Norma Legal Oficial del día 26 de octubre del año 2008 (26/10/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, MORDAZA 26 de octubre de 2008

Asistencial o Educacional provenientes del Exterior (IPREDA) y el Registro de Donantes de la Cooperacion Internacional; Que, el articulo 21º de la Ley de creacion de APCI, establece la facultad sancionadora de dicha entidad en los casos en que las entidades que ejecutan o reciben recursos de la Cooperacion Tecnica Internacional presenten informacion falsa o adulterada para conseguir la inscripcion, renovacion o actualizacion de los registros, facilidades, exoneraciones, privilegios, devolucion de impuestos o cualquier otro beneficio; MORDAZA uso indebido de los recursos y donaciones de la Cooperacion Tecnica Internacional; o apliquen los mismos a fines distintos para los cuales fueron proporcionados; Que, el literal u) del articulo 4º de la Ley Nº 27692 establece que APCI tiene las funciones que se deriven de su naturaleza; Que, el articulo 43 º del Reglamento de Organizacion y Funciones de APCI, aprobado por D.S.Nº 028-2007-RE, establece que es funcion de la Subdireccion de Registros, conducir, actualizar y realizar los procesos derivados de la administracion de los Registros de Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo receptoras de cooperacion tecnica internacional (ONGD-Peru); de las Entidades e Instituciones Extranjeras de Cooperacion Tecnica Internacional (ENIEX); de las Instituciones Privadas sin fines de lucro receptoras de donaciones de caracter asistencial y educacional proveniente del exterior (IPREDA); asi como del Registro Nacional de Expertos y Voluntarios y el Registro de Constancias de Pedidos Nacionales; Que, el articulo 46º del Reglamento de Organizacion y Funciones de APCI senala que es funcion de la Subdireccion de Donaciones atender las solicitudes de inafectacion de los tributos aplicables a la importacion de los bienes donados destinados a entidades privadas, inscritas en la APCI, dentro del MORDAZA de los programas, proyectos o actividades de cooperacion internacional y de caracter asistencial; evaluar y proyectar las Resoluciones Ministeriales de las solicitudes de inafectacion de aranceles y de Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo a las donaciones destinadas a entidades privadas inscritas en la APCI; otorgar el certificado de conformidad del ingreso al MORDAZA de la ropa y calzado usado donado con fines sociales, destinados a entidades publicas y privadas; proporcionando a la Direccion de Fiscalizacion y Supervision los informes sobre su movimiento de ingreso al pais; coordinar con nuestras misiones diplomaticas y con las autoridades peruanas competentes para facilitar el ingreso de los bienes donados destinados a entidades privadas inscritas en la APCI, que traen consigo las Misiones Profesionales Humanitarias; realizar periodicamente, el diagnostico de ingreso al MORDAZA de bienes donados a entidades privadas inscritas en la APCI, asi como a las entidades publicas, independientemente de la naturaleza del bien; y coordinar con las entidades del sector publico sobre el contenido y difusion de la informacion a ser publicada en los Portales Web relativa a los requisitos, procesos, aceptacion o aprobacion para el ingreso al MORDAZA de mercancias en calidad de donaciones; Que, el articulo 3º del Decreto Supremo Nº 096-2007EF dispone que, para efectos de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo y la Ley General de Aduanas, el Ministerio de Relaciones Exteriores expedira la Resolucion Ministerial de aprobacion correspondiente a las donaciones efectuadas a favor de ENIEX, ONGD-PERU e IPREDA; Que, el articulo 4º del Decreto Supremo Nº 096-2007EF establece que para la expedicion de las resoluciones ministeriales de aprobacion de donaciones, los donatarios o los donantes, de ser el caso, deberan presentar, ante el Sector correspondiente, la documentacion que dicho articulo detalla; Que, sin embargo, segun su ley de creacion asi como su Reglamento de Organizacion y Funciones corresponde a la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional ­ APCI ­ atender las solicitudes de inafectacion de los tributos aplicables a la importacion de los bienes donados destinados a entidades privadas, inscritas en la APCI, dentro del MORDAZA de los programas, proyectos o actividades de cooperacion internacional y de caracter asistencial; y evaluar y proyectar las Resoluciones Ministeriales de las solicitudes de inafectacion de aranceles y de Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo a las donaciones destinadas a entidades privadas inscritas en la APCI, que son competencias inherentes a dicho organismo, sobre las cuales el Ministerio de Relaciones Exteriores no puede arrogarse ninguna competencia funcional; Que, el Articulo IV de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General - dispone que el procedimiento administrativo se sustenta fundamentalmente,

