Norma Legal Oficial del día 25 de octubre del año 2008 (25/10/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano MORDAZA, sabado 25 de octubre de 2008 Nº 9 10 11 12 13 14 15 Descripcion MORDAZA CANON CANON CANON CANON CANON CANON XEROX

NORMAS LEGALES
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Modelo Estandarizado NP-3020 NP-3030 NP-3325 NP-6030 NP-6130 NP-7210 WC420 Cantidad 1 1 3 5 1 26 5

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Decreto Supremo Nº 009-2007-JUS, y Resolucion Suprema Nº 051-2008-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- DECLARAR, al Establecimiento Penitenciario de Huaral de la Oficina Regional MORDAZA, dentro de los alcances del Decreto Supremo Nº 15-94JUS y su modificatoria por el Decreto Supremo Nº 00299-JUS, por lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- COMPRENDER, un area territorial intangible paralela al limite del terreno del Establecimiento Penitenciario de Huaral de la Oficina Regional MORDAZA, en una extension de doscientos (200) metros a su alrededor, con prohibicion expresa de construir viviendas u otro MORDAZA de edificaciones dentro de ese perimetro. Articulo 3º.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a las instancias pertinentes para su conocimiento y fines. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CAPARROS MORDAZA Presidente (e) Consejo Nacional Penitenciario 268558-1

269068-1

INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO

Declaran al Establecimiento Penitenciario de Huaral dentro de los alcances de los DD.SS. Nºs. 15-94-JUS y 002-99-JUS
RESOLUCION PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 622-2008-INPE/P MORDAZA, 22 de octubre de 2008 VISTO, el Oficio Nº 737-2008-INPE/18.04 de fecha 01 de octubre de 2008, emitido por la Oficina Regional MORDAZA, relativo a la resolucion de delimitacion del area territorial intangible correspondiente al Establecimiento Penitenciario de Huaral de su jurisdiccion, e Informe Nº 275-2008-INPE/08 de fecha 16 de octubre de 2008, de la Oficina de Asesoria Juridica del Instituto Nacional Penitenciario. CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 737-2008-INPE/18.04 de fecha 01 de octubre de 2008, por el cual la Oficina Regional MORDAZA solicita que se senale los limites fronterizos del Establecimiento Penitenciario de Huaral, debido a que la Comunidad Campesina de Aucallama esta lotizando los terrenos colindantes al perimetro del citado centro penitenciario; Que, mediante Decreto Supremo Nº 15-94-JUS se declaro como MORDAZA Reservada las areas donde funcionan los Establecimientos Penitenciarios y sus Dependencias conexas y, mediante Decreto Supremo Nº 002-99-JUS se modifico el articulo MORDAZA del citado dispositivo legal, a fin de comprender un area territorial intangible paralela al limite del terreno donde se encuentran ubicados los Establecimientos Penitenciarios, en una extension de doscientos (200) metros a su alrededor, con prohibicion expresa de construir viviendas u otro MORDAZA de edificaciones dentro de ese perimetro; Que, como lo senalan los citados dispositivos legales, se debe declarar como MORDAZA Reservada los Establecimientos Penitenciarios que albergan a internos por delitos de terrorismo, traicion a la patria, trafico ilicito de drogas y otros delitos graves, a fin de evitar fugas masivas, mediante la modalidad de construccion de tuneles hacia zonas adyacentes; Que, el Establecimiento Penitenciario de Huaral de la Oficina Regional MORDAZA, alberga internos de MORDAZA peligrosidad por los delitos considerados en los Decretos Supremos Nº 15-94-JUS y Nº 002-99-JUS, por lo que corresponde emitir el acto administrativo que declare como MORDAZA Reservada dicho centro penitenciario, a efectos de que cuente con las condiciones de seguridad que garantice el normal desarrollo del regimen penitenciario; Contando con las visaciones del Consejo Nacional Penitenciario y la Oficina de Asesoria Juridica, y; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 654, Decretos Supremos Nº 15-94-JUS y Nº 002-99-JUS,

ORGANISMO DE FORMALIZACION DE LA PROPIEDAD INFORMAL
Reformulan conformacion de Comision de Transparencia Anticorrupcion de COFOPRI
RESOLUCION DIRECTORAL N° 169 -2008-COFOPRI/DE MORDAZA, 22 de octubre de 2008 VISTO: El Informe Nº 001-2008-COFOPRI/CTA de fecha 01 de octubre de 2008 emitido por el Presidente de la Comision de Transparencia y Anticorrupcion. CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 803, Ley de Promocion del Acceso a la Propiedad Formal, complementada por la Ley N° 27406, se crea la Comision de Formalizacion de la Propiedad Informal ­ COFOPRI, hoy Organismo de Formalizacion de la Propiedad Informal conforme a la MORDAZA Disposicion Complementaria de la Ley N° 28923 ­ Ley que establece el Regimen Temporal Extraordinario de Formalizacion y Titulacion de Predios, cuyo Texto Unico Ordenado ha sido aprobado mediante el Decreto Supremo N° 009-99-MTC; Que, mediante el Decreto Supremo N° 025-2007VIVIENDA se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones del Organismo de Formalizacion de la Propiedad Informal ­ COFOPRI como instrumento tecnico que formaliza la nueva Estructura Organica de la Entidad, conteniendo las funciones generales de esta y las especificas de cada uno de sus Organos y Unidades Organicas; Que, mediante Resolucion de Presidencia N° 0302004-COFOPRI/PC de fecha 09 de agosto de 2004, modificada por Resolucion de Presidencia N° 0442004-COFOPRI/PC de fecha 10 de diciembre de 2004 y Resolucion Directoral Nº 104-2007-COFOPRI/DE de fecha 06 de diciembre de 2007, se creo la Comision de Transparencia y Anticorrupcion de COFOPRI, facultada para intervenir, investigar, opinar y definir procedimientos

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