Norma Legal Oficial del día 22 de junio del año 2008 (22/06/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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Nº NOMBRE GRADO MORDAZA 2da suboficial 2da suboficial de 3ra cabo cabo tecnico 1ra suboficial 3ra MORDAZA 2da suboficial 3ra suboficial 3ra MORDAZA 1ro suboficial 1ra tecnico de 5ta MORDAZA 1ro suboficial 3ra suboficial 3ra

NORMAS LEGALES
FECHA DE FECHA DE INGRESO SALIDA 21-Jun-08 21-Jun-08 21-Jun-08 21-Jun-08 21-Jun-08 21-Jun-08 21-Jun-08 21-Jun-08 21-Jun-08 21-Jun-08 21-Jun-08 21-Jun-08 21-Jun-08 21-Jun-08 21-Jun-08 21-Jun-08 30-Jul-08 30-Jul-08 30-Jul-08 30-Jul-08 30-Jul-08 30-Jul-08 30-Jul-08 30-Jul-08 30-Jul-08 30-Jul-08 30-Jul-08 30-Jul-08 30-Jul-08 30-Jul-08 30-Jul-08 30-Jul-08

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 22 de junio de 2008

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Ejecutora 001 ­ Administracion General del Pliego Ministerio de Economia y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes : US $ 1 860,86 Viaticos : US $ 660,00 Tarifa CORPAC (TUUA) : US $ 30,25

143 MORDAZA J. VOLPENHEIN 144 MORDAZA W. MORDAZA 145 MORDAZA J. USON 146 MORDAZA P. DONES-MERCED 147 MORDAZA MORDAZA 148 MORDAZA HUSTON 149 MORDAZA R. EADDY 150 MORDAZA GRASSO 151 MORDAZA D. MORDAZA 152 ANDREE MORDAZA 153 MORDAZA HERREARAMOS 154 MORDAZA MICKLE 155 ABE MORDAZA 156 MORDAZA DELOATCH 157 MORDAZA MORDAZA 158 MORDAZA AMSLER

Articulo 3º.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje el referido funcionario debera presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4°.- La presente MORDAZA no da derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de aduana de cualquier clase o denominacion a favor del funcionario, cuyo viaje se autoriza. Articulo 5°.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economia y Finanzas. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas

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4.- RELACION DE EQUIPO TRANSEUNTE No indican

EDUCACION
Autorizan evaluacion censal complementaria a docentes de Educacion Basica Regular que no rindieron la evaluacion del ano 2007
DECRETO SUPREMO Nº 013-2008-ED
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, en el articulo 15 de la Constitucion Politica del Peru, se establece que el Estado y la sociedad procuran la evaluacion, capacitacion, profesionalizacion y promocion permanente del profesorado; Que, de acuerdo con el articulo 79 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educacion, el Ministerio de Educacion es el organo del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la politica de educacion, cultura, recreacion y deporte, en concordancia con la politica general del Estado; Que, el articulo 4 del Decreto Ley Nº 25762, Ley Organica del Ministerio de Educacion, establece que el Ministerio de Educacion formula las politicas nacionales en materia de educacion, cultura, deporte y recreacion, en MORDAZA con los planes del desarrollo y la politica general del Estado; supervisa y evalua su cumplimiento; y formula los planes y programas en materias de su competencia; Que, de acuerdo a lo dispuesto mediante Decreto Supremo Nº 025-2006-ED y sus modificatorias, en el mes de enero del ano 2007 se llevo a cabo la evaluacion censal de docentes de Educacion Basica Regular con el objeto de construir la linea de base a partir de la cual se disenen las proximas acciones de capacitacion del magisterio nacional, en la cual no participo la totalidad de docentes convocados; Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 002-2007 se establecio que la capacitacion de los docentes del magisterio nacional constituye una accion prioritaria en el MORDAZA de la politica social de alcance nacional por lo que se dispuso de obligatorio cumplimiento la ejecucion de la evaluacion censal de los docentes de Educacion Basica Regular de los niveles de educacion inicial, primaria y secundaria; Que, por Decreto Supremo Nº 021-2007-ED, se declaro de preferente interes sectorial para el Ministerio de Educacion la permanente implementacion y ejecucion de la evaluacion del sistema educativo, el mismo que incluye entre otros, a los docentes capacitados y por capacitarse; Que, teniendo en cuenta lo establecido en el articulo 19 del Decreto Supremo Nº 006-2006-ED, Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Educacion, la

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ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan viaje de Viceministro de Hacienda a Mexico para participar en el Primer Encuentro de Ministros de Hacienda de MORDAZA y el Caribe
RESOLUCION SUPREMA Nº 058-2008-EF
MORDAZA, 21 de junio de 2008 Visto el Memorando N° 020-2008-EF/11.03, de la Secretaria Ejecutiva de Hacienda del Ministerio de Economia y Finanzas, sobre autorizacion de viaje. CONSIDERANDO: Que, los dias 23 y 24 de junio de 2008, se llevara a cabo en la MORDAZA de Cancun, MORDAZA Roo, Estados Unidos Mexicanos, el Primer Encuentro de Ministros de Hacienda de MORDAZA y el Caribe; Que, los temas a tratarse en el primer encuentro de Ministros de Hacienda de MORDAZA Latina y el Caribe, revisten especial relacion con los objetivos trazados por el gobierno respecto del crecimiento economico y la reduccion de la pobreza; Que, en consecuencia, y siendo de interes para el MORDAZA, es necesario autorizar el viaje del senor MORDAZA Berley MORDAZA MORDAZA, Viceministro de Hacienda, debiendo el Ministerio de Economia y Finanzas asumir, con cargo a su presupuesto los gastos por concepto de pasajes, viaticos y Tarifa Unificada de Uso de Aeropuerto (TUUA); De conformidad con lo dispuesto en las Leyes N°s. 27619 y 29142 y en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar, por excepcion, el viaje en comision de servicio del senor MORDAZA Berley MORDAZA MORDAZA, Viceministro de Hacienda del Ministerio de Economia y Finanzas, a la MORDAZA de Cancun, MORDAZA Roo, Estados Unidos Mexicanos, del 23 al 25 de junio de 2008, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion, seran con cargo a la Unidad

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