Norma Legal Oficial del día 04 de octubre del año 2008 (04/10/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 78

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INFRACCION Por trabajar en estado de ebriedad o consumo de drogas Por reciclar material no autorizado

NORMAS LEGALES
MORDAZA (leve, grave, muy grave) Muy grave Leve Grave Grave CATEGORIA (%) UIT I 25 5 10 10 II 100 15 25 25 III 100 40 50 50 IV 200 70 200 200 V 200 100 200 200

El Peruano MORDAZA, sabado 4 de octubre de 2008

SANCION COMPLEMENTARIA Revocacion del registro municipal Decomiso /Retencion Decomiso /Retencion Decomiso /Retencion

Por realizar la venta de residuos solidos reciclables en locales no autorizados por la Municipalidad Por realizar la compra de residuos solidos reciclables a Segregadores informales no autorizados por la Municipalidad

21.2 DE LOS GENERADORES
MORDAZA (leve, grave, muy grave) Grave CATEGORIA (%) UIT I 10 II 25 III 50 IV 200 V 200 Decomiso/Retencion/ Clausura temporal o definitiva Decomiso/Retencion/ Clausura temporal o definitiva Decomiso /Retencion Decomiso /Retencion Decomiso/Retencion/ Clausura temporal o definitiva Decomiso/Retencion/ internamiento del vehiculo

INFRACCION Por no contar con contenedores para el almacenamiento selectivo (Generador mayor a 50 Kg/dia) Por almacenamiento y/o tratamiento de residuos solidos organicos e inorganicos sin autorizacion o sin cumplir con las normas tecnicas sanitarias vigentes. O.M. 000026 Art. 3 (El Peruano 27.06.2008) Por no participar del Programa de Recoleccion Selectiva Por no respetar los horarios de recoleccion selectiva Por no realizar una adecuada segregacion de residuos en la fuente. (Generador mayor a 50 Kg/dia) Por arrojar residuos solidos organicos e inorganicos en la via publica (calles, pistas, veredas, parques, jardines, zonas MORDAZA costeras, riberas de los MORDAZA u otros lugares)

SANCION COMPLEMENTARIA

Muy Grave Grave Leve Grave Muy Grave

20 0 5 10 20

60 25 15 25 60

100 50 40 50 100

150 200 70 200 150

300 200 100 200 300

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- Las Municipalidades Distritales regularan los mecanismos de formalizacion de segregadores y la recoleccion selectiva de los residuos solidos en sus distritos respetando la base legal existente y tomando en cuenta los procedimientos tecnicos administrativos del presente reglamento. Segunda.- Se considerara reincidencia y/o persistencia conforme lo dispuesto en el articulo 8º de la Ordenanza Municipal Nº 000010­2007, aplicandose la sancion de multa y/o medida complementaria conforme lo dispuesto y segun el caso. Tercera.- LA AUTORIZADO MORDAZA DE OPERADOR

de residuos reaprovechables. d. Responsabilidad Social y Ambiental Establecer un sistema de responsabilidad compartida y de manejo integral de los residuos solidos, desde la generacion hasta su disposicion final, a fin de evitar situaciones de riesgo e impactos negativos a la salud humana y el ambiente. e. Residuos Comerciales Son aquellos generados en los establecimientos comerciales de bienes y servicios, tales como: centros de abastos de alimentos, restaurantes, supermercados, tiendas, bares, bancos, centros de convenciones o espectaculos, oficinas de trabajo en general, entre otras actividades comerciales y laborales analogas. Estos residuos estan constituidos mayormente por papel, plasticos, embalajes diversos, restos de aseo personal, latas, entre otros similares. f. Residuos Domiciliarios Son aquellos residuos generados en las actividades domesticas realizadas en los domicilios, constituidos por restos de alimentos, periodicos, revistas, botellas, embalajes en general, latas, carton, panales descartables, restos de aseo personal y otros similares. g. Residuos de las Actividades de Construccion Son aquellos residuos fundamentalmente inertes que son generados en las actividades de construccion y demolicion de obras, tales como: edificios, puentes, carreteras, represas, MORDAZA y otras afines a estas. h. Gestion de Residuos Solidos Toda actividad tecnica administrativa de planificacion, coordinacion, concertacion, diseno, aplicacion y evaluacion de politicas, estrategias, planes y programas de accion de manejo apropiado de los residuos solidos de ambito nacional, regional y local. i. Manejo de Residuos Solidos Toda actividad tecnica operativa de residuos solidos que involucre manipuleo, acondicionamiento, transporte, transferencia, tratamiento, disposicion final o cualquier otro procedimiento tecnico operativo utilizado desde la generacion hasta la disposicion final. j. Manejo Integral de Residuos Solidos Es un conjunto de acciones normativas, financieras y de planeamiento que se aplica a todas las etapas del manejo de residuos solidos desde su generacion, basandose en criterios sanitarios ambientales y de viabilidad tecnica y economica para la reduccion en la fuente, el

a. La MORDAZA emitida por la Municipalidad Provincial del Callao faculta a realizar las acciones de recoleccion selectiva y venta de los residuos solidos reciclables en el ambito del Callao Cercado quedando sin efecto fuera de sus limites. b. La caducidad o el retiro de la MORDAZA de Operador autorizado procederan automaticamente con la aplicacion de sanciones por 02 faltas graves. Cuarta.- DEFINICIONES Definicion de terminos. Las siguientes definiciones son aplicables en todo el ambito nacional de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 27314, Ley General de Residuos Solidos: a. Generador Persona natural o juridica que en razon de sus actividades genera residuos solidos, sea como productor, importador, distribuidor, comerciante o usuario. Tambien se considerara como generador al poseedor de residuos solidos peligrosos, cuando no se pueda identificar al generador real y a los gobiernos municipales a partir de las actividades de recoleccion. b. Operador Persona natural que realiza cualquiera de las operaciones o procesos que componen el manejo de los residuos solidos, pudiendo ser o no el generador de los mismos. c. Operador registrado Persona natural capacitada, miembro de una Asociacion de Segregadores y registrada por la Autoridad Municipal para dedicarse de manera ORGANIZADA, sin generar riesgos sanitarios ni ambientales a la recoleccion selectiva

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