Norma Legal Oficial del día 26 de abril del año 2009 (26/04/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 26 de MORDAZA de 2009

c) S/. 150 000 000,00 (CIENTO CINCUENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES) a cargo de la Autoridad Portuaria Nacional, los cuales seran transferidos financieramente al Gobierno Regional de la Provincia Constitucional del Callao mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Transportes y Comunicaciones. d) S/. 219 574 273,00 (DOSCIENTOS DIECINUEVE MILLONES QUINIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS SETENTA Y TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES) a cargo del Gobierno Nacional, de los cuales S/. 60 000 000,00 (SESENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES) han sido aprobados al Gobierno Regional de la Provincia Constitucional del Callao en la Ley N° 29289, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2009. 2.2 El saldo respecto del aporte del Gobierno Nacional senalado en el inciso d) del numeral precedente, ascendente a la suma de S/. 159 574 273,00 (CIENTO CINCUENTA Y NUEVE MILLONES QUINIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS SETENTA Y TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES), sera asignado al Gobierno Regional de la Provincia Constitucional del Callao una vez agotados los recursos establecidos en los literales a), b) y c) de ese mismo numeral, asi como los recursos aprobados al referido Gobierno Regional en la Ley N° 29289, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2009. Articulo 3º.- Procedimiento para la ejecucion del Proyecto de Inversion Publica "Mejoramiento de la Avenida MORDAZA Gambetta ­ Callao" a) El Gobierno Regional del Callao podra utilizar como modalidad de ejecucion contractual el Concurso ­ Oferta bajo el sistema a Suma Alzada. b) En caso de utilizar la mencionada modalidad de ejecucion contractual, se podra realizar aprobaciones parciales por tramos o sectores del Expediente Tecnico, en aquellos casos en los que resulte tecnicamente viable, se encuentre aprobada por la Supervision del Proyecto y se cuente con la conformidad expresa del area tecnica del Gobierno Regional del Callao, quedando facultado el citado Gobierno Regional a disponer la ejecucion de aquellos tramos o sectores aprobados. c) El numero MORDAZA de tramos o sectores a ejecutar en forma simultanea sera de dos (2) tramos o sectores y la consistencia del conjunto de aprobaciones parciales por tramos o sectores del Expediente Tecnico, asi como la ejecucion de la obra, contaran con un Supervisor, conforme a lo dispuesto en el articulo 190° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. d) En todo lo no regulado en el presente Decreto de Urgencia sera de aplicacion supletoria lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1017, que aprueba la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 184-2008-EF y modificatoria. Articulo 4°.- Aplicacion de las medidas establecidas en el Decreto de Urgencia N° 017-2009 Establezcase que al Proyecto de Inversion Publica "Mejoramiento de la Avenida MORDAZA Gambetta ­ Callao" le es aplicable las disposiciones contenidas en el articulo 2° del Decreto de Urgencia N° 017-2009. Articulo 5°.- De la ejecucion de los recursos previstos para el financiamiento La ejecucion de los recursos a que se refiere el articulo 2° del presente Decreto de Urgencia, esta sujeta a la declaratoria de viabilidad del Proyecto de Inversion Publica "Mejoramiento de la Avenida MORDAZA Gambetta ­ Callao", conforme a la normatividad del Sistema Nacional de Inversion Publica. Articulo 6°.- Disposicion Derogatoria Deroganse o dejanse en suspenso, segun sea el caso, las disposiciones que se opongan a lo establecido por el presente Decreto de Urgencia, o limiten su aplicacion. Articulo 7°.- Refrendo El presente Decreto de Urgencia sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economia y Finanzas.

Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veinticinco dias del mes de MORDAZA del ano dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica YEHUDE MORDAZA MUNARO Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas 341097-1

DECRETO DE URGENCIA N 053-2009 DICTAN MEDIDAS URGENTES SOBRE LA ADMINISTRACION DEL FONDO DE APOYO GERENCIAL AL SECTOR PUBLICO Y OTRAS DISPOSICIONES
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, por Decreto Ley Nº 25650 y modificatorias se creo el Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Publico, destinado a compensar adecuadamente el asesoramiento calificado que se brinde a las diferentes reparticiones del Estado; Que, mediante Resolucion Ministerial N° 318-92-EF/10, el Ministerio de Economia y Finanzas y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo-PNUD suscribieron una Carta-Convenio que tiene por objeto facilitar la administracion del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Publico; la cual fue modificada mediante Resolucion Suprema Nº 010-2003-EF, cuya vigencia ha sido prorrogada hasta el 31 de diciembre del 2011, a traves de la Resolucion Suprema Nº 101-2008-EF; Que, para la ejecucion durante el ano 2009 de las actividades de la mencionada Carta-Convenio, el Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Publico tendria que implementar las nuevas condiciones contractuales planteadas por el MORDAZA Manual de Gestion de Proyectos de Ejecucion Nacional del PNUD, las cuales en la actualidad no pueden ser atendidas debido a que generan costos adicionales a los programados en el Presupuesto del Sector Publico, y ademas no cuentan con el MORDAZA legal necesario para su aplicacion; Que, es prioridad del Gobierno que las entidades del Sector Publico cuenten con profesionales altamente calificados que contribuyan al cumplimiento de sus funciones, en un contexto de impulso de las acciones del Estado a traves del Plan de Estimulo a la Economia, asi como maximizar los recursos del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Publico con el objetivo de lograr mejor apoyo profesional a las entidades del Sector Publico; Que, es de interes nacional dictar medidas de caracter economico y financiero destinadas a mantener la continuidad de las acciones a cargo del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Publico, y maximizar sus recursos sin afectar el equilibrio presupuestario, considerando la necesidad inmediata de una gestion institucional eficiente; toda vez que su inoperatividad afectara el normal desarrollo de las entidades que cuentan con profesionales contratados a traves del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Publico, lo que ulteriormente conllevara a mayores gastos publicos para restablecer los servicios interrumpidos; En uso de la facultad conferida por el inciso 19) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; y, Con cargo de dar cuenta al Congreso de la Republica; DECRETA: Articulo 1º.- Modificacion del Decreto Ley N° 25650 Modifiquese el MORDAZA parrafo del articulo 1º y el articulo 3º del Decreto Ley N° 25650, en los siguientes terminos:

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