Norma Legal Oficial del día 25 de octubre del año 2008 (25/10/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, sabado 25 de octubre de 2008

Que mediante Resolucion Directoral Nº 055-2003PRODUCE/DNEPP de fecha 07 de marzo del 2003, se aprobo el cambio de titular de permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera denominada "MARIA JOSE" con matricula Nº CO-19579-PM, de 364,50 m3 de capacidad de bodega y 273,41 m3 de carga MORDAZA de pescado con sistema de conservacion a bordo RSW, equipada con redes de cerco de ½ pulgada (13 mm) y 1 ½ pulgadas (38 mm) de longitud minima de abertura de malla segun corresponda, para la extraccion de recursos hidrobiologicos anchoveta y sardina para consumo humano indirecto, en el ambito del litoral peruano y fuera de las 5 millas de la costa; a favor de la empresa CORPORACION PESQUERA MORDAZA ­ COPEINCA S.A.; Que el articulo 11º del Reglamento de la Ley General de Pesca establece que el regimen de acceso a la actividad pesquera extractiva esta constituida por las autorizaciones de incremento de flota y los permisos de pesca, los mismos que se otorgan de acuerdo al grado de explotacion de los recursos hidrobiologicos existentes al momento de expedirse la resolucion administrativa constitutiva del derecho; Que mediante Decreto Supremo Nº 011-2007PRODUCE de fecha 13 de MORDAZA del 2007, se aprobo el Reglamento de Ordenamiento Pesquero de Jurel y Caballa, en cuyo numeral 5.1 se establecio que el acceso a la actividad extractiva de los citados recursos hidrobiologicos se obtiene mediante autorizaciones de incremento de flota y permisos de pesca; Que la MORDAZA Disposicion Final, Complementaria y Transitoria del Reglamento de Ordenamiento Pesquero de Jurel y Caballa, establece que el Ministerio de la Produccion exceptuara de la autorizacion de incremento de flota y otorgara permiso de pesca de jurel y caballa para el consumo humano directo a las embarcaciones de cerco con permiso de pesca para el consumo humano indirecto que contando con sistema de preservacion a bordo MORDAZA R.S.W. y que acogiendose a los convenios celebrados al MORDAZA de la R.M. Nº 150-2001-PE demuestren haber realizado esfuerzo pesquero de jurel y caballa para el consumo humano directo, de acuerdo a los terminos del Reglamento de la Ley General de Pesca. Para efectos de consideracion del esfuerzo pesquero senalado en el parrafo anterior este sera computado a partir de la fecha de vigencia del D.S. Nº 001-2002-PRODUCE. El plazo para solicitar el permiso de pesca es de 120 dias calendario contados desde la entrada en vigencia del presente Decreto Supremo; Que mediante los escritos del visto, la empresa CONSORCIO MALLA S.A., en virtud a lo establecido por la MORDAZA Disposicion Final, Complementaria y Transitoria del Decreto Supremo Nº 011-2007-PRODUCE solicita la ampliacion del permiso de pesca en el extremo referido a los recursos jurel y caballa, para las embarcaciones pesqueras "POLAR IV" y "MARIA JOSE" con matriculas Nº CO-22308-PM y Nº CO-19579-PM otorgados mediante Resoluciones Directorales que se indican en el primer y MORDAZA considerando; Asimismo, PESQUERA MORDAZA S.A. ha solicitado el cambio de titularidad de permisos de pesca de las citadas embarcaciones pesqueras por haber absorbido a la empresa CONSORCIO MALLA S.A. Que de acuerdo a la MORDAZA Disposicion Final, Complementaria y Transitoria anteriormente senalada, excepcionalmente se otorgara permisos de pesca para extraer los recursos jurel y caballa para consumo humano directo, a las embarcaciones pesqueras cerqueras con permiso de pesca para consumo humano indirecto, que acrediten haber realizado actividad extractiva de los recursos jurel y caballa con destino al consumo humano directo del 2001 a la fecha; Que de la evaluacion efectuada a las solicitudes presentadas y a los antecedentes que obran en el expediente administrativo, se ha determinado que las embarcaciones pesqueras "POLAR IV" con matricula CO22308-PM y "MARIA JOSE" con matricula Nº CO-19579PM, de 450 metros cubicos, 364,50 metros cubicos de volumen de capacidades de bodega respectivamente, donde la embarcacion pesquera "POLAR IV" no ha

realizado actividad extractiva de los recursos jurel y caballa con destino al consumo humano directo durante los anos 2001 - 2007, y la embarcacion pesquera "MARIA JOSE" no acredita el esfuerzo pesquero minimo anual equivalente a una bodega de la capacidad de la embarcacion, realizado durante el ano del 2003. Asi como, en vista que el cambio de titular de permiso de pesca de la E/P "MARIA JOSE" solicitado por CONSORCIO MALLA S.A. se encuentra en situacion de tramite, la titular de dicha embarcacion es la empresa CORPORACION PESQUERA MORDAZA S.A. ­ COPEINCA S.A.; por lo que resulta improcedente la solicitud presentada por la empresa CONSORCIO MALLA S.A.; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero del Ministerio de la Produccion mediante informe Nº 589-2008-PRODUCE/DGEPPDch y con la opinion favorable de la Instancia Legal correspondiente; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977 ­ Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, Decreto Supremo Nº 011-2007-PRODUCE, Ley Nº 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General; y, En uso de las facultades conferidas por el articulo 118 del Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y Resolucion Ministerial Nº 071-2001-PE; SE RESUELVE:

Articulo 1º.- Declarar improcedente la solicitud de ampliacion de permiso de pesca presentada por la empresa CONSORCIO MALLA S.A., absorbida por PESQUERA MORDAZA S.A., para la extraccion de los recursos jurel y caballa a traves de las embarcaciones pesqueras "POLAR IV" de matricula Nº CO-22308-PM y "MARIA JOSE" de matricula Nº CO-19579-PM, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, a las Direcciones Regionales Sectoriales del litoral y consignarse en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion: www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 268078-37

Autorizan a Pesquera Velebit S.A. ampliacion de permiso de pesca
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 553-2008-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 22 de septiembre del 2008 Visto los escritos de Registro Nº 00033826 de fechas 14 de MORDAZA y 27 de agosto de 2007, presentados por la empresa PESQUERA VELEBIT S.A. CONSIDERANDO : Que el Articulo 12º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 0122001-PE, establece que en el caso de recursos que se encuentren plenamente explotados, el Ministerio de Pesqueria (hoy de Produccion) no autorizara incrementos de flota ni otorgara permisos de pesca que concedan acceso existente en pesqueria de los mismos recursos hidrobiologicos; Que mediante Decreto Supremo Nº 011-2007PRODUCE del 13 de MORDAZA de 2007, se aprobo el

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