Norma Legal Oficial del día 20 de octubre del año 2010 (20/10/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 20 de octubre de 2010

El Oficio N° 2144-2009-CED-CSJLL/PJ, cursado por el Presidente del Consejo Ejecutivo Distrital de la Corte Superior de Justicia de La Libertad; y los Informes N° 166-2009 y N° 046-2010-SEP-GP-GG-PJ, remitidos por la Gerencia General del Poder Judicial; y CONSIDERANDO: Primero: Que, el Consejo Ejecutivo Distrital de la Corte Superior de Justicia de La MORDAZA propone la conversion del Octavo Juzgado de Paz Letrado-Turno B, con sede en la Comisaria de MORDAZA MORDAZA de la MORDAZA de MORDAZA, en el Noveno Juzgado de Paz Letrado de Trujillo; Segundo: Que, la Provincia de MORDAZA, sede de la Corte Superior de Justicia de La MORDAZA, tiene entre otros, diez Juzgados de Paz Letrados, siendo uno de ellos transitorio y el Octavo Juzgado de Paz Letrado tiene sede en Comisaria; Tercero: Que, por Resolucion Administrativa N° 1902004-CE-PJ del 18 de octubre de 2004, se crea el Octavo Juzgado de Paz Letrado de MORDAZA con sede en la Comisaria de MORDAZA MORDAZA de la referida MORDAZA, el cual esta conformado por dos magistrados y atiende en dos turnos; el referido organo jurisdiccional conoce los procesos por faltas de las diecisiete Comisarias de la Provincia de MORDAZA, excepto las del Distrito de La MORDAZA, que cuenta con un Juzgado de Paz Letrado; Cuarto: Que, del analisis estadistico, se observa que este juzgado tiene volumen de ingresos y resolucion, dentro del estandar y capacidad de un solo Juzgado de Paz Letrado; Quinto: Que, de otro lado, el volumen de ingresos y resolucion del 1o, 2o, 3o, 4o 5o, 6o y 7o Juzgados de Paz Letrados de MORDAZA, superan el estandar de carga procesal, originando que su carga pendiente se incremente; Sexto: Que, el referido Octavo Juzgado de Paz Letrado solo cuenta con tres plazas presupuestadas, y por las medidas de austeridad dispuestas por la Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano Fiscal 2010, no puede incrementarse mas plazas para la institucion, sin embargo, y de acuerdo a lo indicado en la Resolucion Administrativa N° 268-2009-CED-CSJLL/PJ del 10 de junio de 2009, expedida por el Consejo Ejecutivo Distrital de la Corte Superior de Justicia de La MORDAZA, el requerimiento de personal para este juzgado, se atenderia mediante la racionalizacion de personal de la misma Corte Superior de Justicia; Setimo: Que, el Informe N° 166-2009-SEP-GP-GG-PJ de la Gerencia General, concluye que es factible atender la conversion del Octavo Juzgado de Paz Letrado -Turno B, por razones de volumen de ingresos y produccion en dichas sedes judiciales. Asimismo, el requerimiento de personal para el Juzgado convertido se MORDAZA mediante racionalizacion de personal de la misma Corte Superior de Justicia de La Libertad; Octavo: Que, asimismo, el Informe N° 046-2010-SEPGP-GG-PJ de la Gerencia General, concluye que es factible ampliar la competencia territorial del Octavo Juzgado de Paz Letrado con sede en la Comisaria de MORDAZA, MORDAZA, para que comprenda la circunscripcion territorial de las Comisarias de la Provincia de MORDAZA, excepto las Comisarias del Distrito de La MORDAZA, por razones de distancia y el volumen de procesos por faltas penales que tramita dicho Juzgado; Noveno: Que, dado que la produccion del Turno A del citado Octavo Juzgado de Paz Letrado se ha mantenido siempre en indices mas altos que el Turno B; como se advierte de los MORDAZA estadisticos remitidos por el Consejo Ejecutivo Distrital de la Corte Superior de Justicia de La MORDAZA mediante Oficio N° 163-2009-OE-CSJLL de fecha 3 de diciembre de 2009, corresponde convertir el citado Turno B en el Noveno Juzgado de Paz Letrado a fin de que conozca materias afines a los otros siete Juzgados de dicha materia; asimismo, a tenor del inciso 6 del articulo 96° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, el Consejo Ejecutivo Distrital debe de fijar las horas del despacho judicial del Octavo Juzgado de Paz Letrado en Comisarias (antes Turno A), tendiendo a una mejor y eficiente atencion de las incidencias de faltas en la Provincia de Trujillo; Decimo: Que, finalmente dada la naturaleza expeditiva del procedimiento para el juzgamiento de las faltas que fuera implementado por la Ley N° 27939, y por el cual se dispuso ubicar Jueces de Paz Letrados en Comisarias de MORDAZA y en aras de adoptar acuerdos para que las dependencias funcionen con celeridad y eficiencia (inciso 26 del articulo 82° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder

