Norma Legal Oficial del día 22 de junio del año 2008 (22/06/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, MORDAZA 22 de junio de 2008

Chacra Cerro, Kon Kon, MORDAZA, Huacoy, Punchauca y MORDAZA, entre otras. Que, ademas, la historia senala que en la hacienda de Punchauca, ubicada en esta jurisdiccion, se reunieron en su oportunidad, el General don MORDAZA de San MORDAZA y el virrey MORDAZA de La MORDAZA, en busca de obtener algun acuerdo, previo a la independencia de nuestra patria. Que, inclusive en el aspecto eclesiastico, tenemos la Iglesia de San MORDAZA de Carabayllo, que es una de las mas antiguas de MORDAZA y en la cual, MORDAZA MORDAZA de Mogrovejo oficio su primera misa. Que, en consecuencia, es deber de esta Gestion, en concordancia al MORDAZA juridico actualmente en vigencia, reconocer una fecha tan significativa como lo es el de la creacion historica de este distrito, con el objeto que las actuales y las futuras generaciones, sientan mayor orgullo de su pasado. Que, el articulo 194° de la Constitucion Politica, modificada por la Ley de Reforma Constitucional N° 27680, establece que las Municipalidades son los organos de gobierno local y como tales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, el Articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972, indica que los gobiernos locales representan al vecindario. Que, el articulo 40° de la Ley N° 27972, anota que las Ordenanzas son las normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal por medio de las cuales se aprueban las materias en las que la Municipalidad tiene competencia. En uso de las atribuciones conferidas por los articulos 9° numeral 8), 10° numeral 1) y 20° numeral 5) de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972 y, con el MORDAZA UNANIME de los integrantes del Concejo Municipal, aprobaron la siguiente ORDENANZA:

El pedido formulado por los Regidores MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Fredy MORDAZA MORDAZA, respecto a la reduccion de las tasas en los procedimientos administrativos establecidos en la Ordenanza Nº 104-CDLCH y ampliacion de vigencia de dicha norma; CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 104-CDLCH, el Concejo Municipal de Lurigancho Chosica la normativa municipal que Otorga Beneficios para el Pago de Derechos Administrativos por Tramite de Visacion de Planos y MORDAZA de Posesion a las Diversas Agrupaciones de Vivienda Postulantes al Programa Agua Para Todos; Que, la citada MORDAZA se dispuso exonerar en 90% las tasas por derecho de tramite en los procedimientos administrativos de MORDAZA de Posesion y Visacion de Planos para aquellos asentamientos humanos y demas zonas marginales del distrito que se encuentren comprendidos o empadronados dentro del proyecto de mejoramiento de agua potable y alcantarillado - Programa Agua Para Todos - determinados por SEDAPAL; Que, teniendo en cuenta los escasos recursos economicos de los beneficiarios del Programa Agua Para Todos, resulta necesario reducir la tasa en la Ordenanza Nº 104-CDLCH, ello en la suma de S/. 15.00 (quince nuevos soles), asi como ampliar la vigencia de dicha norma; de otro lado, debe establecerse un mecanismo de exoneracion de pago de tasa, a los pobladores que se encuentren en extrema pobreza, lo cual debera ser debidamente acreditado por Asistenta Social de la Municipalidad; De conformidad a lo dispuesto en los articulos 9º numeral 8), y 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, con dispensa del tramite de lectura y de aprobacion del acta; aprobo por UNANIMIDAD lo siguiente: ORDENANZA QUE REDUCE EL PAGO DE DERECHOS ADMINISTRATIVOS POR TRAMITE DE VISACION DE PLANOS Y MORDAZA DE POSESION A LAS DIVERSAS AGRUPACIONES DE VIVIENDA POSTULANTES AL PROGRAMA AGUA PARA TODOS ESTABLECIDOS EN LA ORDENANZA Nº 104-CDLCH Articulo 1º.- Reducir en S/. 15.00 nuevos soles las tasas administrativas por derecho de tramite por el servicio de expedicion de MORDAZA de Posesion y Visacion de Planos para aquellos asentamientos humanos y demas zonas marginales del distrito que se encuentren comprendidos o empadronados dentro del proyecto de mejoramiento de agua potable y alcantarillado - Programa Agua Para Todos determinados por SEDAPAL. Articulo 3º.- La Administracion Municipal queda facultada a exonerar el pago de las tasas administrativas por derecho de tramite por el servicio de expedicion de MORDAZA de Posesion y Visacion de Planos, siempre y cuando se acredite el estado de indigencia del solicitante, para lo cual debera contarse con el respectivo informe de la Gerencia de Desarrollo Social. Articulo 4º.- Ampliar la vigencia de la Ordenanza Nº 104-CDLCH hasta el 31 de diciembre de 2008. Articulo 5º.- Derogar las disposiciones establecidas en la Ordenanza Nº 104-CDLCH, que se opongan a la presente Ordenanza. Articulo 6º.- La presente Ordenanza entra en vigencia el dia siguiente de su publicacion, y rige hasta el 31 de diciembre de 2008. Articulo 7º.- Encargar a la Gerencia de Obras Privadas la tramitacion y aprobacion de los procedimientos administrativos descritos. Registrese, comuniquese, publiquese y ejecutese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

ORDENANZA QUE RECONOCE EL 29 DE JUNIO DE 1571 COMO FECHA DE CREACION HISTORICA DEL DISTRITO DE CARABAYLLO.
Articulo Primero.- RECONOCER, como FECHA DE CREACION HISTORICA DEL DISTRITO DE CARABAYLLO, el 29 de junio de 1571. Articulo Segundo.- DISPONER, que dentro de los actos conmemorativos a la CREACION POLITICA del distrito, tambien se difunda la fecha de CREACION HISTORICA de nuestro pueblo. Articulo Tercero.- ENCARGAR, el cumplimiento del presente dispositivo, a la Gerencia Municipal, a la Secretaria General y a la Subgerencia de Imagen Institucional. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA

214197-1

MUNICIPALIDAD DE LURIGANCHO CHOSICA
Aprueban Ordenanza que reduce el pago de derechos administrativos por tramite de visacion de planos y MORDAZA de posesion a las diversas agrupaciones de vivienda postulantes al Programa Agua para Todos establecidos en la Ordenanza Nº 104-CDLCH
ORDENANZA Nº 110-MDLCH
Chosica, 30 de MORDAZA de 2007. EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIGANCHO CHOSICA POR CUANTO: El Concejo Municipal de Lurigancho - Chosica, en sesion ordinaria de la fecha:

213621-1

Declaran infundado recurso de reconsideracion interpuesto contra la R.A. N° 037/08-MDLCH
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 054/08-MDLCH
Expediente N° 2899-2008 Chosica, 14 de MORDAZA de 2008.

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