Norma Legal Oficial del día 26 de abril del año 2009 (26/04/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 26 de MORDAZA de 2009

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE ANCON
Regulan simplificacion de procedimiento para expedicion de constancias de posesion a pobladores que se encuentren en los alcances de la Ley N° 28687 y del D.S. N° 017-2006-VIVIENDA
ORDENANZA Nº 172-MDA Ancon, 22 de enero de 2009 VISTO: En la Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha, el pleno ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE REGULA LA SIMPLIFICACION DEL PROCEDIMIENTO PARA LA EXPEDICION DE CONSTANCIAS DE POSESION PARA LOS POBLADORES QUE SE ENCUENTREN DENTRO DEL ALCANCE DE LA LEY DE DESARROLLO Y COMPLEMENTARIA DE FORMALIZACION DE LA PROPIEDAD INFORMAL, ACCESO AL SUELO Y DOTACION DE LOS SERVICIOS BASICOS Y SU REGLAMENTO DE LOS TITULOS II Y III Articulo 1º.- Otorgar Constancias de Posesion por unica vez y exclusivamente solo para pobladores que se encuentren comprendidos dentro de los alcances de la Ley Nº 28687 y del Decreto Supremo Nº 017-2006-Vivienda. Articulo 2º.- El derecho de pago para la expedicion de la MORDAZA de posesion sera de S/. 25.00 ( veinticinco Nuevos Soles y 00/100 ) y deberan cumplir con los siguientes requisitos: · Solicitud dirigida al MORDAZA · MORDAZA de DNI · Documento que acredite los servicios de factibilidad de SEDAPAL, EDELNOR u otra Empresa prestadora de Servicios Basicos. · Plano simple de ubicacion. · Acta de verificacion de posesion efectiva del predio emitido por un funcionario de la Municipalidad Distrital correspondiente y suscrita por todos los colindantes del predio o acta policial de posesion suscrita por todos los colindantes de dicho predio. Articulo 3º.- El plazo de vigencia de la presente ordenanza es de un ano facultandose al despacho de Alcaldia disponer la prorroga del plazo de vigencia mediante Decreto de Alcaldia, asi como dictar las disposiciones reglamentarias necesarias para su eficaz cumplimiento. Articulo 4º.- Son causales para denegar el otorgamiento del certificado o MORDAZA de Posesion, el que los inmuebles esten ubicados en areas de zonificacion para usos de equipamiento educativo, reservados para defensa nacional, en las zonas arqueologicas o que constituyen patrimonio cultural de nacion, en areas naturales protegidas o zonas reservadas asi como aquellas calificadas por el Instituto Nacional de Defensa Civil como MORDAZA de riesgo. Articulo 5º.- Esta comuna MORDAZA otorgara las constancias de posesion, exclusivamente para los fines a que se refiere la presente MORDAZA, teniendo en cuenta que ello no constituye reconocimiento alguno que afecte el derecho de propiedad de su titular. La MORDAZA de Posesion tendra vigencia hasta la efectiva instalacion de los servicios basicos. Articulo 6º.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Transporte y a la Gerencia Municipal. Articulo 7º.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Transporte que remita MORDAZA certificada de cada MORDAZA de Posesion que emita a la Oficina de Secretaria General e Imagen Institucional para su archivo correspondiente.

Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 340609-1

MUNICIPALIDAD DE ATE
Aprueban dictamen que recomienda conceder predio en cesion de uso a favor de asociacion
ACUERDO DE CONCEJO Nº 020 Ate, 16 de MORDAZA del 2009 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 16 de MORDAZA del 2009, el Dictamen Nº 009-2009-MDA/CDUyOP de la Comision de Desarrollo MORDAZA y Obras Publicas; y, CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia conforme al Art. 194º de la Constitucion Politica del Estado, la cual radica en la facultad de ejercer actos de Gobierno y de administracion con sujecion al ordenamiento juridico. Que, el Art. 41º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, establece que los Acuerdos son decisiones que toma el Concejo, referidas a asuntos especificos de interes publico, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del organo de Gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o MORDAZA institucional. Que, mediante el Expediente Nº 25512-2007, la Asociacion Promotora de Parroquias y Afines - APPA, representada por el Padre MORDAZA Len MORDAZA, solicita a la Municipalidad Distrital de Ate, la Cesion en Uso del Lote de terreno Nº 13 de la Manzana "K" de la Urbanizacion Mayorazgo IV Etapa, ubicado con frente a la MORDAZA MORDAZA, el mismo que cuenta con una area de 1,869.62 m², para la edificacion de una Capilla donde se lleve a cabo Oficios Religiosos en beneficio de la Comunidad de la IV Etapa de la Urbanizacion Mayorazgo. Que, de acuerdo a los Titulos de Dominio inscritos en la Partida Registral Nº 11163929, se realiza la independizacion que otorga la Constructora Mayorazgo S.A., a favor de la Municipalidad Distrital de Ate, en calidad de Aporte Reglamentario de conformidad con lo establecido en el Art. II-IV-3.7 del Reglamento Nacional de Edificaciones y Resolucion Nº 130-92-MLM/SMDU/DMDU, emitida por La Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, concluyendo que el inmueble se encuentra inscrito en los Registros Publicos de MORDAZA, como aporte reglamentario (servicios complementarios), para atender las necesidades educativas, de salubridad, religiosas y sociales, en virtud de lo cual corresponde al Concejo Municipal emitir el acuerdo correspondiente. Que, mediante informe Nº 916-07-AC-SGPUCGDU/MDA, el area de Catastro de la Sub Gerencia de Planificacion MORDAZA y Catastro, hace presente que la Urbanizacion Mayorazgo IV Etapa, cuenta con Habilitacion MORDAZA aprobada mediante Resolucion Nº 130-92-MLM/ SMDU/DMDU, asimismo en dicha Resolucion se define el lote 13 de la Manzana "K" para uso de Otros Fines. Que, mediante Informe Nº 1290-07-OGAJ/MDA la Oficina General de Asesoria Juridica, opina que siendo factible de manera Tecnica Legal, la utilizacion de dicho inmueble, el mismo que se encuentra debidamente inscrito a favor de la Municipalidad Distrital de Ate, como Aporte Reglamentario (Servicios Complementarios) inscrito como Aporte siendo un Bien Municipal, corresponde al Concejo Municipal estimar o desestimar la Cesion en Uso a favor de la Institucion Religiosa, para los fines senalados fijando un plazo de acuerdo a Ley. Que, mediante Exp. Nº 25015-2008, la Asociacion de Propietarios y Residentes de la MORDAZA Cultural y Arqueologica de Mayorazgo IV Etapa, Ate, solicitan a la Municipalidad

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