Norma Legal Oficial del día 24 de diciembre del año 2009 (24/12/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 60

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 24 de diciembre de 2009

Aprueban el Plan de Desarrollo Regional Concertado 2009-2021 (Reformulado) de la Region Huanuco"
ORDENANZA REGIONAL Nº 072-2009-CR-GRH MORDAZA, 26 de octubre del 2009 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL HUANUCO. VISTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional MORDAZA, en su Sesion Ordinaria de fecha veintidos de octubre del ano dos mil nueve; visto y debatido el Dictamen Nº 062-2009-CPPPATAL-CR/GRH, presentado por la Comision Permanente de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Asuntos Legales, referente a la Aprobacion del "Plan de Desarrollo Regional Concertado 2009-2021 (Reformulado), con el MORDAZA unanime del Pleno, y; CONSIDERANDO: Que, conforme al inciso 2. del articulo 192º de la Constitucion Politica del Estado, modificada por la Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralizacion, los Gobiernos Regionales son competentes para formular y aprobar el Plan de Desarrollo Regional Concertado con las municipalidades y la sociedad civil; Que, concordante con la disposicion constitucional MORDAZA referida, la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, en su Articulo 35, inciso b), preve como competencia exclusiva de los Gobiernos Regionales, formular y aprobar el Plan de Desarrollo Regional Concertado con las municipalidades y la sociedad civil de su region, precepto en correlacion con los articulos 9, inciso b), y 10, inciso 1, acapite b), de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales; Que, por mandato expreso de la Ley de Bases de la Descentralizacion contenido en su articulo 17, numeral 17.1, los Gobiernos Regionales y localidades estan obligados a promover la participacion ciudadana en la formulacion, debate y concertacion de sus planes de desarrollo y presupuestos, y en la gestion publica, debiendo garantizar a este efecto el acceso de todos los ciudadanos a la informacion publica, con las excepciones que senala la Ley, asi como la conformacion y funcionamiento de espacios y mecanismos de consulta, concertacion, control, evaluacion y rendicion de cuentas; disposicion concordante con el numeral 18.2 del articulo de la misma Ley, conforme al cual los planes y presupuestos participativos son de caracter territorial y expresan los aportes e intervenciones tanto del sector publico como privado, de las sociedades regionales y locales y de la cooperacion internacional; Que, los Gobiernos Regionales tienen por finalidad esencial, de acuerdo a lo estipulado por el Articulo 4 de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, fomentar el desarrollo regional integral sostenible, promoviendo la inversion publica y privada y el empleo, y garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo; Que, asimismo el inciso b) del articulo 15º Capitulo II, de la Ley Nº 27867 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales, entre las atribuciones del Consejo Regional senala: Aprobar el Plan de Desarrollo Regional Concertado de mediano y largo plazo, concordante con el Plan Nacional de Desarrollo y buscando la articulacion entre zonas urbanas y rurales, concertadas con el Consejo de Coordinacion Regional; Que, asimismo el articulo 32º Capitulo VI, de la Ley Nº 27867 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales, referente a Gestion Regional senala: La gestion de gobierno Regional se rige por el Plan de Desarrollo Regional Concertado de mediano y largo plazo, asi como el Plan Anual y el Presupuesto Participativo Regional, aprobados de conformidad con politicas nacionales y en cumplimiento del ordenamiento juridico vigente;

Que, la eficacia es uno de los principios rectores de las politicas y la gestion regional de conformidad con el Articulo 8º, inciso 5, de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, en cuya virtud los Gobiernos Regionales organizan su gestion en torno a los planes y proyectos de desarrollo regional concertados, al cumplimiento de objetivos y metas explicitos y de publico conocimiento; Por lo que estando a lo dispuesto por el Articulo 38 de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, el Consejo regional del Gobierno Regional MORDAZA, ha emitido la siguiente: ORDENANZA: Articulo Primero.- APROBAR, el Plan de Desarrollo Regional Concertado 2010-2021 (Reformulado) del Gobierno Regional MORDAZA, conforme a su texto integro, el mismo que forma parte de la presente Ordenanza Regional, con el siguiente contenido: MORDAZA I. ENTORNO MUNDIAL Y NACIONAL El MORDAZA de la Globalizacion Politica Nacional y MORDAZA Macroeconomico II. PROCESOS Y TENDENCIAS Modernizacion de la Empresa Surgimiento de una Nueva Clase Media Nuevos Profesionales y Tecnicos de Empresas Modernas Micro Empresarios que ya son Medianos Empresarios Desarrollo de la Red Vial Desarrollo Cultural Desarrollo Educativo Telecomunicaciones Desarrollo de la Mineria Desarrollo Economico Productiva Crecimiento del Turismo Mundial Turismo Receptivo para el Peru Crecimiento del Turismo Nacional (interno) Tendencia Ambiental Flujo Migratorio Flujo Pesquero Tratado de Libre Comercio con EE.UU. III. LOS ROLES ECONOMICOS DE MORDAZA IV. MORDAZA DE REFERENCIA V. MORDAZA DE DESARROLLO VI. CARACTERIAZION REGIONAL 6.1 Caracteristicas Generales 6.2 Caracteristicas Fisicas 6.3 Caracterizacion Social 6.4 Caracterizacion Economico 6.5 Caracterizacion Ambiental 6.6 Ordenamiento y Demarcacion Territorial 6.7 Caracterizacion Institucional VII. DIAGNOSTICO ESTRATEGICO Analisis FODA VIII. PLAN ESTRATEGICO Vision Dimensiones de Desarrollo y Ejes Estrategicos Prioritarios Lema IX. OBJETIVOS ESTRATEGICOS Dimension Economico Productivo Dimension Social Dimensiones de Desarrollo Institucional Dimension Ambiental Territorial X. POLITICAS ESTRATEGICAS XI. METAS 2009-2021 XII. PROGRAMA MULTIANUAL DE INVERSION PUBLICA 2009-2021 ANEXOS.

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