Norma Legal Oficial del día 26 de abril del año 2009 (26/04/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 26 de MORDAZA de 2009

NORMAS LEGALES

395053

Articulo 3º.- La presente Resolucion Directoral entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General Direccion General de Transporte Terrestre 338034-1

Autorizan a la Asociacion Nacional de Transporte Terrestre de Carga para funcionar como Escuela de Conductores Profesionales Especializados y disponen su inscripcion en el Registro Nacional de Escuelas de Conductores
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 1390-2009-MTC/15 MORDAZA, 31 de marzo de 2009 VISTOS: El Parte Diario Nº 143492; Expedientes Nº 20090001689 y Nº 2009-0003215; y los Partes Diarios Nº 027863 y Nº 032279 de fechas 16 de diciembre de 2008, 21 de enero de 2009, 05 de febrero de 2009, 04 de marzo de 2009 y 13 de marzo de 2009 respectivamente presentados por la ASOCIACION NACIONAL DEL TRANSPORTE TERRESTRE DE CARGA - ANATEC, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Parte Diario Nº 143492 de fecha 16.12.2008, la ASOCIACION NACIONAL DEL TRANSPORTE TERRESTRE DE CARGA - ANATEC, solicita autorizacion para que sea autorizada como Escuela de Conductores Profesionales Especializados, para impartir los conocimientos teoricos - practicos y las destrezas y habilidades requeridas para conducir vehiculos motorizados de transporte terrestre, asi como la formacion orientada hacia la conduccion responsable y MORDAZA, a los postulantes a una licencia de conducir de la Clase A Categoria III, actividades que propone realizar en los locales ubicados en la Avenida MORDAZA Nº 330 oficinas 901 y 902, Cercado de MORDAZA (Oficinas administrativas y aulas de ensenanza) y en Avenida Oquendo Nº 8680, Urbanizacion Industrial Oquendo, Callao (Circuito de practicas de manejo); Que, mediante Oficio Nº 005-2009-MTC/15 de fecha 07.01.09 se comunico a la ASOCIACION NACIONAL DEL TRANSPORTE TERRESTRE DE CARGA - ANATEC las observaciones formuladas a su solicitud sobre autorizacion como Escuela de Conductores Profesionales Especializados, otorgandosele un plazo de tres (03) dias habiles a fin de que las subsane; Que, con Expedientes Nº 2009-0001689 y Nº 20090003215 y Partes Diarios Nº 027863 y Nº 032279 de fechas 21.01.09, 05.02.09, 04.03.09 y 13.03.09 la ASOCIACION NACIONAL DEL TRANSPORTE TERRESTRE DE CARGA - ANATEC subsana las observaciones formuladas a su solicitud sobre autorizacion de Escuela de Conductores que le fueran notificadas mediante el oficio senalado en el considerando precedente; Que, el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir de Vehiculos automotores y no motorizados de transporte terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008MTC, en adelante el Reglamento, establece, en su articulo 51º los requisitos para solicitar una autorizacion como Escuela de Conductores; Que, con respecto a las personas de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Santibanez y MORDAZA MORDAZA Tasayco de la MORDAZA, propuestos como Instructores Teoricos de MORDAZA, estos no pueden ser considerados como personal docente de la solicitante, pues se trata de personal que se encuentra laborando para la Policia Nacional del Peru, situacion que constituye un impedimento para acceder a la condicion de Escuela de Conductores de conformidad con lo establecido por el articulo 44º del Reglamento;

Que, con Informe Nº 249-2009-MTC/15.03 de fecha 18.03.09, la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, concluye que la ASOCIACION NACIONAL DEL TRANSPORTE TERRESTRE DE CARGA - ANATEC ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el Reglamento, por lo que procede emitir el acto administrativo correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC - Reglamento Nacional de Licencias de Conducir de Vehiculos automotores y no motorizados de transporte terrestre, la Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General y la Ley Nº 27791 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizase a la ASOCIACION NACIONAL DEL TRANSPORTE TERRESTRE DE CARGA - ANATEC, para funcionar como Escuela de Conductores Profesionales Especializados, con el objetivo de impartir los conocimientos teoricos - practicos y las destrezas y habilidades requeridas para conducir vehiculos motorizados de transporte terrestre, asi como la formacion orientada hacia la conduccion responsable y MORDAZA, a los postulantes para obtener una licencia de conducir de la Clase A Categoria III; en consecuencia, procedase a su inscripcion en el Registro Nacional de Escuelas de Conductores, en los siguientes terminos: Denominacion de la Escuela : ASOCIACION NACIONAL DEL TRANSPORTE TERRESTRE DE CARGA - ANATEC Clase de Escuela : Escuela de Conductores Profesionales Especializados. Ubicacion del Establecimiento : Avenida MORDAZA Nº 330 Cercado de MORDAZA (oficinas administrativas y aulas de ensenanza) y Avenida Oquendo Nº 8680, Urbanizacion Industrial Oquendo, Callao (circuito de practicas de manejo) Plazo de Autorizacion : Cinco (5) anos, computados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion Directoral en el Diario Oficial El Peruano. Flota Vehicular
N 1 2 3 MORDAZA Kenworth MORDAZA Tata Modelo W-924 SRV-40-3 CITYBUS LPO 13 16/55 FH12 4X2 Clase Remolcador Semirremolque Omnibus Nº Chasis 113917 SRV-403049 MAT38906522L00010 Nº de Motor 10716832 ---10G62196659 Ano Fab. 1969 1994 2002 Placa YG-6127 ZG-6936 VG-7732

4

Volvo

Camion

YV2A4B2A6SB129531

D12007057

1995

XO-7441

Horario de Atencion: Lunes a MORDAZA de 7:00 AM a 8:00 PM Cursos que se dictaran: CURSOS GENERALES: a) Ensenanza de las normas del Reglamento Nacional de Transito. b) Tecnicas de conduccion a la defensiva, lo que incluye las habilidades y destrezas necesarias para la conduccion de un vehiculo correspondiente a la licencia de conducir por la que va a optar el postulante, considerando las distintas condiciones en la que debe operar, tales como clima, MORDAZA de MORDAZA, geografia, entre otros aspectos. c) Funcionamiento y mantenimiento del vehiculo motorizado que corresponda a la respectiva clasificacion de licencia de conducir. d) Sensibilizacion sobre accidentes de MORDAZA, que debe de incluir la informacion estadistica sobre accidentalidad, los danos que estos ocasionan y la forma de prevenirlos asi como la proyeccion filmica o documental de casos sobre accidentes de MORDAZA y sus secuelas. e) Primeros auxilios y protocolo de actuacion en casos de accidente de transito.

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