Norma Legal Oficial del día 28 de marzo del año 2008 (28/03/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano MORDAZA, viernes 28 de marzo de 2008 MANZANAS A-14 A-15 B-1A B-1B B-2 B-3 B-4 B-5 B-6 B-7 B-8 B-9 B-10 B-11 B-12 B-13 B-14 B-15 B-16 B-17 B-18 B-19 B-20 C D E CANTIDAD LOTES 28 1 21 35 46 7 22 19 19 17 15 28 41 42 44 10 48 45 48 49 38 43 01 10 12 13 NUMERACION 1 al 28 1 1 al 21 1 al 35 1 al 46 1 al 7 1 al 22 1 al 19 1 al 19 1 al 17 1 al 15 1 al 28 1 al 41 1 al 42 1 al 44 1 al 10 1 al 48 1 al 45 1 al 48 1 al 49 1 al 38 1 al 43 1 1 al 10 1 al 12 1 al 13 TOTAL

NORMAS LEGALES
AREA 3,650.50 m2 3,413.25 m2 2,787.10 m2 4,874.84 m2 5,610.00 m2 2,315.45 m2 3,086.23 m2 2,772.71 m2 2,615.11 m2 2,456.41 m2 2,297.80 m2 4,551.89 m2 5,340.00 m2 5,920.00 m2 5,546.48 m2 1,373.90 m2 5,920.00 m2 5,800.00 m2 6,899.30 m2 6,404.72 m2 4,720.00 m2 5,827.19 m2 1,505.75 m2 1,492.35 m2 1,520.00 m2 1,757.80 m2 182,036.50 m2

369603

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO
Modifican Ordenanza Nº 000010 mediante la cual se aprobo el Regimen de Aplicacion de Sanciones de la Municipalidad
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000012
Callao, 10 de marzo de 2008 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO POR CUANTO: El Concejo Municipal Provincial del Callao, en Sesion de fecha 10 de marzo de 2008, aprobo la siguiente Ordenanza Municipal; CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru, en el articulo 194º establece que las municipalidades como organos de gobierno local tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Organica de Municipalidades N° 27972, en el articulo 9º inciso 8 establece que corresponde al Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos y en el articulo 40º, establece que mediante ordenanza se crean, modifican, suprimen o exoneran los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los limites establecidos por la Ley; Que, mediante Ordenanza Municipal N° 000010 del 24 de febrero de 2007, se aprobo el Regimen de Aplicacion de Sanciones (RAS) de la Municipalidad Provincial del Callao la cual preve, en el articulo 19º, el beneficio del pronto pago de infraccion, el mismo que otorga al administrado infractor un descuento del 75% sobre el valor de la infraccion verificada, beneficio que al no haberse determinado, la exclusion rige para todos los organos de este gobierno municipal; Que, el Articulo 8° inciso 1, de la Ley Nº 27333, Ley Complementaria a la Ley Nº 26662 - Ley de Asuntos no Contenciosos de Competencia Notarial, para la Regulacion de Edificaciones, dispone que las edificaciones que se construyan a partir de la vigencia de Ley Nº 27157, sin cumplir con los procedimientos que esta establece, seran sancionadas con una multa equivalente al 10% del valor declarado de la obra, que constituye renta propia de la municipalidad respectiva; Que, el Decreto Supremo Nº 035-2006-VIVIENDA, en el articulo 108º, sobre Edificaciones Irregulares y Sanciones, preve la sancion indicada en el considerando anterior y dentro del mismo MORDAZA establecido en la Ley MORDAZA referida, debe considerarse que ninguna persona natural o juridica, podra ejecutar obras de habilitacion MORDAZA o afines, sin la previa revision y aprobacion de los proyectos respectivos por el Ente Municipal. Los infractores a esta disposicion no estaran sujetos a los beneficios a la Ordenanza Municipal Nº 000010 y tampoco deberan tener los beneficios de la Ordenanza precitada las personas naturales o juridicas que atenten, danen o destruyan propiedad publica o privada; asi como MORDAZA uso de la via publica sin la respectiva autorizacion municipal; Que, cuenta con la opinion favorable de la Gerencia General de Desarrollo MORDAZA a traves de lo solicitado mediante el Oficio N° 381-2008-MPC-GGDU-GPUC y lo informado por la Gerencia General de Asesoria Juridica y Conciliacion mediante Memorando N° 0207-2008-GGAJCMPC que remite en calidad de pronunciamiento el Informe N° 072-2008-MPC-GGAJC-SGAA de la Sub- Gerencia de Coordinacion y Apoyo a la Gerencia; Estando a lo expuesto y de acuerdo a lo dispuesto por la Ley Organica de Municipalidades N° 27972, el Concejo Provincial del Callao ha dado la siguiente:

39 Manzanas 1,248 Lotes

Las areas que corresponde como aporte al Ministerio de Educacion son: El Lote 1 de la Manzana A-15 con 3,413.25 m2; el Lote 1 de la Manzana B-20 con 1,505.75 m2 y el Lote 7, que se adiciona a la Manzana B-3 con 1,439.25 m2, haciendo un area total de 6,358.25 m2. La diferencia de area de 142,575.98 m2., corresponde 33,505.58 m2., al area cedido para Parques (Parque I, con 7,749.13 m2., MORDAZA II, con 3,705.65 m2., MORDAZA III, con 5,853.50 m2., MORDAZA IV con 1,600.00 m2, MORDAZA V con 1,600.00 m2., MORDAZA VI, con 7,087.80 m2., MORDAZA VII con 5,405.50 m2., y MORDAZA VIII, con 504.00 m2) y el area restante de 109,070.40 m2 corresponde a vias publicas. Articulo Segundo.- CONSIDERAR, de MORDAZA Progresivo la presente Habilitacion MORDAZA, dejandose diferidas la ejecucion de las obras faltantes de pavimentacion de pistas, veredas y las rampas para personas con discapacidad, conforme a lo dispuesto en la R.M. Nº 069-2001-MTC/15.04 de fecha 07 de Febrero de 2001; asi como, la Ornamentacion de los Parques y la canalizacion de la Acequia de Regadio; para ser ejecutado por las asociaciones de vivienda, adquirientes del terreno en un plazo MORDAZA de cinco (5) anos, contados a partir de la notificacion de la presente Resolucion. Articulo Tercero.- DISPONER, que oportunamente se inscriba los tres (3) Lotes destinados como aporte al Ministerio de Educacion, indicadas en el Articulo Primero de la presente Resolucion mediante las minutas de cesion y transferencia, respectivas. Articulo Cuarto.- INCORPORAR en la jurisdiccion del distrito de Ate, la Habilitacion MORDAZA que se recepciona con la presente Resolucion. Articulo Quinto.- DISPONER la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial "El Peruano", en el plazo MORDAZA de 30 dias calendario de notificados, por cuenta de los interesados. Articulo Sexto.- TRANSCRIBIR la presente Resolucion de Gerencia al Registro de Propiedad de Inmueble de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao ­ SUNARP., para los efectos de su inscripcion correspondiente en la Partida Nº 49064643; al Ministerio de Educacion para que celebre la Escritura Publica de cesion de aporte reglamentario que le corresponde; a la Superintendencia de Bienes Nacionales y a los interesados para su conocimiento. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gerente de Desarrollo MORDAZA

180012-1

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