Norma Legal Oficial del día 28 de marzo del año 2008 (28/03/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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ORGANOS DE LINEA:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 28 de marzo de 2008

SUBDIRECCION DE VIVIENDA Y URBANISMO SUBDIRECTOR · Ingeniero Civil o Arquitecto, colegiado y habilitado · Tres (03) anos de experiencia profesional especifica en temas de vivienda y urbanismo, de los cuales un (01) ano podria corresponder a docencia universitaria en temas afines. · Cinco (05) anos de experiencia profesional en la administracion publica. PROFESIONAL · Ingeniero o Arquitecto, colegiado y habilitado. · Dos (02) anos de experiencia profesional en labores de planeamiento urbano. · Un (01) ano de experiencia profesional en la administracion publica. · Conocimiento de paquetes informaticos. · Capacitacion del Ministerio o de otros organismos publicos o privados en temas propios de su competencia y/o en gestion publica. TECNICO · Tecnico acreditado en construccion, topografia, dibujo y afines. · Dos (02) anos de experiencia en su actividad. SUBDIRECCION SANEAMIENTO SUB DIRECTOR: · Ingeniero Civil, Ingeniero Sanitario o Arquitecto, colegiado y habilitado. · Tres (03) anos de experiencia profesional especifica en temas de construccion y saneamiento, de los cuales un (01) podria corresponder a docencia universitaria en temas afines. · Cinco (05) anos de experiencia profesional en la administracion publica. · Capacitacion del Ministerio o de otros organismos publicos o privados en temas propios de su competencia y/o en gestion publica. PROFESIONAL: · Ingeniero Civil o Arquitecto, colegiado y habilitado. · Dos (02) anos de experiencia profesional en temas de saneamiento, en el ambito MORDAZA y rural. · Un (01) ano de experiencia profesional en la administracion publica. · Capacitacion del Ministerio o de otros organismos publicos o privados en temas propios de su competencia y/o en gestion publica. PROFESIONAL: · Ingeniero Sanitario, colegiado y habilitado. · Dos (02) anos de experiencia profesional en temas de saneamiento, en el ambito MORDAZA y rural. · Un (01) ano de experiencia profesional en la administracion publica. · Capacitacion del Ministerio o de otros organismos publicos o privados en temas propios de su competencia y/o en gestion publica. TECNICO · Tecnico acreditado en construccion, topografia, dibujo y afines. · Dos (02) anos de experiencia en su actividad. Asimismo, se recomienda a los Gobiernos Regionales que en el momento de la calificacion de los Profesionales postulantes al cargo de Directores Regionales de Vivienda, Construccion y Saneamiento, se considere como puntaje adicional los estudios de Post Grado (Maestria, Diplomados, etc;) que hayan realizado. DE CONSTRUCCION Y

Designan responsables de efectuar en el Ministerio la fiscalizacion posterior de documentos, declaraciones e informacion presentada por administrados
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 076-2008/VIVIENDA
MORDAZA, 26 de marzo de 2008 CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 29060, Ley del Silencio Administrativo, se amplia el alcance de los procedimientos sujetos al silencio administrativo positivo, con el proposito de ofrecer una mejor atencion de los procedimientos y no obstaculizar el ejercicio de los derechos de los ciudadanos; Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 2º de la indicada Ley, el establecimiento de la aprobacion automatica de procedimientos administrativos mediante silencio administrativo positivo, no enerva la obligacion de las entidades de realizar la fiscalizacion posterior de los documentos, declaraciones e informacion presentada por el administrado; Que, respecto a la fiscalizacion posterior, el numeral 1.16 del articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y el articulo 32º del mismo dispositivo, establecen que la tramitacion de los procedimientos se sustenta en la aplicacion de la fiscalizacion posterior, quedando las entidades obligadas a verificar de oficio mediante el sistema de muestreo, la autenticidad de las declaraciones, documentos, informaciones y traducciones proporcionadas por el administrado; Que, bajo dicho contexto, a traves del Decreto Supremo Nº 096-2007-PCM, se MORDAZA la fiscalizacion posterior aleatoria de los procedimientos administrativos por parte del Estado, disponiendo en su articulo 8º la creacion de la Central de Riesgo Administrativo, de acceso exclusivo a las entidades de la Administracion Publica, en la cual se debera registrar a las personas que hayan presentado declaraciones, informacion o documentacion falsa o fraudulenta al MORDAZA de los procedimientos de aprobacion automatica o de evaluacion previa; Que, por Resolucion Ministerial Nº 048-2008PCM, se aprobo la Directiva Nº 001-2008-PCM/SGP "Lineamientos para la implementacion y funcionamiento de la Central de Riesgo Administrativo" - CRA, cuyo articulo 5º senala que los funcionarios a cargo de la fiscalizacion posterior al interior de cada entidad, seran responsables de registrar los datos correspondientes a los administrados que han presentado declaraciones, informacion o documentacion falsa o fraudulenta al MORDAZA de procedimientos de aprobacion automatica o evaluacion previa; y dentro de un plazo de siete (7) dias habiles, contados a partir del dia siguiente del vencimiento del plazo previsto en el articulo 2º de dicha Directiva, el Secretario General de cada entidad de la Administracion Publica, o quien haga sus veces, debera comunicar por escrito y mediante oficio dirigido a la Secretaria de Gestion Publica, los datos correspondientes al personal a cargo de efectuar la fiscalizacion posterior en su entidad, debiendo adjuntar para ello una MORDAZA del documento que acredite su designacion como tal; De conformidad con las Leyes Nºs. 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo y 29060 - Ley del Silencio Administrativo, el Decreto Supremo Nº 096-2007-PCM, y el Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA modificado por el Decreto Supremo Nº 045-2006 y la Resolucion Ministerial Nº 048-2008-PCM; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar como responsables de efectuar en el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, la fiscalizacion posterior de los documentos, declaraciones e informacion presentada por los administrados, en aplicacion a lo dispuesto por la Resolucion Ministerial Nº 048-2008-PCM, a las siguientes personas: - Sr. MORDAZA MORDAZA de Zela, representante del Despacho Ministerial.

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