Norma Legal Oficial del día 26 de abril del año 2009 (26/04/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 26 de MORDAZA de 2009

NORMAS LEGALES

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Articulo 4º.- Incorporar al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA y su conyuge MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA, como MORDAZA titular del permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, de matricula CO17914-CM, asi como la presente Resolucion, al literal A) del Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 085-2007-PRODUCE, y excluir del literal C, del Anexo I, a la referida embarcacion. Articulo 5º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del litoral, y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion, cuya direccion es: www.produce.gob.pe Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 340534-4 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 255-2009-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 7 de MORDAZA del 2009 Visto el escrito con Registro Nº 000 19602-2009 de fecha 13 de marzo del 2009, solicitado por el senor MORDAZA MORDAZA EFFIO. CONSIDERANDO: Que el Articulo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0122001-PE, modificado por el Decreto Supremo Nº 015-2007PRODUCE, referente a la transferencia del permiso de pesca, establece que el permiso de pesca es indesligable de la embarcacion pesquera a la que corresponde. La transferencia de la propiedad o posesion de las embarcaciones de bandera nacional durante la vigencia del permiso de pesca, conlleva la transferencia de dicho permiso de pesca en los mismos terminos y condiciones en que se otorgaron. Solo realiza actividad extractiva el titular del permiso de pesca. Asimismo no procede la autorizacion de cambio de titular del permiso de pesca, en caso de verificarse que los transferentes de la embarcacion pesquera cuenten con sanciones de multa que no han sido cumplidas, impuestas mediante actos administrativos firmes o que hayan agotado la via administrativa o confirmadas con sentencia judiciales que hayan adquirido la calidad de cosa juzgada; Que el Articulo 9º del Decreto Supremo Nº 003-98-PE, modificado por el Articulo 1º del Decreto Supremo Nº 0042007-PRODUCE, establece que la transferencia del permiso de pesca de embarcaciones bajo el regimen de la Ley Nº 26920, se efectuara conforme a las disposiciones contenidas en el Articulo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca; Que en el MORDAZA de la Ley Nº 26920, mediante Resolucion Directoral Nº 001-2001-PE/DNE, de fecha 2 de enero del 2001, se otorgo permiso de pesca a plazo determinado a los armadores MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA y MORDAZA MORDAZA UCHUFEN, para operar la embarcacion pesquera construida de MORDAZA denominada "MI MORDAZA 4" con matricula Nº CE-18658CM, de 103.20 m3 de capacidad de bodega, con hielo en MORDAZA como medio de preservacion a bordo, equipada con redes de cerco de ½ pulgada (13 mm) y 1 ½ pulgadas (38 mm), de longitud minima de abertura de malla, segun corresponda, para la extraccion de los recursos anchoveta, sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo e indirecto, en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas marinas de la costa; Que los Articulos 1º y 2º del Decreto Supremo Nº 0012002-PRODUCE, de fecha 5 de septiembre del 2002, establecen respectivamente, que los recursos sardina (Sardinops sagax sagax); jurel (Trachurus picturatus murphy) y caballa (Scomber japonicus peruanus) seran destinados al consumo humano directo y que los armadores de las embarcaciones pesqueras con permiso de pesca indistintamente para los recursos sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo y/o indirecto solo podran desarrollar actividades extractivas de los recursos en mencion, en el MORDAZA del Regimen de Abastecimiento Permanente a la Industria Conservera, Congeladora y de

Curados aprobado por Resolucion Ministerial Nº 150-2001PE, debiendo para cuyo efecto adecuarse a las disposiciones contenidas en la citada Resolucion; Que a traves del escrito del visto, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA solicita el cambio de titular del permiso de pesca, para operar la embarcacion pesquera de MORDAZA "MI MORDAZA 4" de matricula Nº CE-18658-CM, en virtud al certificado compendioso de dominio de fecha 4 de marzo del 2009 expedido por la SUNARP- MORDAZA Registral Nº VIISede MORDAZA, el cual consigna el dominio a nombre del mencionado armador; Que de la evaluacion efectuada a los documentos que obran en el expediente, se determina que el administrado, ha cumplido con todos los requisitos establecidos en el Procedimiento Nº 6 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos MORDAZA del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE y demas normas modificatorias, por lo que resulta procedente atender lo solicitado; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante el Informe Nº 301 -2009PRODUCE/DGEPP-Dchi de fecha 26 de marzo del 2009 y con la opinion favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25977-Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, la Ley Nº 26920 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-98-PE y demas normas modificatorias y el Decreto Supremo Nº 004-2007-PRODUCE y el cumplimiento de los requisitos del procedimiento Nº 6 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003PRODUCE y demas normas modificatorias; y, En uso de las facultades conferidas en el Articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar a favor del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, el cambio de titular del permiso de pesca, para operar la embarcacion pesquera de MORDAZA "MI MORDAZA 4" de matricula Nº CE-18658-CM con 103.20 m3 de capacidad de bodega, en los mismos terminos y condiciones con los que fue otorgado mediante Resolucion Directoral Nº 001-2001-PE/DNE. Articulo 2º.- El permiso de pesca a que se refiere el articulo 1º de la presente Resolucion, debera ser ejercido conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 0012002-PRODUCE, que establece que los recursos sardina, jurel y caballa seran destinados al consumo humano directo o las normas que lo modifiquen o sustituyan, y a las sanciones previstas por su incumplimiento establecidas en el Decreto Supremo Nº 016-2007-PRODUCE. En este supuesto la embarcacion pesquera debera contar a bordo con hielo en MORDAZA, como medio de preservacion, cuya implementacion es obligatoria. Articulo 3º.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca que fue otorgado a favor de los armadores MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA y MORDAZA MORDAZA UCHUFEN, a traves de la Resolucion Directoral Nº 0012001-PE/DNE, para operar la embarcacion pesquera denominada "MI MORDAZA 4" de matricula Nº CE-18658-CM. Articulo 4º.- Incorporar al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA como titular del permiso de pesca otorgado para operar la embarcacion pesquera "MI MORDAZA 4" de matricula Nº CE-18658-CM, asimismo consignar la presente Resolucion en el Anexo I, literal B) de la Resolucion Ministerial Nº 085-2007-PRODUCE. Articulo 5º.- Transcribir la presente Resolucion a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral y consignarse en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion: www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 340534-5

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