Norma Legal Oficial del día 02 de abril del año 2010 (02/04/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano MORDAZA, viernes 2 de MORDAZA de 2010

NORMAS LEGALES
Registrese, comuniquese y cumplase. FREDDY S. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 475664-1

416629

Y-Z) y con terrenos del Ex Fundo Naranjal con Unidad Catastral Nº 10707 y Nº 10706 de propiedad de MORDAZA MORDAZA (Vertices Z-A'). Por el Oeste: Colinda con terreno del Ex ­ Fundo Chuquitanta de propiedad de pequenos propietarios con una linea recta de 840 ml (Vertices A'-A). AREA, COLINDANCIAS y MEDIDAS PERIMETRICAS del LOTE N-2 del LOTE A-1 ACCION "A" del EX FUNDO CHUQUITANTA: Tiene un area de 10,780.00 m2, con los siguientes linderos y medidas perimetricas: Por el Norte : Colinda con el Lote N-3 de propiedad de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, mediante una linea recta de 152.10 ml (Vertices T-U) Por el Este : Colinda con terreno del Ex ­ Fundo Pro propiedad de terceros, con una linea ligeramente curva con 95.30 ml (Vertices U-W) Por el Sur : Colinda con terreno del Lote N-1 de propiedad de EPROINTER EIRL con una linea recta de 155.50 ml (Vertices W-X) Por el Oeste : Colinda con terreno del predio matriz Lote A-1 Accion A (Ex ­ Fundo Chuquitanta) de propiedad de MORDAZA Lercari Bianchi, con una linea ligeramente curva de 50.00 ml (Vertices X-T) AREA Y MEDIDAS PERIMETRICAS DEL LOTE A-1 ACCION "A" REMANENTE (Ex ­ Fundo Chuquitanta). Tiene un area de 186,482.00 m2, con los siguientes linderos y medidas perimetricas: Por el Norte : Colinda con terreno eriazo (cerro) en linea recta de tres tramos con 125.00 ml (Vertices A-B); con terreno del predio con Unidad Catastral Nº 10013 propiedad de terceros en linea recta de dos tramos con 20.00 ml y 16.00 ml (Vertices B-C-D); con terrenos del predio del Ex Fundo Chuquitanta Sector II con Unidad Catastral Nº 10004 de propiedad de VIPOL en linea quebrada de seis tramos: 157.00 ml,118.00 ml, 94.00 ml, 107.00 ml, 87.00 ml y 15.00 ml (Vertices D-E-F-G-H-I-J); con terreno del Lote K-1 propiedad de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en linea recta de dos tramos 84.00 ml y 177.46 ml (Vertices J-K-L) y con terreno del ex Fundo Pro propiedad de terceros en linea recta de 12.32 ml (Vertices L-M). Por el Este : Colinda con terrenos de los Lotes N-6 y N-7 propiedad de MORDAZA Ugaz MORDAZA en linea quebrada con cuatro tramos: 175.50 ml, 60.00 ml, 60.00 ml y 145.50 ml (Vertices M-N-O-P-Q); con terreno de Ex Fundo Pro propiedad de terceros en linea recta de 90.54 ml (Vertices QR) y con terreno de los Lotes N-4 y N-3 propiedad de MORDAZA Mellado y MORDAZA MORDAZA G., respectivamente, en linea recta de 135.00 ml, en linea curva de 127.00 ml (Vertices R-S-T) Por el Sur : Colinda con terreno del Lote N-2 posesionado por la Constructora Continente S.A. con una linea ligeramente curva con 50.00 ml (Vertices T-X); con terreno del Lote N-1 de propiedad de EPROINTER EIRL con una linea quebrada de dos tramos 66.25 ml y 149.90 ml (Vertices X-Y-Z) y con terreno del ex Fundo Naranjal con Unidad Catastral Nº 10706 y Nº 10707 de propiedad de MORDAZA MORDAZA con una linea recta de 220.04 ml (Vertices Z-A') Por el Oeste : Colinda con terreno del Ex Fundo Chuquitanta de propiedad de pequenos propietarios con una linea recta de 840.00 ml (Vertices A'-A). Articulo Tercero.- DISPONER se tramite la inscripcion en el Registro de Predios de la Superintendencia Nacional de Registros Publicos de cada una de las areas independizadas a que se refiere el articulo MORDAZA de la presente resolucion de acuerdo al Plano de Independizacion y Memoria Descriptiva, a traves de la parte interesada. Articulo Cuarto.- DISPONER la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano, referente a la Independizacion del terreno MORDAZA, a cuenta de los interesados, en el plazo MORDAZA de 30 dias.