entre otros, en los principios de celeridad, eficacia y simplicidad; Que, en aplicacion de los principios MORDAZA enunciados y a fin de brindar celeridad, eficacia y simplicidad al procedimiento administrativo de aprobacion de las donaciones, se hace necesario que el Ministerio de Relaciones Exteriores delegue en APCI su condicion de via de recepcion establecida por el articulo 4º del Decreto Supremo Nº 096-2007-EF, de tal forma que la MORDAZA de la documentacion requerida para la expedicion de las resoluciones que aprueban las donaciones a favor de las ENIEX, ONGD-Peru e IPREDA se presente directamente ante dicho organismo publico, para que este efectue la evaluacion correspondiente, emita los informes tecnicos y legales y remita todo el expediente con el proyecto de resolucion ministerial, en concordancia con las funciones institucionales que le han sido atribuidas por la Ley de Cooperacion Tecnica Internacional y su Reglamento, con su Ley de Creacion y con su Reglamento de Organizacion y Funciones; Que, la Disposicion Complementaria y Final del MORDAZA mencionado Decreto Supremo Nº 096-2007-EF faculta a los Sectores correspondientes a dictar las normas que MORDAZA necesarias para la mejor aplicacion de lo establecido en dicho dispositivo; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 17º de la Ley Nº 27444 y tomando en cuenta la vigencia del Decreto Supremo Nº 096-2007-RE, resulta necesario salvaguardar los derechos de seguridad juridica a favor de los administrados que hasta la fecha han cumplido con presentar la documentacion requerida para el MORDAZA de aprobacion de donaciones ante la APCI, por lo que se requiere aprobar el presente acto administrativo con eficacia anticipada a la fecha de vigencia del citado dispositivo; De conformidad con la Ley Organica del Ministerio de Relaciones Exteriores ­ D.L.Nº 26112 -; la Ley de creacion de la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional ­ APCI ­ Ley Nº 27692; la Ley Organica del Poder Ejecutivo ­ Ley Nº 29158; Ley del Procedimiento Administrativo General ­ Ley Nº 27444, el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional aprobado por D.S.Nº 028-2007-RE; y el Reglamento para la inafectacion del IGV, ISC y derechos arancelarios a las donaciones aprobado por D.S.Nº 096-2007-EF; SE RESUELVE:

Articulo Primero.- Delegar en la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional ­ APCI ­ la condicion de via de recepcion establecida por el articulo 4º del Decreto Supremo Nº 096-2007-EF, de tal forma que la MORDAZA de la documentacion requerida para la expedicion de las resoluciones que aprueban las donaciones efectuadas a favor de las ONGD-Peru, las ENIEX y las IPREDA se realice directamente ante la APCI. Dentro del MORDAZA de sus competencias, APCI elaborara los informes tecnicos y legales sobre la pertinencia de la aprobacion de dichas donaciones y proyectara las resoluciones ministeriales, las mismas que seran remitidas al Ministro de Relaciones Exteriores para su correspondiente expedicion. Articulo Segundo.- La presente Resolucion Ministerial tendra eficacia anticipada a la entrada en vigencia del Decreto Supremo Nº 096-2007-RE. Articulo Tercero.- La Agencia Peruana de Cooperacion Internacional ­APCI - adecuara su Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA ­ a lo dispuesto por la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores

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SALUD
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RESOLUCION MINISTERIAL Nº 750-2008/MINSA MORDAZA, 20 de octubre del 2008

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