Norma Legal Oficial del día 23 de septiembre del año 2007 (23/09/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 23 de setiembre de 2007

NORMAS LEGALES

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Nacional de Cultura, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 017-2003-ED y modificado por D.S. Nº 028-2006-ED; SE RESUELVE: Articulo 1º.- ACEPTAR la donacion efectuada por la Universidad San MORDAZA de Porres, por el importe total de S/. 54,832.95 (Cincuenticuatro mil ochocientos treinta y dos y 95/100 nuevos soles) depositada en la cuenta corriente Nº 000-339237 del Proyecto Especial Arqueologico Caral-Supe en el Banco de la Nacion, segun Recibos de Ingresos Nº 303, 304, 305, 306, 307 y 308. Articulo 2º.- El monto de la donacion, a que se refiere el articulo precedente, sera destinado para la implementacion de la exposicion museografica itinerante "La civilizacion de Caral-Supe: 5000 anos de identidad cultural en el Peru". Articulo 3º.- Agradecer a la Universidad San MORDAZA de Porres, por la donacion otorgada a favor del Instituto Nacional de Cultura. Articulo 4º.- Encargar a la Oficina de Administracion Documentaria la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese.

sustenta ampliamente que el Charango es un instrumento panandino de indudable trascendencia en la historia musical peruana; Que, Mediante Resolucion Directoral Nacional Nº 1207/ INC, del 10 de noviembre de 2004, se aprobo la Directiva Nº 002-2004-INC, "Reconocimiento y declaratorias de las manifestaciones culturales vigentes como patrimonio cultural"; Estando a lo visado por el Director de Gestion, la Directora de Registro y Estudio de la Cultura en el Peru Contemporaneo y la Directora (e) de la Oficina de Asuntos Juridicos; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 28296, "Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion" y el Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE: Articulo Unico.DECLARAR PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACION al "CHARANGO", instrumento panandino de indudable trascendencia en la historia musical del Peru. Registrese, comuniquese y publiquese.

MORDAZA BAKULA BUDGE Directora Nacional 111409-2

MORDAZA BAKULA BUDGE Directora Nacional 111409-3

Declaran Patrimonio Cultural de la Nacion al instrumento panandino "Charango"
RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 1136/INC MORDAZA, 4 de setiembre de 2007 CONSIDERANDO: Que, el articulo 21º de la Constitucion Politica del Peru, senala que es funcion del Estado la proteccion del patrimonio cultural de la Nacion; Que, el articulo VII del Titulo Preliminar de la Ley Nº 28296 ­ Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion, dispone que el Instituto Nacional de Cultura, esta encargado de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nacion dentro del ambito de su competencia; Que, el numeral 2) del articulo 1º del Titulo I de la citada Ley establece que integran el Patrimonio Cultural de la Nacion las creaciones de una comunidad cultural fundadas en las tradiciones, expresadas por individuos de manera unilateral o grupal, y que reconocidamente responden a las expectativas de la comunidad, como expresion de la identidad cultural y social, ademas de los valores transmitidos oralmente, tales como los idiomas, lenguas y dialectos autoctonos, el saber y conocimiento tradicional, ya MORDAZA artisticos, gastronomicos, medicinales, tecnologicos, folcloricos o religiosos, los conocimientos colectivos de los pueblos y otras expresiones o manifestaciones culturales que en conjunto conforman nuestra diversidad cultural; Que, corresponde al Instituto Nacional de Cultura en cumplimiento de la funcion que le asigna la Ley, y con la participacion activa de la comunidad, realizar una permanente identificacion de dichas manifestaciones tradicionales del MORDAZA que deben ser declaradas Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, mediante carta de fecha 27 de junio de 2007, el senor MORDAZA Chaquilla Garrido, Presidente de la Asociacion Cultural "Charangos del Peru", presento un extenso ensayo sobre el Charango, y solicito su declaratoria como patrimonio cultural de la Nacion; Que, con Informe Nº 085-2007-INC/DRECPC de fecha 3 de agosto de 2007, la Direccion de Registro y Estudio de la Cultura en el Peru Contemporaneo, senala que el informe presentado por el senor MORDAZA Chaquilla Garrido

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Aprueban Informe Final de la Comision Reorganizadora de la Direccion Regional de Educacion de MORDAZA y disponen la implementacion de sus recomendaciones
ORDENANZA REGIONAL Nº 014-2007-CR MORDAZA VISTO: El Acta de Sesion Ordinaria del Consejo Regional de fecha 13 de MORDAZA del 2007 ha tratado, debatido, y aprobado por unanimidad la Ordenanza Regional siguiente; CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del estado, considera que la descentralizacion es una forma de organizacion democratica y constituye una politica permanente de Estado, de caracter obligatorio, que tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del MORDAZA, con ese proposito se ha otorgado a los Gobiernos Regionales autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el articulo 5º de la Ley 27867 Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece que es mision de los Gobiernos Regionales organizar y conducir la gestion publica regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el MORDAZA de las politicas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la region, esto en concordancia con lo normado por el articulo 192º de la Constitucion Politica del Peru, que establece que los Gobiernos Regionales son competentes, entre otros, para dictar normas inherentes a la gestion regional; Que, de conformidad al articulo 15º literal a) es atribucion del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional;

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