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Crean el Centro Integral de Atencion al Adulto Mayor
ORDENANZA Nº 00052/MDSA MORDAZA MORDAZA, 19 de marzo de 2010 VISTO: En Sesion Ordinaria de la fecha que se indica, el proyecto de Ordenanza que crea el Centro Integral de Atencion al Adulto Mayor. CONSIDERANDO : Que, el Articulo Nº 194 de la Constitucion de la Republica del Peru establece que las Municipalidades son Gobiernos Locales con autonomia Politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Articulo 195 de la Constitucion Politica del Peru establece que las Municipalidades promueven el desarrollo y la economia local, y la prestacion de los servicios publicos de su responsabilidad, en MORDAZA con las politicas y planes nacionales y regionales de desarrollo, concordante con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; Que, la Ley Nº 28803 .- Ley de las Personas Adultas Mayores, da un MORDAZA normativo que garantiza los mecanismos legales para el ejercicio pleno de los derechos reconocidos en la Constitucion Politica y los Tratados Internacionales vigentes de las personas adultas mayores para mejorar su calidad de MORDAZA y que se integren plenamente al desarrollo social, economico. Politico y cultural, contribuyendo al respeto de su dignidad; Que, en el Articulo Nº 2 de la Ley Nº 28803- Ley de Personas Adultas Mayores define por personas adultas mayores a todas aquellas que tengan 60 o mas anos de edad; Que, de conformidad con el primer parrafo del Art. 8ª de la precisada Ley, el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social promueve a traves de la direccion de Personas Adultas Mayores la creacion de Centros Integrales de Atencion al Adulto Mayor(CIAM) en las Municipalidades Provinciales y Distritales; Que, la Ley Nº 27972 ,Ley Organica de Municipalidades en su Articulo 84 numeral 2.4 establece organizar, administrar y ejecutar programas de asistencia, proteccion y apoyo a la poblacion en riesgo, de ninos, adolescentes, mujeres, adultos mayores y personas con discapacidad y otros de la poblacion en situacion de discriminacion; Que, es urgente que en nuestra sociedad de exclusion social, con casos de agresion a los derechos de las Personas Adultas Mayores, se promueva una sociedad solidaria y humanista, inclusiva para todas las edades, que permita mantener relaciones armoniosas, equitativas y de respeto entre ninos, jovenes, adultos y personas adultas mayores; estando al proyecto presentado por la Comision de Desarrollo Humano Genero y Adulto Mayor 2009; En uso de sus facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Municipal por unanimidad aprueba: ORDENANZA QUE CREA EL CENTRO INTEGRAL DE ATENCION AL ADULTO MAYOR Articulo Primero.- Crease el Centro Integral de Atencion al adulto Mayor ( CIAM.) en el Distrito de MORDAZA MORDAZA, cuyo objetivo es asegurar espacios saludables integrales de socializacion, beneficiando a la poblacion adulta mayor y se integre plenamente al desarrollo social, economico, politico y cultural del distrito, contribuyendo a mejorar su calidad de MORDAZA y respeto a su dignidad; Articulo Segundo.- El Centro Integral del adulto Mayor, reunira a todas aquellas personas mayores de 60

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