Norma Legal Oficial del día 20 de octubre del año 2010 (20/10/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano MORDAZA, miercoles 20 de octubre de 2010

NORMAS LEGALES

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PODER EJECUTIVO AGRICULTURA
Disponen reservar aguas del rio Tumbes para la ejecucion del Proyecto Irrigacion de la Margen Derecha del Rio Tumbes para uso MORDAZA por el periodo de dos anos
RESOLUCION JEFATURAL Nº 646-2010-ANA
MORDAZA, 18 de octubre de 2010 VISTO: El Oficio Nº 629-2009/GOBIERNO REGIONAL DE TUMBES-PR, presentado por el Gobierno Regional de Tumbes, solicitando reserva de recursos hidricos del rio Tumbes a favor del "Proyecto Irrigacion de la Margen Derecha del Rio Tumbes"; y, CONSIDERANDO: Que, segun el articulo 103º de la Ley de Recursos Hidricos, Ley Nº 29338, mediante resolucion de la Autoridad Nacional se puede reservar un volumen de agua para el desarrollo de proyectos, asimismo el numeral 5º del articulo 15º de la misma Ley, senala que es funcion de la Autoridad Nacional, aprobar previo estudio tecnico, reservas de agua por un tiempo determinado cuando asi lo requiera el interes de la nacion; Que, el numeral 206.2 del articulo 206º, concordante con el articulo 207º del Reglamento de la Ley de Recursos Hidricos, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2010-AG, senala que para el otorgamiento de la reserva de recursos hidricos se debera contar con la declaracion de interes nacional o regional del proyecto y la opinion favorable previa de los sectores publicos correspondientes a las actividades a las cuales se destinara el futuro uso del agua; Que, asimismo, el numeral 208.1 del articulo 208º, concordante con el numeral 206.3 del articulo 206º del citado reglamento, dispone que la reserva de recursos hidricos se otorga por un periodo MORDAZA de dos anos prorrogables mientras subsistan las causas que la motivan. Esta reserva no faculta el uso del agua; Que, por Ley Nº 29483, se declaro de necesidad publica e interes nacional la ejecucion del Proyecto Irrigacion de la Margen Derecha del Rio Tumbes, con codigo SNIP num. 97537, destinado a promover el desarrollo productivo MORDAZA en el departamento de Tumbes; Que, mediante Oficio Nº 736-2009-AG-OPP/UIS, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Agricultura, declara aprobado a nivel de perfil, el proyecto "Irrigacion de la Margen Derecha del rio Tumbes"; Que, con el OF. RE (DDF) Nº 1-0-F/104, la Direccion Nacional de Desarrollo Fronterizo del Ministerio de Relaciones Exteriores, ha expresado su opinion favorable al precitado proyecto, en aplicacion de los articulos 43º y 44ª del Reglamento de la Ley de Recursos Hidricos; Que, el Informe Tecnico Nº 010-2010-ANA-DCPRHASUP/MVC de la Direccion de Conservacion y Planeamiento de Recursos Hidricos, concluye que es procedente otorgar, a favor del Gobierno Regional de Tumbes, reserva de recursos hidricos de las aguas provenientes del rio Tumbes, por un periodo de (02) dos anos, para uso MORDAZA y por un volumen anual de 277.4 Hm³, para la ejecucion del Proyecto Irrigacion de la Margen Derecha del Rio Tumbes; y, Estando a lo opinado por la Oficina de Asesoria Juridica, con los vistos de la Direccion de Conservacion y Planeamiento de Recursos Hidricos y de la Secretaria General, y de conformidad con lo establecido por la Ley de Recursos Hidricos, Ley Nº 29338 y el articulo 206º del Reglamento de la Ley de Recursos Hidricos, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2010-AG. SE RESUELVE: Articulo 1º.- De la Reserva de Recursos Hidricos Reservar, a favor del Gobierno Regional de Tumbes, las aguas provenientes del rio Tumbes para la ejecucion del

Proyecto Irrigacion de la Margen Derecha del Rio Tumbes, por un periodo de dos (2) anos, para uso MORDAZA, y por un volumen anual de 277.4 Hm³. Articulo 2º.- De la Supervision de la Reserva de Recursos Hidricos La Autoridad Administrativa del Agua JequetepequeZarumilla y la Administracion Local de Agua Tumbes son responsables de supervisar el cumplimiento de lo dispuesto mediante la presente Resolucion Jefatural, debiendo informar periodicamente a la Direccion de Conservacion y Planeamiento de Recursos Hidricos, respecto del otorgamiento de nuevos derechos de uso de agua que puedan afectar dicha reserva. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA PAGADOR MORDAZA Jefe Autoridad Nacional del Agua

557708-1

Disponen reservar recursos hidricos subterraneos de los valles Moche, MORDAZA y Chao a favor del Proyecto Especial Chavimochic por el periodo de dos anos para uso MORDAZA
RESOLUCION JEFATURAL Nº 647-2010-ANA
MORDAZA, 18 de octubre de 2010 VISTO: El Oficio Nº 623-2010-GRLL-PRE/PECH-01, mediante el cual el Gerente General del Proyecto Especial Chavimochic, solicita la reserva de recursos hidricos subterraneos a favor del citado proyecto; y, CONSIDERANDO: Que, segun el articulo 103º de la Ley de Recursos Hidricos, Ley Nº 29338, mediante resolucion de la Autoridad Nacional se puede reservar un volumen de agua para el desarrollo de proyectos, asimismo el numeral 5º del articulo 15º de la misma Ley, senala que es funcion de la Autoridad Nacional, aprobar previo estudio tecnico, reservas de agua por un tiempo determinado cuando asi lo requiera el interes de la nacion; Que, el numeral 206.2 del articulo 206º, concordante con el articulo 207º del Reglamento de la Ley de Recursos Hidricos, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2010-AG, senala que para el otorgamiento de la reserva de recursos hidricos se debera contar con la declaracion de interes nacional o regional del proyecto y la opinion favorable previa de los sectores publicos correspondientes a las actividades a las cuales se destinara el futuro uso del agua; Que, asimismo, el numeral 208.1 del articulo 208º, concordante con el numeral 206.3 del articulo 206º del citado reglamento, dispone que la reserva de recursos hidricos se otorga por un periodo MORDAZA de dos anos prorrogables mientras subsistan las causas que la motivan. Esta reserva no faculta el uso del agua; Que por Decreto de Urgencia Nº 121-2009 del 23 de diciembre del ano 2009, se declaro de necesidad nacional y de ejecucion prioritaria en el ano 2010 por parte de la Agencia de Promocion de la Inversion Privada-PROINVERSION, la promocion de la inversion privada, entre otros, al Proyecto Chavimochic; Que, mediante el documento del visto, el Proyecto Especial Chavimochic solicita la reserva de aguas subterraneas de los valles de Chao, MORDAZA y Moche; Que, el Informe Tecnico Nº 0007-2010-ANA-DCPRHASUB de la Direccion de Conservacion y Planeamiento de Recursos Hidricos, concluye que, es procedente aprobar la reserva de aguas subterraneas solicitada por el Proyecto Especial Chavimochic, hasta por 90 Hm³/ano, por el plazo de (02) dos anos, prorrogables para fines agricolas; 14 Hm³/ ano corresponden al MORDAZA de Moche, 56 Hm³/ano al MORDAZA de MORDAZA y 20 Hm³/ano al MORDAZA de Chao; Que, el informe tecnico senalado en el considerando precedente, precisa que el mencionado proyecto tiene como finalidad satisfacer demandas agricolas;

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