Norma Legal Oficial del día 22 de junio del año 2008 (22/06/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 22 de junio de 2008

NORMAS LEGALES
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CONSIDERANDO:

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Secretaria de Planificacion Estrategica es responsable de coordinar, integrar, formular, monitorear y evaluar la politica, objetivos y estrategias del Sector Educacion; y, dentro de sus funciones se encuentra la de proponer a la Alta Direccion la politica, objetivos y estrategia sectoriales, en coordinacion con los organos y entidades del Sector Educacion; Que, por ello, es necesario tener una informacion actualizada, valida y confiable, de los conocimientos y necesidades de los profesores de las Instituciones Educativas Publicas con la finalidad de complementar la linea de base que permite el diseno de los programas de capacitacion docente y las demas acciones de desarrollo profesional que se requieran; Que, siendo asi, resulta pertinente autorizar una evaluacion censal complementaria a la que se realizo en el ano 2007, a los docentes nombrados de Educacion Basica Regular, que no rindieron la referida evaluacion censal a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto por el Decreto de Urgencia Nº 002-2007; De conformidad con el numeral 3) del articulo 11º de la Ley 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; DECRETA:

Articulo 1º.- Evaluacion Censal complementaria en Agosto de 2008 Autorizar una evaluacion censal complementaria a los docentes de Educacion Basica Regular, de los niveles de educacion inicial, primaria y secundaria, que no rindieron la evaluacion censal del ano 2007, para complementar la linea de base para el diseno de las acciones de capacitacion del magisterio nacional, evaluacion que debera realizarse en el mes de agosto de 2008. Articulo 2º.- Elaboracion del diseno y organizacion de la evaluacion Encargar al Ministerio de Educacion, a traves de la Secretaria de Planificacion Estrategica - SPE, con la participacion del Viceministerio de Gestion Pedagogica y del Viceministerio de Gestion Institucional, el diseno de los instrumentos y la organizacion del MORDAZA que permita llevar a cabo la accion descrita en el articulo anterior, para obtener informacion valida, confiable y objetiva y estimular posteriormente a traves de diversas medidas, a los docentes e instituciones educativas publicas. Articulo 3º.- Apoyo de las Regiones Las Direcciones Regionales de Educacion y las Unidades de Gestion Educativa Local, prestaran el apoyo logistico y la asistencia tecnica requerida, de acuerdo a sus funciones y competencias. Articulo 4º.- Normas Complementarias Facultese al Ministerio de Educacion a emitir las normas complementarias necesarias, en el caso que se requiera, para una mejor implementacion del presente Decreto Supremo, las cuales se formalizaran a traves de la Resolucion Ministerial correspondiente. Articulo 5º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Educacion. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintiun dias del mes de junio del ano dos mil ocho. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Educacion

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Exoneran de MORDAZA de seleccion la adquisicion de bienes y contratacion de servicios por causal de desabastecimiento inminente
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0284-2008-ED
MORDAZA, 20 de junio de 2008 VISTO; el Informe Nº 578-2008-ME/SG-OGA-UA emitido por la Unidad de Abastecimiento de la Oficina General de Administracion, en adelante Informe Tecnico y el Informe Nº 882-2008-ME/SG-OAJ emitido por la Oficina de Asesoria Juridica, en adelante Informe Legal, y;

Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 0147-2008-ED de 13 de marzo de 2008, el Ministerio de Educacion encargo a la Superintendencia de Bienes Nacionales, actualmente Superintendencia de Bienes Estatales, la ejecucion del procedimiento de venta por subasta publica del inmueble de 25, 442.50 m², constituido por el Lote 1, de la manzana N-8 de la Urbanizacion San MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, que actualmente ocupa la sede central del Ministerio de Educacion, y, en ejecucion del convenio suscrito con fecha 31 de marzo de 2008 entre el Ministerio de Educacion y la indicada Superintendencia para esos efectos, la Superintendencia de Bienes Estatales procedio a la subasta publica del indicado inmueble, otorgando la buena pro de su adjudicacion el 26 de MORDAZA de 2008, MORDAZA en el que, mediante Circular Nº 2 de 22 de MORDAZA de 2008, se precisaron las bases en el sentido que, la entrega del predio se efectuara desocupado y el mismo dia en que se cancele el saldo del precio de adjudicacion, fecha que no excedera de 60 (sesenta) dias posteriores a la adjudicacion de la buena pro, por lo tanto el predio debera ser desocupado a mas tardar el 26 de MORDAZA de 2008; Que, con la finalidad de no interrumpir la prestacion de los servicios a cargo del Ministerio de Educacion, se ha autorizado el uso temporal de las instalaciones habilitadas en el Instituto Nacional de Cultura y la sede principal de la Biblioteca Nacional del Peru, para que lo destine al funcionamiento de sus dependencias organicas, hasta que se construya la nueva sede institucional. Asimismo, para el mismo fin se ha suscrito un Contrato de Comodato con el Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado ­ FONAFE con respecto al predio ubicado entre la Av. De la Poesia y la Av. MORDAZA MORDAZA Este ­ San Borja; Que, mediante el Memorando Nº 1268-2008-ME/SGOGA, la Oficina General de Administracion requiere la contratacion del servicio de mudanza de bienes muebles y acervo documentario del Ministerio de Educacion; suministro e instalacion de cristales en la Biblioteca Nacional; el servicio de acondicionamiento de los locales ubicados en el MORDAZA Carabaya Nº 650 ­ Cercado de MORDAZA y en la esquina de la Avenida De la Poesia y la Avenida MORDAZA MORDAZA Este ­ San Borja; y la adecuacion de los ambientes del local ubicado en la cuadra cuatro de la Avenida La MORDAZA para instalar la imprenta del Ministerio de Educacion; Que, mediante el Informe Tecnico, la Unidad de Abastecimiento de la Oficina General de Administracion propone se evalue la exoneracion por la causal de desabastecimiento inminente de la contratacion de los siguientes bienes y servicios: mudanza de bienes muebles y acervo documentario del Ministerio de Educacion; suministro e instalacion de cristales en la Biblioteca Nacional del Peru; acondicionamiento de los locales ubicados en el Jr. Carabaya N° 650-Lima y en la Av. De la Poesia con la Av. MORDAZA MORDAZA Este ­ San Borja; y adecuacion de los ambientes del local ubicado en la cuadra cuatro de la Avenida La MORDAZA para instalar la imprenta del Ministerio de Educacion; Que, de acuerdo al mencionado Informe Tecnico, el predio ocupado actualmente por el Ministerio de Educacion, debera ser desocupado a mas tardar el 26 de MORDAZA de 2008, y teniendo en cuenta que, segun el monto del servicio propuesto, corresponderia realizarse un concurso publico con un plazo promedio un plazo de cincuenta y dos (52) dias calendario, sin contar con los dias adicionales para la mudanza e implementacion del servicio, no se lograria la contratacion ni la ejecucion del servicio solicitado en el plazo oportuno, siendo recomendable aprobar la exoneracion del MORDAZA de seleccion, por la causal de desabastecimiento inminente, toda vez que, en caso contrario, se estaria comprometiendo en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios y actividades de la entidad; Que, la causal de desabastecimiento inminente, para la exoneracion de los procesos de seleccion, esta prevista en el literal c) del articulo 19º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, cuyo Texto Unico Ordenado fue aprobado por el D.S. Nº 083-2004-PCM, la misma que debe ser aprobada por resolucion del titular de la entidad, con sustento en los informes tecnico y legal que correspondan; Que, de conformidad con el articulo 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, en adelante la Ley, "Se considera situacion de desabastecimiento inminente aquella situacion extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial. Dicha situacion

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