Norma Legal Oficial del día 04 de octubre del año 2008 (04/10/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 50

380916

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 4 de octubre de 2008

DEFENSORIA DEL PUEBLO
Aprueban Reglamento para el Concurso Publico de Seleccion del Adjunto o Adjunta para los Derechos de la Mujer de la Defensoria del Pueblo
RESOLUCION DEFENSORIAL Nº 028-2008/DP
MORDAZA, 2 de octubre de 2008 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con los articulos 161º y 162º de la Constitucion Politica del Peru, la Defensoria del Pueblo es un organo MORDAZA, encargado de velar por la defensa de los derechos constitucionales y fundamentales de la persona y la comunidad, de la supervision del cumplimiento de los deberes de la administracion estatal y la prestacion de los servicios publicos a la ciudadania; Que, el articulo 7º de la Ley Organica de la Defensoria del Pueblo, Ley Nº 26520, dispone que la Defensora del Pueblo estara auxiliada por Adjuntos(as) designados(as) por un periodo de tres (3) anos para que la representen en el ejercicio de sus funciones y atribuciones previstas en la mencionada ley; estableciendo, asimismo, que los(as) Adjuntos(as) seran seleccionados(as) mediante Concurso Publico, segun las disposiciones que senale el reglamento que con tal finalidad apruebe la Defensora del Pueblo; Que, de acuerdo con lo establecido en el numeral 7) del articulo 9º de la Ley Organica de la Defensoria del Pueblo, la Defensora del Pueblo esta facultada para dictar los reglamentos que se requieran para el cumplimiento de las funciones de la Defensoria del Pueblo; Que, conforme a lo dispuesto en los articulos 6º y 35º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Defensoria del Pueblo, aprobado mediante Resolucion Defensorial Nº 0039-2006/DP, la Adjuntia para los Derechos de la Mujer es un organo de linea que forma parte de la estructura organica de la Entidad; Que, el articulo 36º del citado Reglamento de Organizacion y Funciones senala que cada Adjuntia se encuentra bajo la conduccion de un Adjunto o Adjunta, estableciendose en la referida MORDAZA las competencias que le corresponden a cada una de ellas; Con los visados de la Primera Adjuntia y de las oficinas de Gestion de Recursos Humanos y de Asesoria Juridica; En uso de las atribuciones y facultades conferidas por el articulo 7º y el numeral 7) del articulo 9º de la Ley Organica de la Defensoria del Pueblo, Ley Nº 26520; y de conformidad con los articulos 6º, 7º y los literales d) y h) del articulo 8º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Defensoria del Pueblo, aprobado por la Resolucion Defensorial Nº 0039-2006/DP; SE RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR el "Reglamento para el Concurso Publico de Seleccion del Adjunto o Adjunta para los Derechos de la Mujer de la Defensoria del Pueblo", texto que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- CONVOCAR a Concurso Publico de Seleccion la plaza de Adjunto o Adjunta para los Derechos de la Mujer de la Defensoria del Pueblo, en el que podran participar los ciudadanos y las ciudadanas de todo el MORDAZA que reunan los requisitos senalados en el Reglamento a que se refiere el articulo anterior, del 6 al 31 de octubre de 2008, inclusive. Articulo Tercero.- DESIGNAR como integrantes de la Comision Especial a que se refiere el articulo 3º del Reglamento MORDAZA citado, a las siguientes personas:

REGLAMENTO PARA EL CONCURSO PUBLICO DE SELECCION DEL ADJUNTO O ADJUNTA PARA LOS DERECHOS DE LA MUJER DE LA DEFENSORIA DEL PUEBLO Articulo 1º.- El presente Reglamento establece el procedimiento que habra de ser observado para la seleccion y contratacion del/de la titular de la Adjuntia para los Derechos de la Mujer, conforme a lo previsto en el articulo 7º y el numeral 7) del articulo 9º de la Ley Nº 26520, Ley Organica de la Defensoria del Pueblo, y de conformidad con los articulos 6º, 7º, literales d) y h) del articulo 8º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Defensoria del Pueblo, aprobado por la Resolucion Defensorial Nº 0039-2006/DP. Articulo 2º.- Para ser Adjunto/a para los Derechos de la Mujer se requiere: a. Haber cumplido 35 anos de edad. b. Ser abogado/a con ejercicio profesional de al menos diez anos, contados desde la obtencion del titulo, y tener estudios de post grado. c. Contar con experiencia de trabajo en la administracion publica en temas relacionados a los derechos humanos y genero, no menor de cinco anos. d. Contar con experiencia en el dictado de cursos, talleres o conferencias particularmente en temas relacionados a los derechos de la mujer. e. Contar con experiencia de trabajo en instituciones estatales e internacionales con relacion a sistemas especiales de proteccion de derechos de la mujer. f. Experiencia en la coordinacion con entidades de la cooperacion internacional con enfasis en temas de derechos de la mujer. g. Conocer la labor de la Defensoria del Pueblo. h. Estar habituado a altas cargas de trabajo. El cargo exige dedicacion exclusiva y solo es compatible con el ejercicio de labores docentes. i. Estar disponible para realizar viajes en el Peru en misiones regulares y de emergencia. j. Conocimiento de al menos un idioma extranjero. k. No hallarse impedido/a de suscribir contrato laboral con el Estado. l. Contar con la experiencia en la direccion y conduccion de un equipo de trabajo. m. Gozar de una conocida reputacion, de integridad moral e independencia. n. Disponibilidad inmediata. Articulo 3º.- El MORDAZA de seleccion del/de la Adjunto/a para los Derechos de la Mujer estara a cargo de una Comision Especial, integrada por tres personas de reconocida trayectoria y prestigio profesional, designadas por la Defensora del Pueblo. Articulo 4º.- La Defensoria del Pueblo publicara un aviso en su local institucional con sede en MORDAZA, en sus Oficinas Defensoriales, en su pagina web y en los medios de comunicacion que considere pertinentes, invitando a las instituciones especializadas o profesionales interesados/as a presentar candidaturas para el concurso publico. Articulo 5º.- Los/las postulantes, dentro del plazo establecido en la convocatoria, deberan presentar, en el local institucional de la Defensoria del Pueblo con sede en MORDAZA o en sus Oficinas Defensoriales, su solicitud en sobre cerrado, acompanando al efecto su curriculum vitae debidamente documentado con copias simples y, cuando corresponda, legalizadas u originales. La Comision Especial estara facultada para requerir, en cualquier momento del concurso publico, la informacion complementaria que considere necesaria de ser evaluada. Articulo 6º.- La evaluacion se realizara en dos etapas sucesivas que permitiran la preseleccion de los/ las postulantes calificados/as para ocupar el cargo, las cuales podran realizarse, inclusive, en dias no habiles. La Comision Especial evaluara los documentos presentados por los/as postulantes, de acuerdo a los requisitos exigidos en el articulo 2º del presente Reglamento. Conforme al resultado de dicha evaluacion, elaborara un listado de los/las postulantes que resulten aptos/as para pasar a la MORDAZA etapa que se publicara en la pagina web de la Defensoria del Pueblo, en su local institucional con sede en MORDAZA y en sus Oficinas Defensoriales. Asimismo, se comunicara telefonicamente a los/las postulantes que pasaron a la siguiente etapa de evaluacion. La Comision Especial tendra en cuenta lo dispuesto por la Ley Nº 27050, Ley General de las personas con

a) b) c)

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