Norma Legal Oficial del día 02 de abril del año 2010 (02/04/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano MORDAZA, viernes 2 de MORDAZA de 2010

NORMAS LEGALES

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en los considerandos Decimo MORDAZA, Decimo Tercero, Decimo MORDAZA, Decimo MORDAZA y Decimo MORDAZA de la resolucion recurrida, Octavo: Que, de lo expuesto, teniendo en cuenta que el recurso de reconsideracion tiene por finalidad que la autoridad administrativa reexamine su decision y los procedimientos que llevaron a su adopcion, de manera que, de ser el caso, se puedan corregir errores de criterio o analisis, se aprecia que los argumentos sostenidos por el recurrente en su recurso de reconsideracion han sido debidamente valorados en la resolucion impugnada y resultan inconsistentes, en tanto que la medida disciplinaria, ademas, es racionalmente adecuada a los actos de inconducta debidamente acreditados; Por las consideraciones expuestas, estando a lo acordado por unanimidad por los senores Consejeros votantes en la Sesion Plenaria de 26 de noviembre de 2009, sin la presencia del senor Consejero, doctor MORDAZA MORDAZA Gardella, y de acuerdo a lo establecido en el articulo 37 incisos b) y e) de la Ley Nº 26397; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar infundado el recurso de reconsideracion interpuesto por el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra la Resolucion 188-2009-PCNM de 31 de agosto de 2009, dandose por agotada la via administrativa. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 475718-2

a.m., sin cumplir la jornada ordinaria de trabajo; y, el dia 12 de diciembre del mismo ano, habiendo concluido una diligencia de levantamiento de cadaver a las 13:40 horas, no haber retornado a su centro de labores por la tarde; Ademas, la diligencia de exhumacion de cadaver de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA programada para los dias 18, 19 y 20 de diciembre de 2007 no se realizo porque el doctor MORDAZA MORDAZA, quien estaba comisionado para su realizacion, no asistio al despacho en esas fechas; Tercero.- Que, el doctor MORDAZA MORDAZA fue notificado por este Consejo para que preste su declaracion ante la Comision Permanente de Procesos Disciplinarios el 28 de enero de 2009, la que tuvo que ser reprogramada a pedido del procesado para el 11 de febrero del mismo ano y, ante la negativa de recibir la notificacion en el domicilio procesal, se le notifico por edicto la nueva fecha, 25 de febrero de 2009, diligencia a la que tampoco concurrio; ademas, se le notifico por edicto la fecha dispuesta para el informe oral requerido, 26 de marzo de 2009, omitiendo presentarse a dicha diligencia; Cuarto.- Que, por escrito presentado el 21 de enero de 2008 el fiscal procesado formulo su descargo ante la Oficina Desconcentrada de Control Interno de Amazonas, refiriendo que no asistio a laborar los dias 3, 4, 5, 6, 7, y del 13 al 18 de diciembre de 2007 por problemas personales que no puede senalar en razon de su derecho a la intimidad, y senala estar dispuesto a asumir la sancion que se le imponga, agregando que fue un grave error no haber comunicado oportunamente su situacion al Fiscal Provincial; Que, ademas, refirio que si laboro el 12 de diciembre de 2007, siendo prueba de ello, segun afirma, la diligencia de levantamiento de cadaver y necropsia de ley realizada en el distrito de Trita, que termino casi a las 5:00 p.m., por lo que se retiro a su domicilio; Que, asimismo, indico que no era tan MORDAZA que hubiera frustrado la diligencia de exhumacion de cadaver de MORDAZA Euder MORDAZA MORDAZA, pues la misma se llevo a cabo entre los dias 9 a 11 de enero de 2008; Que, por escrito de 28 de noviembre de 2008 el doctor MORDAZA MORDAZA formula su descargo ante el Consejo Nacional de la Magistratura, indicando que reitera el presentado ante la Oficina Desconcentrada de Control Interno de Amazonas, y refiriendo que considera la propuesta de destitucion desproporcionada y abusiva; finalmente, indica que lo trasladaron a la Fiscalia de Luya sin tener en cuenta que esa localidad se encuentra cerca de Bagua Grande, lugar en el que tuvo problemas que ocasionaron el deterioro de su salud; Quinto.- Que, del estudio del expediente se aprecia que por oficio de 7 de diciembre de 2007 el Fiscal Provincial de la Fiscalia Provincial Mixta de Luya, doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, informo al Fiscal Superior Decano del Distrito Judicial de Amazonas, doctor MORDAZA MORDAZA De Fina, sobre las inasistencias a laborar del doctor MORDAZA MORDAZA los dias 3, 4, 5, 6 y 7 de diciembre de 2007; ademas, por resolucion de 14 de diciembre de 2007, obrante a fojas 4, el doctor MORDAZA De Fina dispuso considerar injustificadas las inasistencias del fiscal procesado los dias MORDAZA referidos; Que, por oficio de 18 de diciembre de 2007, corriente a fojas 7, el Fiscal Provincial MORDAZA MORDAZA informo al Fiscal Superior Decano que el doctor MORDAZA MORDAZA habia faltado a su centro de trabajo, ademas de los dias 3 a 7 de diciembre de 2007, tambien los dias 12 (por la tarde), 13, 14, 17 y 18 del mismo mes y ano; ademas, refirio que tampoco cumplia con asistir a las diligencias que se le asignaban, habiendo consignado en su oficio: "(...) asimismo tampoco cumple con asistir a las diligencias de MORDAZA que se le encomiendan, tal es el caso de la diligencia que deberia realizarse los dias 18, 19 y 20 en la exhumacion de cadaver del que en MORDAZA fue MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA (...)"; Que, por resolucion de fojas 8 el Fiscal Superior Decano decidio considerar injustificadas las inasistencias del doctor MORDAZA MORDAZA los dias 12, 13, 14, 17 y 18 de diciembre de 2007; Sexto.- Que, de las copias de Partes Diarios de Asistencia que aparecen de fojas 31 a 36 se aprecia que el fiscal procesado no asistio a trabajar los dias 3 a 7 de diciembre de 2007, asi como tampoco los dias 12 por la tarde, 13, 14, 17 y 18 de diciembre de 2007, habiendose senalado en el parte de 5 de diciembre que se retiro a las 9:30 a.m., lo que se encuentra corroborado por el propio

