Norma Legal Oficial del día 26 de octubre del año 2008 (26/10/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 26 de octubre de 2008

NORMAS LEGALES
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382225

Articulo 4º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion: www.produce. gob.pe.
Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero

debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) dias al termino del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:
Tarifa Total Viaticos Pasajes Numero viaticos aeropuerto por dia de dias US$ US$ US$ US$ ------------ 260.00 4+2 1,560.00 30.25

Nombres y Apellidos MORDAZA MORDAZA Nunez-Melgar Maguina

268083-11

RELACIONES EXTERIORES

Autorizan viaje de funcionario a Filipinas para participar en el II Foro Global sobre Migracion y Desarrollo
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1200-2008-RE
MORDAZA, 13 de octubre de 2008 CONSIDERANDO: Que, se ha recibido una invitacion de la Representacion Permanente de la Republica de Filipinas ante las Naciones Unidas para que funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores del Peru participen en el II Foro Global sobre Migracion y Desarrollo, a llevarse a cabo en la MORDAZA de Manila, Republica de Filipinas, del 27 al 30 de octubre de 2008; Que, el objetivo de dicha reunion, de caracter tecnico, es contribuir a la generacion de politicas publicas a traves del intercambio de ideas y experiencias en la perspectiva de la gobernabilidad migratoria y la proteccion de los derechos humanos de los migrantes; Que, dentro de la nueva politica consular y de proteccion a las comunidades peruanas en el exterior, uno de los aspectos fundamentales consiste en brindar un adecuado seguimiento a la problematica migratoria de nuestros connacionales; Teniendo en cuenta el Memorandum (DDP) N° DDP0181/2008, de la Direccion General de Derechos de los Peruanos en el Exterior, de 30 de septiembre de 2008; De conformidad con la Cuarta Disposicion Complementaria de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica; los articulos 185º inciso g) y 190º del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomatico de la Republica, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 130-2003-RE; en concordancia con el articulo 83º del Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; el inciso m) del articulo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Organica del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Ley Nº 27619, que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, su modificatoria la Ley Nº 28807, que establece que los viajes oficiales al exterior de servidores y funcionarios publicos se realicen en clase economica, su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y el numeral 8.2 del articulo 8º de la Ley Nº 29142, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar el viaje, en comision de servicios, del Ministro en el Servicio Diplomatico de la Republica MORDAZA MORDAZA Nunez-Melgar Maguina, Director General de Derechos de los Peruanos en el Exterior, de la Subsecretaria de Comunidades Peruanas en el Exterior, a la MORDAZA de Manila, Republica de Filipinas, del 27 al 30 de octubre de 2008, a fin que participe en el II Foro Global sobre Migracion y Desarrollo. Articulo Segundo.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion, seran cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 29673: Tramite, Defensa y Proteccion de los Ciudadanos Peruanos en el Exterior (Politica Consular),

Articulo Tercero.- El gasto por concepto de pasaje aereo, que irrogue el viaje del citado funcionario diplomatico, sera cubierto por la Organizacion Internacional para las Migraciones (OIM). Articulo Cuarto.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes al termino del referido foro, el mencionado funcionario diplomatico debera presentar ante el senor Ministro de Relaciones Exteriores, un informe de las acciones realizadas durante el viaje autorizado. Articulo Quinto.- La presente Resolucion no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores

264824-1

Delegan a la APCI la condicion de via de recepcion establecida en el D.S. Nº 0962007-EF que aprobo el Reglamento para la inafectacion del IGV, ISC y derechos arancelarios a las donaciones
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1233-2008-RE
21 de octubre de 2008 Que la Ley de Cooperacion Tecnica Internacional Decreto Legislativo Nº 719 ­ establece que la Cooperacion Tecnica Internacional es el medio por el cual el Peru recibe, transfiere, y/o intercambia recursos humanos, bienes, servicios, capitales y tecnologia de MORDAZA cooperantes externas cuyo objetivo es contribuir a los esfuerzos nacionales en materia de desarrollo; Que el Reglamento de la Ley de Cooperacion Tecnica Internacional, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-92PCM - establece en su articulo 6º que los recursos de Cooperacion Tecnica Internacional se ejecutan segun su contenido y finalidad, en las siguientes modalidades: a) asesoramiento, b) capacitacion, c) servicio de voluntarios, d) donaciones, e) fondos contravalor, y f) cooperacion tecnica entre paises en desarrollo; Que el articulo 10º del Reglamento de la Ley de Cooperacion Tecnica Internacional senala que la donacion es la transferencia a titulo gratuito de dinero, bienes o servicios a favor del Gobierno Central, Regional y/o Local, asi como a entidades e instituciones extranjeras de Cooperacion Tecnica Internacional y organizaciones no gubernamentales de desarrollo receptoras de Cooperacion Tecnica Internacional, destinada a complementar la realizacion de proyectos de desarrollo; Que, de acuerdo con su Ley de creacion ­ Ley Nº 27692 - la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional ­APCI ­ es el organismo publico descentralizado, adscrito al Sector Relaciones Exteriores que constituye el ente rector de la Cooperacion Tecnica Internacional, y tiene la responsabilidad de conducir, programar, organizar y supervisar la cooperacion internacional no reembolsable, en funcion de la politica nacional de desarrollo, en el MORDAZA de las disposiciones legales que regulan la Cooperacion Tecnica Internacional; Que, el articulo 4º de la Ley Nº 27692 senala como funcion de APCI, entre otras, la de conducir y actualizar el Registro de Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD) Nacionales receptoras de Cooperacion Tecnica Internacional, el Registro Nacional de Entidades e Instituciones Extranjeras de Cooperacion Tecnica Internacional (ENIEX), el Registro de Instituciones Privadas sin fines de Lucro Receptoras de Donaciones de Caracter

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