Norma Legal Oficial del día 21 de diciembre del año 2009 (21/12/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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RESUELVE:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 21 de diciembre de 2009

Articulo Unico.- Aprobar en los terminos propuestos, el cambio de denominacion social de la compania Mapfre Peru MORDAZA Compania de Seguros por la de Mapfre Peru MORDAZA Compania de Seguros y Reaseguros; asi como aprobar la ampliacion de su objeto social, a fin que la aseguradora pueda realizar operaciones de reaseguros; cuyos documentos pertinentes quedan archivados en este Organismo; y, devuelvase la Minuta que lo formaliza con el sello oficial de esta Superintendencia, para su elevacion a Escritura Publica en la que se insertara el texto de la presente Resolucion, para su correspondiente inscripcion en el Registro Publico. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA TAM FOX Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 436810-1

dia anterior al de la entrada en vigencia de la presente MORDAZA, y que se encuentren pendientes de pago, seran dejadas sin efecto. No se encuentran comprendidas las multas correspondientes al ultimo ano de afectacion. Segunda.- Los multas tributarias que hubieran sido canceladas MORDAZA de la entrada en vigencia de la presente Ordenanza, no constituyen pagos indebidos, y en consecuencia, no seran objeto de compensacion o devolucion. Tercera.- Facultese al Servicio de Administracion Tributaria a dictar las medidas necesarias para la aplicacion de la presente Ordenanza. POR TANTO Mando se registre, comunique y cumpla. En MORDAZA a los 14 DIC 2009. MORDAZA MORDAZA LOSSIO MORDAZA de MORDAZA 437623-1

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Establecen disposiciones en materia de multas tributarias por la omision a la MORDAZA de la declaracion jurada
ORDENANZA Nº 1319 EL MORDAZA METROPOLITANO DE LIMA; POR CUANTO; EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA; Visto en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 10 de diciembre del 2009, los Dictamenes Nºs. 310-2009MML-CMAEO, de la Comision Metropolitana de Asuntos Economicos y Organizacion; y 151-2009-MML-CMAL, de la Comision Metropolitana de Asuntos Legales. Ha dado la siguiente: ORDENANZA ESTABLECEN DISPOSICIONES EN MATERIA DE MULTAS TRIBUTARIAS POR LA OMISION A LA MORDAZA DE LA DECLARACION JURADA Articulo 1.- Aplicacion de sanciones por omision Ante la deteccion de la infraccion tipificada en el numeral 1) del articulo 176º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, referida al Impuesto Predial e Impuesto al Patrimonio Vehicular, la Administracion Tributaria unicamente emitira la multa correspondiente al ultimo ano de afectacion del impuesto al que se encuentren vinculadas. Articulo 2.- Alcances de la MORDAZA sobre gradualidad Es de aplicacion a la presente MORDAZA, la Ordenanza Nº 798, que establece disposiciones para la gradualidad de las multas tributarias. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Las multas por la infraccion contenida en el numeral 1) del articulo 176º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario correspondientes al Impuesto Predial y al Impuesto al Patrimonio Vehicular, generadas hasta el

Establecen medidas para el cumplimiento de obligaciones tributarias en el Cercado de MORDAZA
ORDENANZA Nº 1320 EL MORDAZA METROPOLITANO DE LIMA; POR CUANTO; EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA; Visto en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 10 de diciembre del 2009, el Dictamen Nº 312-2009-MMLCMAEO, de la Comision Metropolitana de Asuntos Economicos y Organizacion; y 152-2009-MML-CMAL, de la Comision Metropolitana de Asuntos Legales. Ha dado la siguiente: ORDENANZA ESTABLECEN MEDIDAS PARA EL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS EN EL CERCADO DE MORDAZA Articulo 1º.- FINALIDAD La presente Ordenanza tiene como objetivo establecer medidas que permitan al contribuyente del Cercado de MORDAZA, cumplir con su obligacion tributaria por deudas del Impuesto Predial, administradas por el Servicio de Administracion Tributaria, SAT. Articulo 2º.- OBLIGACION COMPRENDIDA La deuda tributaria por concepto de Impuesto Predial, sera la generada hasta el 31 de diciembre de 2008, y que con las multas tributarias, a la fecha de entrada en vigencia de la presente MORDAZA, el insoluto sea igual o mayor a cuarenta (40) Unidades Impositivas Tributarias. Articulo 3º.- FORMAS DE CUMPLIMIENTO La totalidad de la deuda comprendida en el articulo anterior podra ser pagada o fraccionada, segun los criterios que se citan a continuacion: 1. Al contado, en cuyo caso se condonara el 100% de los intereses y otros conceptos asociados a la deuda, tales como multas, reajustes, costas y derechos de emision. 2. En forma fraccionada, en cuyo caso se condonara el 80% de los intereses y otros conceptos asociados a la deuda detallados en el numeral anterior; asimismo, el numero MORDAZA de cuotas en la que podra fraccionarse la deuda sera de 13 cuotas, siendo la primera cuota igual o mayor al 30% de la deuda, y no requiriendose la entrega de garantias.

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