Norma Legal Oficial del día 25 de octubre del año 2008 (25/10/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES
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CONSIDERANDO:

El Peruano MORDAZA, sabado 25 de octubre de 2008

AG, el Decreto Supremo Nº 032-2003-AG, el Decreto Supremo Nº 008-2005-AG, la Resolucion Directoral Nº 342007-AG-SENASA-DSV y con el visto MORDAZA del Director General de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Establecer los requisitos fitosanitarios de necesario cumplimiento en la importacion de yemas de palto (Persea americana) de origen y procedencia Estados Unidos (Estado de California): 1. Que el envio cuente con el Permiso Fitosanitario de Importacion emitido por el SENASA, obtenido por el importador o interesado, previo a la certificacion y embarque en el MORDAZA de origen o procedencia. 2. El envio debera venir acompanado de un Certificado Fitosanitario oficial del MORDAZA de origen, en el cual se consigne: 2.1 Declaracion adicional: 2.1.1 El material proviene de un lugar de produccion libre de: Maconellicoccus hirsutus, Pseudomonas syringae pv syringae y Tegolophus perseaflorae 2.1.2 Producto libre de: Aonidiella aurantii, Ceroplastes ceriferus, Ceroplastes rubens y Paracoccus marginatus. 2.2 Tratamiento de desinfeccion por inmersion preembarque con Dimetoato 0.6 ­ 0.8 o/oo + Buprofezin 0.4 o/oo o cualquier otro producto de accion equivalente. 3. El envio debe venir en envases nuevos y de primer uso y libre de cualquier material extrano al producto aprobado. 4. Si el material importado viene con sustrato, este debera ser un medio libre de plagas, cuya condicion sera certificada por la ONPF del MORDAZA de origen y consignada en el Certificado Fitosanitario. 5. El importador debera contar con el Registro de Importadores, lugares de produccion y responsables tecnicos de material sujeto a cuarentena posentrada emitido por el SENASA. 6. Inspeccion fitosanitaria en el punto de ingreso al pais. 7. El Inspector del SENASA tomara una muestra del envio para ser remitida a la Unidad del Centro de Diagnostico de Sanidad Vegetal del SENASA. El costo del diagnostico sera asumido por el importador. 8. El MORDAZA de cuarentena posentrada tendra una duracion de veinticuatro (24) meses. En dicho lapso, el material instalado en el lugar de produccion sera sometido por parte del SENASA a dos (2) inspecciones obligatorias para el seguimiento de la cuarentena posentrada, y a una (1) inspeccion obligatoria final para el levantamiento de la cuarentena posentrada, de cuyos resultados se dispondra el destino final del producto. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA BARRENECHEA MORDAZA Director General Direccion de Sanidad Vegetal Servicio Nacional de Sanidad Agraria 268786-1

Que, de acuerdo con lo dispuesto por el Articulo 17º del Decreto Ley Nº 25902, Ley Organica del Ministerio de Agricultura, se creo el Servicio Nacional de Sanidad Agraria (SENASA) como encargado de desarrollar y promover la participacion de la actividad privada para la ejecucion de los planes y programas de prevencion, control y erradicacion de plagas y enfermedades que inciden con mayor significacion socioeconomica en la actividad agraria; siendo a su vez, el ente responsable de cautelar la seguridad sanitaria del agro nacional; Que, conforme con lo senalado por el Articulo 5º del Reglamento de Organizacion y Funciones del SENASA, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2005-AG, el SENASA tiene entre otras funciones y atribuciones, las de conducir y mantener el sistema de registro y actividades post-registro de insumos agropecuarios; Que, el Reglamento de Organizacion y Funciones del SENASA, establece que la Direccion de Insumos Agropecuarios e Inocuidad Agroalimentaria tiene a su cargo, entre otras a la Subdireccion de Insumos Agricolas; Que, por Decreto Supremo Nº 16-2000-AG, se aprueba el Reglamento para el Registro y Control de Plaguicidas Quimicos de Uso MORDAZA, disponiendo en su Articulo 53º que el SENASA publicara mensualmente la relacion de plaguicidas quimicos de uso MORDAZA registrados en el mes anterior; Que, la Tercera Disposicion Transitoria del Reglamento acotado menciona que en tanto no se disponga de reglamentacion especifica para el registro y control de productos biologicos se aplicaran las disposiciones referentes al registro de estos, contenidas en el Decreto Supremo Nº 15-95-AG; Que, el Articulo 12º del Reglamento sobre el Registro, Comercializacion y Control de Plaguicidas Agricolas y Sustancias Afines, aprobado con Decreto Supremo Nº 1595-AG, y actualmente aplicable solo para el registro de los productos biologicos formulados, senala que el SENASA publicara mensualmente la relacion de plaguicidas registrados en el mes anterior; Que, mediante Memorandum Nº 2419-2008-AGSENASA-DIAIA-SDIA de fecha 1 de octubre de 2008, la Subdireccion de Insumos Agricolas ha remitido el listado de plaguicidas quimicos de uso MORDAZA y de productos biologicos formulados registrados en el mes de septiembre de 2008; De conformidad con el Decreto Supremo Nº 16-2000 y modificatorias, el Decreto Supremo Nº 15-95-AG y modificatoria, el Decreto Supremo Nº 008-2005-AG y la Resolucion Jefatural Nº 044-2006-AG-SENASA; y con los vistos buenos del Director General de la Oficina de Asesoria Juridica y del Director de la Subdireccion de Insumos Agricolas; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la publicacion en el Diario Oficial El Peruano de los plaguicidas quimicos de uso MORDAZA registrados en el mes de septiembre de 2008, segun la siguiente relacion:
Nº de Registro PQUA 123-SENASA 124-SENASA Nombre comercial Dethomil 90 PS Connect 112.5 SC Ingrediente activo Metomil Clase MORDAZA de origen Titular del registro MORDAZA Peru S.A.C. Bayer S.A.

Insecticida China

Betacyflutrin + Insecticida Colombia Imidacloprid

Listas de plaguicidas quimicos de uso MORDAZA y de productos biologicos formulados registrados en el mes de setiembre de 2008
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 1635-2008-AG-SENASA-DIAIA La MORDAZA, 16 de octubre de 2008

Articulo 2º.- Disponer la publicacion en el Diario Oficial El Peruano de los productos biologicos formulados registrados en el mes de septiembre de 2008, segun la siguiente relacion:
Nº de Registro PBUA Nombre comercial Ingrediente activo Clase MORDAZA de origen de Peru de Titular del registro Comercial MORDAZA Industrial S.A.C.

151-SENASA Fithor

Auxinas + Giberelinas Regulador crecimiento plantas

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