Norma Legal Oficial del día 14 de enero del año 2009 (14/01/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 130

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 14 de enero de 2009

PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Decreto Supremo que prorroga el Estado de Emergencia en la MORDAZA del cerro Tamboraque, del distrito de San MORDAZA de Huanchor, de la provincia de Huarochiri, del departamento de MORDAZA
DECRETO SUPREMO Nº 002-2009-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 050-2008-PCM se declaro el estado de emergencia del cerro Tamboraque, del distrito de San MORDAZA de Huanchor, de la provincia de Huarochiri, del departamento de MORDAZA, por el plazo de sesenta (60) dias, debido al riesgo de deslizamiento de envergadura existente en la MORDAZA y que puede arrastrar los relaves y la planta de beneficio de la Concentradora Tamboraque perteneciente a la Compania Minera San MORDAZA (Peru ) S.A.; pudiendo asimismo afectar la carretera central, las vias ferreas que la atraviesan y el propio rio Rimac; Que, por Decreto Supremo Nº 064-2008-PCM y Decreto Supremo Nº 071-2008-PCM, se prorrogo sucesivamente el estado de emergencia en el area geografica MORDAZA mencionada; Que, asimismo, mediante el Decreto Supremo Nº 0712008-PCM se modifico el articulo 2º del Decreto Supremo Nº 050-2008-PCM en el sentido de considerar que las acciones a ejecutarse destinadas a la reduccion de los riesgos existentes y a la rehabilitacion de las zonas que pudieran verse afectadas, pueden ser modificadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentado durante su ejecucion, sustentadas en los estudios tecnicos de las entidades competentes; Que, conforme al Informe Nº 010-2008-INDECI/10.0 del 31 de diciembre de 2008, de la Direccion Nacional de Prevencion del Instituto Nacional de Defensa Civil INDECI, se evidencia que aun permanecen en la MORDAZA declarada en estado de emergencia, las condiciones de alto riesgo de deslizamiento del cerro Tamboraque, por efecto de algun movimiento sismico y/o la vibracion del ferrocarril que cruza la MORDAZA, asi como por el potencial peligro de fuertes precipitaciones pluviables propias de la estacion; Que, como se senala en el referido informe, en el MORDAZA del estado de emergencia declarado mediante el Decreto Supremo Nº 050-2008-PCM y sus prorrogas, se ha emitido el Decreto de Urgencia Nº 044-2008, mediante el cual se dispone la adopcion de medidas de emergencia para la ejecucion de estudios, obras y supervision del drenaje subterraneo del Cerro Tamboraque. Asimismo, mediante Resolucion Ministerial Nº 560-2008-MEM/DM de fecha 3 de diciembre de 2008, se ha exonerado de MORDAZA de seleccion la contratacion de servicio de elaboracion de estudio y expediente tecnico a nivel constructivo del sistema de drenaje subterraneo del Cerro Tamboraque; acciones entre otras, que por su propia naturaleza aun se encuentran en MORDAZA y que son necesarias para la reduccion de los riesgos existentes en la MORDAZA de emergencia; Que, estando por vencer el plazo de vigencia del Estado de Emergencia referido en los considerandos precedentes, y subsistiendo aun las condiciones que determinaron su declaratoria, el Instituto Nacional de

Defensa Civil - INDECI ha solicitado la prorroga del Estado de Emergencia; Que, en tanto las condiciones de emergencia en la mencionada area geografica, se mantengan vigentes, es necesario prorrogar el periodo de declaracion de Estado de Emergencia, con el fin de que se continuen con las acciones destinadas a la reduccion y minimizacion de los riesgos existentes; y, De conformidad con el inciso 1) del articulo 137º de la Constitucion Politica del Peru, que establece que la prorroga del estado de emergencia requiere de MORDAZA decreto; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros y con cargo de dar cuenta al Congreso de la Republica; DECRETA: Articulo 1º.- Prorroga del estado de emergencia Prorrogar por el termino de sesenta (60) dias, a partir del 15 de enero de 2009, el Estado de Emergencia en la MORDAZA del cerro Tamboraque del distrito de San MORDAZA de Huanchor de la provincia de Huarochiri del departamento de Lima. Articulo 2º.- Acciones a ejecutar El Gobierno Regional de MORDAZA, los Gobiernos Locales involucrados, el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, el Ministerio de Agricultura, el Ministerio del Ambiente, el Ministerio de Energia y Minas, el Ministerio de Salud, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, el Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Mineria - OSINERGMIN y demas Instituciones y Organismos del Estado involucrados, asi como las entidades privadas involucradas en cuanto les corresponda, continuaran con la ejecucion de las acciones necesarias destinadas a la reduccion de los riesgos existentes y a la rehabilitacion de las zonas que pudieran verse afectadas. Articulo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Agricultura, el Ministro del Ambiente, el Ministro de Energia y Minas, el Ministro de Salud, el Ministro de Transportes y Comunicaciones y la Ministra de Vivienda, Construccion y Saneamiento. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los catorce dias del mes de enero del ano dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica YEHUDE MORDAZA MUNARO Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura MORDAZA MORDAZA BRACK EGG Ministro del Ambiente MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas MORDAZA UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de Vivienda, Construccion y Saneamiento
301045-1

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