Norma Legal Oficial del día 24 de diciembre del año 2009 (24/12/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 24 de diciembre de 2009

Articulo 7º.- Vigencia La presente MORDAZA entra en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, con excepcion de su articulo 6º que entra en vigencia el 2 de enero del ano 2010. Articulo 8º.- Refrendo El presente Decreto de Urgencia sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por la Ministra de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintitres dias del mes de diciembre del ano dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA QUESQUEN Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA ARAOZ MORDAZA Ministra de Economia y Finanzas 439476-2

DECRETO DE URGENCIA N° 119-2009 MODIFICAN ARTICULOS DE LAS LEYES N°s. 29332 Y 29465 Y DICTAN MEDIDAS EXTRAORDINARIAS PARA EL FINANCIAMIENTO DE LA CONTINUIDAD DE LAS INVERSIONES DURANTE EL ANO FISCAL 2010
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el criterio de la reduccion de los indices de desnutricion cronica infantil a nivel nacional establecido en el objeto del Programa de Modernizacion Municipal creado por la Ley N° 29465, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2010, no esta relacionado al objeto de dicho Programa sino al objeto del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestion Municipal creado por la Ley N° 29332, por lo que es indispensable modificar las citadas Leyes, a fin de incluir dicho criterio donde corresponde; modificaciones que permitiran, a su vez, que se destinen mayores recursos en el Ano Fiscal 2010 a la reduccion de la desnutricion cronica infantil, que constituye un fin de caracter prioritario y nacional; Que, asimismo, el articulo 5° de la Ley N° 29332 establece que los Gobiernos Locales que destinen mas del 50% del Fondo de Compensacion Municipal (FONCOMUN) a la adquisicion de activos no financieros reciben un incentivo adicional; sin embargo dicho otorgamiento no corresponde al cumplimiento del objeto del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestion Municipal, dado que propicia el gasto en proyectos de inversion publica y adquisicion de equipamiento y no a mejorar la operatividad de las Municipalidades, en este sentido, resulta necesario establecer que los recursos que se asignen al citado Plan de Incentivos se destinan exclusivamente a los fines desarrollados en la Ley N° 29332 y su reglamento; Que, en consecuencia, resulta necesario dictar medidas extraordinarias y urgentes de caracter economico y financiero destinadas al cumplimiento del objetivo de la politica nacional consistente en la reduccion significativa de la desnutricion cronica infantil a nivel nacional en menores de 5 anos, a traves de la contribucion que realicen los Gobiernos Locales en el MORDAZA del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestion Municipal creado por la Ley N° 29332 y del fortalecimiento del Programa Estrategico Articulado Nutricional entre otros, priorizandose en los municipios con mayor indice de desnutricion infantil; Que, de no aprobarse esta medida se estima que mas de 65 000 ninos menores de 5 anos padeceran de desnutricion cronica infantil, lo cual generara un impacto economico negativo debido a que el Estado debera destinar mayores recursos para la atencion de las

necesidades de esta poblacion con desnutricion cronica, que MORDAZA seriamente disminuidas sus potencialidades y su capacidad para contribuir en el crecimiento y fortalecimiento de la economia nacional, lo que tambien tendra un impacto negativo sobre el Producto MORDAZA Interno; Que, con el objeto de complementar el financiamiento para la continuidad de inversiones regulada en la Vigesima Disposicion Final de la Ley N° 29465, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2010, es necesario establecer que el saldo no asignado al 31 de diciembre de 2009 de los recursos del inciso 1.1 del articulo 1° del Decreto de Urgencia N° 016-2009 asi como los saldos disponibles por la aplicacion de lo dispuesto en el articulo 2° del Decreto de Urgencia Nº 021-2009 y en el Decreto Supremo N° 083-2009-EF, y el proveniente de la Setima Disposicion Complementaria de la Ley Nº 29291, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para el ano Fiscal 2009, y modificatorias, MORDAZA destinados al financiamiento de la continuidad de proyectos de inversion publica dispuesta por la referida Vigesima Disposicion Final de la Ley N° 29465; Que, en este sentido, tambien resulta urgente y necesario dictar medidas con el fin de asegurar el financiamiento oportuno para la continuidad de los proyectos de inversion publica que se encuentren en ejecucion o para aquellos que hayan iniciado procesos de seleccion debidamente registrados durante el ano fiscal 2009, a efectos de evitar la paralizacion de la ejecucion de dichos proyectos y la prestacion de servicios basicos; En uso de las facultades conferidas por el numeral 19) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; y, Con cargo de dar cuenta al Congreso de la Republica; DECRETA: Articulo 1º.- Modificacion de los articulos 1° y 5° de la Ley N° 29332, Ley que Crea el Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestion Municipal. Modifiquese el numeral 1.1 del articulo 1° y el articulo 5° de la Ley N° 29332, Ley que Crea el Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestion Municipal, conforme a lo siguiente: "Articulo 1°.- Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestion Municipal 1.1 Crease el Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestion Municipal, en adelante el Plan, el cual tiene por objeto incentivar a los gobiernos locales a mejorar los niveles de recaudacion de los tributos municipales, la ejecucion del gasto en inversion y la reduccion de los indices de desnutricion cronica infantil a nivel nacional." "Articulo 5°.- Utilizacion de los recursos del Plan de Incentivos Los recursos que se asignen al Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestion Municipal se destinan exclusivamente al cumplimiento de los fines y objetivos del referido Plan, conforme lo dispone la presente Ley y su reglamento, a que hace referencia el numeral 1.3 del articulo 1° de la presente norma." Articulo 2º.- Modificacion del inciso a) del numeral 1.4 del articulo 1° de la Ley de Presupuesto para el ano Fiscal 2010. Modifiquese el primer y el MORDAZA parrafo del inciso a) del numeral 1.4 del articulo 1° de la Ley N° 29465, Ley de Presupuesto para el ano Fiscal 2010, conforme a lo siguiente: "Articulo 1º.- El Presupuesto Anual de Gastos (...) 1.4 Los creditos presupuestarios aprobados al Ministerio de Economia y Finanzas por la presente Ley comprenden recursos hasta por la suma de UN MIL OCHOCIENTOS MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 800 000 000,00) para ser destinados a los siguientes fines: a) SEISCIENTOS MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 600 000 000,00) para el financiamiento del

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