Judicial), corresponde al Presidente de la Corte Superior de Justicia de la MORDAZA informar trimestralmente al Consejo Ejecutivo sobre la carga y el desempeno de citado Octavo Juzgado de Paz Letrado de Trujillo; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, con arreglo a lo previsto en el inciso 21 del articulo 82° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, de conformidad con el informe del senor Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en sesion ordinaria de la fecha, sin la intervencion del senor Consejero MORDAZA MORDAZA Saldana por encontrarse de licencia, por unanimidad; RESUELVE: Articulo Primero.- Convertir el Octavo Juzgado de Paz Letrado -Turno B de la Comisaria del MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, en Noveno Juzgado de Paz Letrado de MORDAZA, Provincia del mismo nombre, Departamento y Distrito Judicial de La Libertad. La competencia territorial del mencionado organo jurisdiccional, sera la misma que de los demas Juzgados de Paz Letrados de Trujillo. Articulo Segundo.- Modificar el articulo tercero de la Resolucion Administrativa N° 190-2004-CE-PJ, de fecha 18 de octubre de 2004, respecto a la competencia territorial del Octavo Juzgado de Paz Letrado de MORDAZA, Provincia del mismo nombre, Departamento y Distrito Judicial de La MORDAZA, a toda la circunscripcion territorial de las Comisarias de la Provincia de MORDAZA, esto es: · CPNP Buenos Aires, Distrito de MORDAZA Larco MORDAZA, · CPNP MORDAZA de MORDAZA, Distrito de MORDAZA de MORDAZA · CPNP Alto MORDAZA, Distrito de Porvenir · CPNP MORDAZA Alcazar, Distrito de Porvenir · CPNP MORDAZA MORDAZA, Distrito de Porvenir · CPNP Moche, Distrito del mismo nombre · CPNP Miramar, Distrito de Moche · CPNP Salaverry, Distrito del mismo nombre · CPNP Huanchaco, Distrito del mismo nombre · CPNP El MORDAZA, Distrito de Huanchaco · CPNP Laredo, Distrito del mismo nombre · CPNP Poroto, Dstrito del mismo nombre · CPNP Simbal, Distrito del mismo nombre Se exceptua a las Comisarias del Distrito de La MORDAZA, que cuenta con un Juzgado de Paz Letrado. Articulo Tercero.- El requerimiento de personal para el Noveno Juzgado de Paz Letrado de MORDAZA, se atendera mediante racionalizacion de personal de la misma Corte Superior de Justicia de La Libertad. Articulo Cuarto.- Disponer que el Consejo Ejecutivo Distrital de la Corte Superior de Justicia de La MORDAZA fije las horas del despacho judicial del Octavo Juzgado de Paz Letrado en Comisaria (antes Turno A), tendiendo a una mejor y eficiente atencion de las incidencias de faltas en la provincia de Trujillo. Articulo Quinto.- El Presidente de la mencionada Corte Superior informara trimestralmente al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, sobre la carga y el desempeno del citado Octavo Juzgado de Paz Letrado en Comisaria. Articulo Sexto.- Facultar al Presidente de la Corte Superior de Justicia de La MORDAZA y a la Gerencia General del Poder Judicial, para que adopten las acciones administrativas que MORDAZA necesarias para el adecuado cumplimiento de la presente resolucion, en cuanto sea de su competencia. Articulo Setimo.- Transcribase la presente resolucion al Presidente de del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de La MORDAZA, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. SS. MORDAZA MORDAZA STEIN MORDAZA O. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

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