Norma Legal Oficial del día 17 de noviembre del año 2009 (17/11/2009)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 26

406140

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 17 de noviembre de 2009

Oficinas Generales de Planificacion y Presupuesto y de Asesoria Juridica, respectivamente, del Ministerio de la Produccion, y; CONSIDERANDO: Que, conforme al articulo 188° de la Constitucion Politica del Peru, la descentralizacion constituye una politica permanente de Estado, de caracter obligatorio, que tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del MORDAZA, y que se realiza por etapas, en forma progresiva y ordenada conforme a criterios que permitan una adecuada asignacion de competencias y transferencia de recursos del gobierno nacional hacia los gobiernos regionales y locales; Que, el Ministerio de la Produccion ha transferido diversas funciones a los Gobiernos Regionales que han acreditado su capacidad de gestion conforme a la normativa vigente; Que, de acuerdo con el inciso b) del numeral 23.3 del articulo 23° de la Ley Nº 29158 ­ Ley Organica del Poder Ejecutivo, y el articulo 3° y el numeral 5.2 del articulo 5° del Decreto Legislativo Nº 1047 ­ Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, el Ministerio de la Produccion es competente, de manera compartida con los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales segun corresponda, en materia de pesqueria artesanal, acuicultura de menor escala y de subsistencia, promocion de la industria y comercio interno, y tiene entre sus funciones rectoras, la de dictar normas y lineamientos tecnicos para el otorgamiento de derechos, a traves de autorizaciones, permisos, licencias y concesiones, en el ambito de su competencia; Que, en concordancia con el articulo 16° y la MORDAZA Disposicion Complementaria Transitoria de los "Lineamientos para elaboracion y aprobacion de MORDAZA y establecen disposiciones para el cumplimiento de la Ley del Silencio Administrativo" aprobados por Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM, los procedimientos que se encuentran a cargo de los Gobiernos Regionales conforme al MORDAZA de descentralizacion de la gestion del Estado deben incluirse en su respectivo MORDAZA, debiendo considerar para tal efecto, los procedimientos, segun la relacion que apruebe cada Ministerio, en la que se establecera su denominacion, plazo MORDAZA de atencion y requisitos maximos a solicitar respecto de los procedimientos; Que, la citada Disposicion Complementaria tambien precisa que correspondera a los Gobiernos Regionales adecuar las disposiciones contenidas en su respectivo MORDAZA, a la referida relacion de procedimientos, pudiendo en cualquier caso fijar un plazo menor de atencion o menores requisitos en los procedimientos; por lo que corresponde a los Gobiernos Regionales en lo que se refiere a derechos de tramitacion, tener en consideracion el MORDAZA de promocion que el Sector viene propiciando en las materias bajo su competencia, como es el caso de la pesca artesanal, asi como los planes y politicas nacionales de desarrollo del Sector, que se establezcan conforme a Ley; Que, mediante Oficio Multiple N° 005-2008-PCM/SGP la Secretaria de Gestion Publica de la Presidencia del Consejo de Ministros recomienda que la relacion a que se refieren las disposiciones del Decreto Supremo Nº 0792007-PCM, se apruebe mediante Resolucion Ministerial; Que, de acuerdo a lo expuesto precedentemente, resulta pertinente la aprobacion de la relacion de procedimientos y servicios a cargo de los Gobiernos Regionales correspondiente a funciones transferidas en el MORDAZA del MORDAZA de descentralizacion de la gestion del Estado; Que, estando a los Informes de vistos, y de conformidad con las normas citadas precedentemente y con el visado de las Oficinas Generales de Planificacion y Presupuesto y de Asesoria Juridica, y de los Despachos Viceministeriales de Pesqueria y de MYPE e Industria; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobacion de la Relacion de Procedimientos y Servicios a cargo de los Gobiernos Regionales Aprobar el documento denominado "Relacion de procedimientos y servicios del Sector Produccion a

cargo de los Gobiernos Regionales", conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2°.- Adecuacion de los MORDAZA de los Gobiernos Regionales Los Gobiernos Regionales deberan considerar la relacion referida en el articulo 1° de la presente Resolucion Ministerial, para efectos de sus respectivos Textos Unicos de Procedimientos Administrativos, en materia de extraccion y procesamiento pesquero, pesca artesanal, acuicultura, asuntos ambientales de pesqueria y competitividad, pudiendo en cualquier caso fijar un plazo menor de atencion o menores requisitos en los procedimientos. Articulo 3°.- Derechos de Tramite El monto de los derechos de tramite de los procedimientos administrativos y servicios comprendidos en el Anexo adjunto, seran determinados por cada Gobierno Regional de acuerdo a lo establecido en la Directiva Nº 001-95-INAP/DTSA "Pautas metodologicas para la fijacion de costos de los procedimientos administrativos", aprobada por Resolucion Jefatural Nº 087-95-INAP/DTSA, considerando las exoneraciones dispuestas por Ley en los casos correspondientes, en concordancia con lo establecido en Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM. Articulo 4°.- Publicacion Publiquese la presente Resolucion Ministerial en el "Diario Oficial El Peruano", y el Anexo a que refiere el articulo 1° de la presente Resolucion Ministerial, en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion (www. produce.gob.pe). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ARAOZ MORDAZA Ministra de la Produccion 423572-1

RELACIONES EXTERIORES
Nombran Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Peru en la Republica Italiana
RESOLUCION SUPREMA Nº 362-2009-RE MORDAZA, 16 de noviembre de 2009 De conformidad con el inciso 12 del articulo 118° de la Constitucion Politica del Peru, que establece la facultad del senor Presidente de la Republica de nombrar Embajadores y Ministros Plenipotenciarios, con aprobacion del Consejo de Ministros, con cargo a dar cuenta al Congreso de la Republica; Estando a lo dispuesto en la Primera Disposicion Complementaria de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica; el articulo 64º numeral a) y Primera Disposicion Complementaria del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomatico de la Republica, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Nombrar Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Peru en la Republica Italiana al senor MORDAZA Ferrero Costa. Articulo 2º.- Extenderle las Cartas Credenciales y Plenos Poderes correspondientes. Articulo 3º.- La fecha en que el senor MORDAZA Ferrero Costa asuma sus funciones sera fijada mediante resolucion ministerial.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.