Destituyen a fiscal adjunto provincial asignado actualmente a la Fiscalia Provincial Especializada en Prevencion del Delito de Bagua, Distrito Judicial de Amazonas
(Se publica la resolucion de la referencia a solicitud del Consejo Nacional de la Magistratura mediante Oficio Nº 193-2010-OA-CNM, recibido el 31 de marzo de 2010) RESOLUCION DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 186-2009-PCNM P.D. Nº 029-2008-CNM San MORDAZA, 31 de agosto de 2009 VISTO; El MORDAZA disciplinario numero 029-2008-CNM, seguido contra el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por su actuacion como Fiscal Adjunto Provincial, asignado actualmente a la Fiscalia Provincial Especializada en Prevencion del Delito de Bagua, Distrito Judicial de Amazonas, y el pedido de destitucion formulado por la senora Fiscal de la Nacion; y, CONSIDERANDO: Primero.- Que, por resolucion Nº 143-2008-PCNM de 1º de octubre de 2008, el Consejo Nacional de la Magistratura abrio MORDAZA disciplinario al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por su actuacion como Fiscal Adjunto Provincial, asignado actualmente a la Fiscalia Provincial Especializada en Prevencion del Delito de Bagua, Distrito Judicial de Amazonas; Segundo.- Que, se imputa al doctor MORDAZA Salazar: Haberse ausentado sin causa justificada de su centro de labores ubicado en la Fiscalia Provincial Mixta de Luya ­ Lamud, durante el periodo comprendido entre el 3 al 7 de diciembre de 2007, asi como los dias 12 (por la tarde), 13, 14, 17 y 18 del mismo mes y ano; Asimismo, haber registrado su ingreso el 5 de diciembre de 2007 a la 8:00 a.m., retirandose a las 9:30

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