Norma Legal Oficial del día 22 de junio del año 2008 (22/06/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, MORDAZA 22 de junio de 2008

siendo el MORDAZA quien dispone la publicacion de los acuerdos finales, asi como la remision de los resultados del PDC a la Municipalidad Metropolitana de Lima. Articulo 10º.- Todo aspecto no contemplado en la presente ordenanza, sera resuelto mediante Decreto de Alcaldia. Articulo 11º.- La presente Ordenanza sera reglamentada a partir de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Mando que se registre, publique, comunique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA ESTREMADOYRO MORDAZA

216026-1

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MARISCAL MORDAZA
Exoneran de MORDAZA de seleccion la adquisicion de insumos para el Programa del Vaso de Leche
ACUERDO DE CONCEJO MUNICIPAL N° 078-2008-MPMC-J
Juanjui, 30 de MORDAZA del 2008 En Sesion Ordinaria Nº 0010-2008, bajo la Presidencia del Senor MORDAZA MORDAZA HILDEBRANDT MORDAZA y la asistencia de los Senores Regidores; MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sr. MORDAZA del MORDAZA MORDAZA, Sr. MORDAZA Isminio MORDAZA, Sr. MORDAZA MORDAZA Nunez, Srta. Libi MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Prof. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Prof. MORDAZA MORDAZA Cercado, Prof. MORDAZA del MORDAZA MORDAZA , respecto a la exoneracion del MORDAZA de seleccion para la adquisicion de productos para el Programa del Vaso de Leche, por desabastecimiento inminente, para lo cual se tuvo a la vista el Informe Nº 0022008-GAS-MPMC-J, Informe Tecnico Legal No 001-2008AJ/MPMC-J; por lo que se somete a debate en el pleno; CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad Provincial de Mariscal MORDAZA, Juanjui, por ser Organo de Gobierno Local goza de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con el Art.; II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, en concordancia con el Art. 194 de la Constitucion Politica del Estado; Que, conforme a lo previsto en el Art. 84 de la Ley Organica de Municipalidades es funcion especifica exclusiva de las Municipalidades Provinciales en materia de programas sociales la de ejecutar el Programa del Vaso de Leche y demas programas de apoyo alimentario con participacion de la poblacion; Que, la Municipalidad Provincial de Mariscal CaceresJuanjui a traves de su Comite Especial, llevo a cabo la Adjudicacion Directa Publica (ADP) Nº 001-2008Adjudicacion Directa-MPMC-J, dando asi cumplimiento a las formalidades exigidas en el T. U. O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante D.S. Nº 083-2004-PCM y su Reglamento, aprobado por D.S. Nº 084-2004-PCM; Que, de los postores participantes en el MORDAZA de Adjudicacion Directa, resulto ganadora de la Buena Pro, para el suministro de racion combinada de leche evaporada, cereales instantaneos (quinua, MORDAZA, arroz), el Consorcio representado por "ALJUMA" E. I. R. L.; suscribiendose para el efecto el correspondiente Contrato de Suministro de Productos Alimenticios para el PVL-2008 (febrerodiciembre), de fecha 25 de febrero del ano en curso; Que, dentro del MORDAZA de ejecucion del contrato, la empresa proveedora no cumplio con suministrar los

productos en optimas condiciones para su consumo, esto es, calidad del producto, el mismo que fuera rechazado por las beneficiarias los Clubes de Madres, Que, especificamente el Lote Nº 04, no era apto para el consumo humano, por no cumplir con las especificaciones tecnicas, al haberse detectado cuerpos extranos y haber sido el producto envasado en bolsas no adecuadas, senaladas en el Informe de Ensayo, Nº 128-V/ 08 emitido por el Laboratorio de Referencia Regional de Salud Publica de la Direccion Regional de Salud de San Martin; (CONSORCIO ALJUMA-PROALPI-PERUNICA), se acordo mediante Acta suscrita con fecha 19 de MORDAZA del ano en curso, que la Municipalidad proceda a la resolucion del contrato situacion que no fue objetada por la empresa proveedora; Que, la Municipalidad, mediante carta notarial cursada a la empresa proveedora, con fecha 20 de MORDAZA del ano en curso mediante la Notaria MORDAZA MORDAZA de Tarapoto, en aplicacion de lo dispuesto en la Clausula Decimo MORDAZA del Contrato, dio por resuelto el mismo en forma total; Que, la resolucion automatica del contrato de suministro del producto alimentario para el PVL-2008, configura por su naturaleza un desabastecimiento inminente contemplada en el Art.21 del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y Art. 141 de su Reglamento, para los meses de MORDAZA y junio del ano en curso; Que, para proceder a la exoneracion es preciso considerar el periodo de suministro de los productos requeridos, para tal efecto debe tenerse en cuenta que la adquisicion de insumos destinados al Programa del Vaso de Leche tiene como objetivo el consumo inmediato de dichos productos por parte de sus beneficiarios por lo que el periodo de suministro a ser cubierto a traves de la exoneracion no podra considerar la atencion de necesidades anteriores al periodo convocado; Que, para no quedar desabastecidos durante los meses de MORDAZA y junio durante el periodo que dure el MORDAZA de seleccion, el area usuaria ha requerido la compra de leche evaporada por la suma de S/. 16,691.00 Nuevos Soles, por el periodo que dure el MORDAZA de seleccion, adquisicion que garantizaria el suministro en los meses indicados; por lo que contando con el Dictamen correspondiente emitido por la Comision de Desarrollo Social, con el MORDAZA mayoritario de los miembros del Concejo Municipal, en uso de las atribuciones conferidas en la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el T. U. O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento. Despues del sustento, y conocimiento del contenido del presente expediente tecnico y en concordancia con el Articulo 9 de la Ley Organica de Municipalidades, el Concejo en Se3sion Ordinaria Nº 010-2008, acordo por UNANIMIDAD DECLARAR en situacion de DESABASTECIMIENTO INMINENTE la adquisicion de Insumos para el PROGRAMA DEL VASO DE LECHE por el periodo de sesenta dias calendario o hasta que dure el MORDAZA de seleccion, conforme al literal c); del articulo 19º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Y de conformidad a lo dispuesto por los dispositivos legales vigentes, y en uso a sus atribuciones que confiere el inciso 6 y 20 del articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 y las visaciones respectivas. SE RESUELVE: Articulo 1º.- DECLARAR en situacion de DESABASTECIMIENTO INMINENTE la adquisicion de Insumos para el PROGRAMA DEL VASASO DE LECHE por el periodo de sesenta dias calendario o hasta que dure el MORDAZA de seleccion, conforme al literal c); del articulo 19 de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo 2º.- EXONERAR, del MORDAZA de seleccion correspondiente a la adquisicion de insumos para el Programa del Vaso de Leche, leche evaporada, por el periodo que dure el MORDAZA de seleccion, al MORDAZA de lo dispuesto por el Art. 21 del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento. Articulo 3º.- AUTORIZAR a la Oficina General de Administracion, en coordinacion con el area usuaria se proceda a realizar adquisiciones directas hasta por el monto de S/. para adquirir, S/ 16,691.00 nuevos soles, en tanto dure el MORDAZA de seleccion, al MORDAZA del articulo 19 del T.U.O de la Ley 28267. Articulo 4º.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal inicie las acciones que corresponda fin de determinar

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