeriales y otros dispositivos sobre modificaciones presupuestales; g. Emitir opinion en materia presupuestal y absolver consultas que incidan en el Presupuesto Institucional; h. Consolidar informacion relativa a la ejecucion y seguimiento presupuestario que remitan las Unidades Ejecutoras; i. Coordinar y verificar la consistencia tecnica de la programacion y ejecucion de los ingresos, gastos y metas presupuestarias; j. Efectuar el seguimiento de las disponibilidades presupuestarias para la ejecucion de compromisos; k. Preparar y aprobar las modificaciones presupuestarias necesarias para el mejor cumplimiento de las metas presupuestarias; l. Supervisar el Cierre y Conciliacion del Presupuesto Institucional Anual; m. Realizar las demas funciones que se le asigne. OFICINA GENERAL DE ASESORIA JURIDICA Articulo 48º.- La Oficina General de Asesoria Juridica es el organo de asesoramiento del Ministerio encargado de asesorar a la Alta Direccion y a los demas organos del Ministerio, cuando corresponda; emitiendo opinion sobre aspectos legales del Sector, analizando y sistematizado la legislacion, asi como proponiendo las normas legales pertinentes. Depende jerarquicamente del Despacho Ministerial. Articulo 49º.- La Oficina General de Asesoria Juridica tiene las funciones y atribuciones siguientes:
a. Analizar la legislacion sectorial vigente, asi como la de otros sectores cuya implementacion tenga incidencia en el desarrollo del Sector Energia y Minas; b. Elaborar y proponer proyectos de dispositivos legales que le permitan al Sector mantenerse actualizado con las exigencias nacionales e internacionales en aspectos de promocion de inversiones y fomento del desarrollo sostenible; c. Asesorar y emitir opinion legal a la Alta Direccion del Ministerio en los asuntos juridicos que se le encomiende; d. Formular y/o visar los proyectos y dispositivos legales que expida la Alta Direccion del Ministerio, asi como analizar y emitir opinion, cuando corresponda, sobre los que MORDAZA elaborados por otros organos del Ministerio, organismos del Sector y entidades del Sector Publico Nacional, debiendo contar previamente con el informe tecnico y/o legal del organo o entidad correspondiente; e. Emitir opinion sobre los recursos impugnativos, quejas y oposiciones interpuestos contra las resoluciones que se resuelva en MORDAZA instancia administrativa, en los casos que corrresponda; f. Compilar, concordar y sistematizar la legislacion de competencia del Ministerio y del Sector; g. Mantener informadas a las dependencias del Ministerio sobre las normas relacionadas a las actividades del Sector; h. Informar y opinar sobre asuntos de su competencia; i. Realizar las demas funciones que se le asigne.

locales y regionales, de propiciar el manejo de mecanismos de dialogo y concertacion en el Sector y de colaborar en el diseno de programas de desarrollo sostenible. Depende jerarquicamente del Despacho Ministerial Articulo 51º.- La Oficina General de Gestion Social tiene las funciones y atribuciones siguientes: a. Formular politicas y colaborar en el diseno de programas de desarrollo sostenible a favor de las poblaciones asentadas en las zonas de influencia de los proyectos minero energeticos. b. Asesorar a la alta direccion en el Fortalecimiento de las relaciones armoniosas entre las empresas minero energeticas, los gobiernos regionales y locales, la sociedad civil y otras entidades publicas y privadas; c. Proponer las normas legales necesarias para el mejoramiento de las relaciones entre las empresas del Sector, los gobiernos locales y regionales y la sociedad civil, asi como para la prevencion y solucion de conflictos; d. Asesorar a la alta direccion en la promocion de mecanismos de dialogo y concertacion entre las empresas del Sector y las poblaciones locales, fomentando la suscripcion de acuerdos entre las partes; e. Efectuar el seguimiento a los compromisos sociales que asumen las empresas con las poblaciones involucradas en coordinacion con las Direcciones Generales correspondientes; f. Promover, en coordinacion con la Direccion General de Asuntos Ambientales Energeticos y la Direccion General de Asuntos Ambientales Mineros la realizacion de estudios sociales necesarios para el desarrollo y crecimiento responsable de las actividades privadas en el Sector minero energetico; g. Asesorar a la Alta Direccion y emitir opinion en los asuntos referidos a las relaciones de las empresas minero energeticas con la sociedad civil y los gobiernos locales y regionales, de acuerdo a la normatividad vigente; h. Asesorar a la Alta Direccion en la promocion de proyectos y analizar las solicitudes de Cooperacion Internacional vinculada con los asuntos sociales, en coordinacion con la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional (APCI), la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, la Direccion General de Asuntos Ambientales Mineros y la Direccion General de Asuntos Ambientales Energeticos. CAPITULO VI ORGANOS DE APOYO OFICINA GENERAL DE ADMINISTRACION Articulo 52º.- La Oficina General de Administracion es el organo de apoyo del Ministerio encargado de administrar y proveer a las dependencias de la institucion de los recursos humanos, materiales, economicos, financieros e informaticos necesarios para asegurar una eficiente y eficaz gestion institucional. Depende jerarquicamente del Secretario General. Articulo 53º.- La Oficina General de Administracion tiene las funciones y atribuciones siguientes:
a. Formular y proponer a la Alta Direccion los lineamientos de politica y estrategias generales de gestion administrativa del Ministerio; b. Brindar asesoramiento a los organos del Ministerio en los asuntos relacionados con los sistemas administrativos a su cargo, asi como formular, emitir y difundir las correspondientes normas y procedimientos; c. Proponer y velar por el cumplimiento de las normas y procedimientos referidos a los asuntos administrativos a su cargo; d. Efectuar el control previo y concurrente en las acciones de su competencia, en cumplimiento de la normatividad vigente; e. Dirigir, coordinar y supervisar los procesos tecnicos relacionados a los recursos humanos, economicos, informaticos, materiales y de servicios, asi como los correspondientes al sistema de administracion financiera, de conformidad con las normas tecnicas y legales de los respectivos Sistemas Administrativos Nacionales; f. Planear, organizar y supervisar la administracion de los recursos humanos, promoviendo y fomentando su desarrollo y bienestar social; g. Dirigir y supervisar los procesos del Sistema de Pensiones a cargo del Ministerio; h. Dirigir y supervisar los procesos de registro y control de las operaciones y transacciones contables y financieras del Ministerio, de conformidad con la normatividad vigente; i. Dirigir y supervisar la oportuna formulacion y MORDAZA de los Estados Financieros, de conformidad a las normas establecidas por los correspondientes entes normativos;

OFICINA GENERAL DE GESTION SOCIAL Articulo 50º.- La Oficina General de Gestion Social es el organo de asesoramiento encargado de promover las relaciones armoniosas entre las empresas minero energeticas y la sociedad civil, incluidos los gobiernos

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