Norma Legal Oficial del día 20 de octubre del año 2010 (20/10/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 20 de octubre de 2010

Resolucion, brindaran las facilidades a los encuestadores y supervisores encargados del diligenciamiento de los formularios, quienes estaran debidamente acreditados por la Direccion General de Promocion del Empleo del MTPE. Articulo 4º.- La informacion proporcionada por los miembros del hogar de las viviendas particulares seleccionadas, tiene el caracter de secreto y confidencial, en cumplimiento de lo dispuesto por el articulo 97º del Decreto Supremo Nº 043-2001-PCM. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe

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solicito a la Oficina General de Administracion resolver el contrato suscrito con Rosalynn MORDAZA MORDAZA, por deficiente prestacion de servicios. b. Con Carta s/n de fecha 19 de agosto de 2008, dirigida al Director de la Oficina General de Administracion, la Contratista presento su renuncia. c. Por Oficio Nº 1606-2008-JUS/OGA-OAS de fecha 25 de agosto de 2008, el Director General de Administracion solicito al Secretario Tecnico de la Comision Especial de Implementacion del Codigo Procesal Penal informar sobre las observaciones realizadas a la prestacion de servicios de la Contratista. d. Conforme ello, mediante Oficio Nº 1111-2008JUS-CEI-CPP de fecha 01 de septiembre de 2008 (fojas 0113), el Secretario Tecnico de la Comision Especial de Implementacion del Codigo Procesal Penal remitio el Informe Nº 013-ST-CEI-CPP (fojas 0116) al Director General de Administracion en el cual informo lo siguiente: "(...) 1. La senorita MORDAZA MORDAZA ha mostrado un desempeno deficiente en el cumplimiento de las funciones propias del cargo "Asistente Administrativo" que desempena en esta Secretaria Tecnica, puesto que se ha podido verificar que ha incurrido en lo siguiente: a. Errores en la remision de oficios externos o internos, adjuntando anexos que no correspondian, como puntualmente sucedio en el caso de los Oficios 1001, 1003 y 1004 emitidos por esta oficina. b. Errores en el archivo de la documentacion, puntualmente en el archivo de la correspondencia, cuyos cargos no reflejan el contenido exacto de la documentacion enviada (faltan anexos), lo que ha generado inconvenientes con otras instituciones como el Ministerio del Interior, el Poder Judicial y el Ministerio Publico. c. Poca disposicion y demora a cumplir ordenes para realizar actividades como llamadas telefonicas, envios de fax, busqueda de informacion, coordinacion de reuniones, traslado de documentos, entre otros. 2. (...) La Srta. MORDAZA MORDAZA tampoco mostro un adecuado comportamiento con relacion al horario establecido ingresando a laborar, incluso luego de las 9:00 a.m, cuando la hora de entrada requerida a dicha persona .era a las 8:00 am. Asimismo, en mas de una ocasion falto a laborar en esta oficina, sin justificar sus ausencias (...) pueden ser debidamente corroboradas con el correspondiente registro de asistencia expedido por la Oficina de Personal del Ministerio (...) 3. (...) ha tenido un trato poco MORDAZA hacia el personal de esta oficina que labora en el mismo ambiente, con quienes incluso en alguna ocasion hubo fuertes intercambios de palabras (...) 4. (...) hay que senalar que durante el presente mes de agosto, la senorita MORDAZA MORDAZA nunca cumplio con presentar su informe mensual de actividades dentro del plazo previsto para ello (15 de agosto), sino que recien lo envio mediante documento escrito presentado directamente ante la Oficina de Administracion Documentaria con fecha 22 de agosto pasado. Sobre este particular, debo enfatizar que la referida persona no ha tenido reparo en mentir en dicho documento, afirmando que si habia presentado su informe mensual de actividades oportunamente pero que el suscrito "no lo acepto y lo rompio". 5. (...) hay que tener en cuenta que con fecha 19 del mismo mes (es decir (3) dias MORDAZA de que presente su informe mensual de actividades solicitando la conformidad del mismo), se le comunico verbalmente la decision de solicitar la resolucion de su contrato, debido a las deficiencias evidenciadas en su trabajo lo que fue formalizado mediante el Oficio Nº 1053-2008-JUS-CEICPP. Sin embargo, y con la manifiesta intencion de evadir sus responsabilidades y sorprender a la Administracion del Ministerio, en el mismo dia la senorita MORDAZA MORDAZA presento a la Oficina General de Administracion, por escrito, su renuncia al cargo. e. Por Carta Notarial Nº 2395-2008-OGA/OAS diligenciada y debidamente notificada el 08 de septiembre de 2008, la Entidad requirio a la Contratista para que en un plazo de dos (02) dias satisfaga el incumplimiento de las obligaciones contraidas en el referido contrato. f. Con Carta de fecha 10 de septiembre de 2008 (fojas 0046), la Contratista da respuesta a la carta notarial cursada por la Entidad, manifestando en dicha oportunidad que:

ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO
Sancionan a persona natural con inhabilitacion temporal en sus derechos para participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado
TRIBUNAL DE CONTRATACIONES DEL ESTADO RESOLUCION Nº 1935-2010-TC-S4
Sumilla: (...)"El articulo 226 del Reglamento preve que si alguna de las partes falta al cumplimiento de sus obligaciones, la parte perjudicada debera requerirla mediante carta notarial para que las satisfaga en un plazo no mayor a cinco (05) dias, bajo apercibimiento de resolver el contrato. Si vencido dicho plazo el incumplimiento continua, la parte perjudicada resolvera el contrato en forma total o parcial, mediante carta notarial". MORDAZA, 12 de octubre de 2010 Visto, en sesion de fecha 04 de octubre de 2010 de la Cuarta Sala del Tribunal de Contrataciones del Estado, el Expediente Nº 4683/2008.TC, sobre el procedimiento administrativo sancionador iniciado contra Rosalynn MORDAZA MORDAZA, por la supuesta responsabilidad al haber dado lugar a la resolucion del "Contrato de Locacion de Servicios Nº 20080709" derivado de la Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 456-2008-JUS/S y atendiendo a los siguientes: ANTECEDENTES: 1. El 30 de MORDAZA de 2008, el Ministerio de Justicia, en adelante la Entidad, convoco la Adjudicacion de Menor Cuantia 456-2008-JUS/S, para la "Contratacion de un personal de apoyo para la Secretaria Tecnica de la Comision Especial de Implementacion del Codigo Procesal Penal" por un valor referencial ascendente a S/. 10,000.00 (Diez Mil con 00/100 Nuevos Soles), incluido el Impuesto General a las Ventas (IGV). 2. En esa misma fecha se llevo a cabo la MORDAZA de propuestas y el otorgamiento de la buena pro a favor de Rosalynn MORDAZA MORDAZA, en adelante la Contratista suscribiendose el "Contrato de Locacion de Servicios Nº 20080709". 3. Mediante Oficio Nº 1276-2008-JUS/OGAJ presentado el 25 de noviembre de 2008, subsanado con escrito presentado el 27 de noviembre de 2008, la Entidad denuncio a la Contratista ante el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, (hoy el Tribunal de Contrataciones del Estado), en adelante el Tribunal, por la supuesta responsabilidad al haber dado lugar a la resolucion de "Contrato de Locacion de Servicios Nº 20080709". En dicha oportunidad la Entidad remitio el Informe Nº 0538-2008-OGA/OAS de fecha 10 de noviembre de 2008 en el cual manifesto lo siguiente: a. Mediante Oficio Nº 1053-2008-JUS-CEI-CPP de fecha 19 de agosto de 2008, el Secretario Tecnico de la Comision Especial de Implementacion del Codigo Procesal Penal,

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