Norma Legal Oficial del día 20 de octubre del año 2010 (20/10/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano MORDAZA, miercoles 20 de octubre de 2010

NORMAS LEGALES

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que existen circunstancias atenuantes de la responsabilidad del infractor, corresponde imponer a la Contratista la sancion administrativa de inhabilitacion temporal en sus derechos para participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por el periodo de seis (06) meses. Por estos fundamentos, de conformidad con el informe del Vocal Ponente Dr. MORDAZA Zumaeta Giudichi y la intervencion de los Vocales doctores MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Wina Isasi MORDAZA, y atendiendo a la conformacion de la Cuarta Sala del Tribunal de Contrataciones del Estado segun lo dispuesto en la Resolucion Nº 190-2010-OSCE/ PRE, expedida el 29 de marzo de 2010, y en ejercicio de las facultades conferidas en los articulos 53, 59 y 61 aprobado por Decreto Legislativo 1017, Ley de Contrataciones del Estado, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo 184-2008-EF, y los articulos 17 y 18 del Reglamento de Organizacion y Funciones del OSCE, aprobado por Decreto Supremo 006-2009-EF; analizados los antecedentes y luego de agotado el debate correspondiente, por unanimidad; LA SALA RESUELVE: 1. Imponer a Rosalynn MORDAZA MORDAZA, sancion administrativa de inhabilitacion temporal en sus derechos para participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado por haber incurrido en causal de infraccion contenida en el numeral 2) del articulo 294 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, por el periodo de seis (06) meses, la cual entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la presente Resolucion. 2. Poner la presente Resolucion en conocimiento de la Subdireccion del Registro Nacional de Proveedores del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE), para las anotaciones de Ley. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA ZUMAETA GIUDICHI ISASI MORDAZA

sus clientes por un mejor y mas eficiente servicio, asi como para mejorar la efectividad de sus operaciones. Asi, la familia de normas ISO 9000 proporcionan un sistema o nucleo generico de normas de sistemas de calidad para ayudar a las organizaciones de todo MORDAZA y tamano, en la implementacion y operacion de sistemas de calidad; Que, actualmente estos sistemas involucran a todo MORDAZA de empresa tanto privada como publica, tanto es asi que varias entidades publicas peruanas poseen actualmente certificado ISO 9001:2000, tales como SUNAT, CONAM, INDECOPI, Municipalidad de MORDAZA de la MORDAZA, OSITRAN, OSINERG y SENATI; Que, la SUNARP pese a ser reconocida por la ciudadania como una institucion de alta confiabilidad y eficiencia, no posee aun un sistema de gestion de calidad. El obtenerlo, implica una serie de beneficios entre los que cabe destacar, la mejora y prestigio de la institucion, mayor eficiencia, predictibilidad en los servicios, mejor deteccion de los problemas administrativos y registrales relacionados a la atencion de los usuarios, desarrollo de un cultura organizacional orientada a la calidad, eliminacion de duplicidad de actividades y desarrollo de indicadores cualitativos para medir la satisfaccion del usuario; Que, en tal sentido, es importante para la actual gestion de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, la obtencion de un Certificado ISO 9001:2000, por lo que es pertinente designar a un grupo de trabajo que impulse y dirija el MORDAZA para obtener tal certificado; De conformidad con el articulo 7, literal v) del Estatuto de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, aprobado por Resolucion Suprema Nº 135-2002--JUS; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Designar al grupo de trabajo que se encargara de impulsar y dirigir el MORDAZA para la obtencion de un Certificado ISO 9001:2000, para alguno de los servicios registrales que brinda la Superintendencia Nacional de los servicios Publicos, conformado por las siguientes personas: - Abogado MORDAZA Eguren Ciurlizza ­ Presidente - Abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA ­ Miembro - Ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA ­ Miembro - Abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Miembro - Lic. Adm. MORDAZA MORDAZA Paz ­ Miembro Articulo 2°.-, En el plazo de 7 dias, contados desde la notificacion de la presente, el referido grupo de trabajo debera presentar a la Gerencia General el plan y cronograma de trabajo para la obtencion del Certificado ISO 9001:2000. Articulo 3°.- Disponer que todas las autoridades de la SUNARP brinden las facilidades necesarias a los miembros del grupo de trabajo para que puedan efectuar la labor encomendada. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA SCHEELJE Superintendente Nacional de los Registros Publicos

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SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS
Designan grupo de trabajo encargado de dirigir el MORDAZA para la obtencion de un Certificado ISO 9001:2000 para alguno de los servicios registrales que brinda la SUNARP
RESOLUCION DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Nº 326-2010-SUNARP/SN
MORDAZA, 18 de octubre de 2010 CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos como ente rector del Sistema Nacional de los Registros Publicos, tiene entre sus funciones dictar las politicas y normas tecnico registrales de los Registros Publicos; Que, es vision de la SUNARP, ser una organizacion plenamente eficiente y eficaz, mediante la prestacion de un servicio moderno y democratico en su cobertura, que facilite el desarrollo de la actividad economica del MORDAZA y constituya un modelo de organizacion y gestion en el sector publico nacional y latinoamericano; Que, hoy en dia muchas empresas han desarrollado sistemas de calidad, como respuesta a la demanda de

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PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Convierten organo jurisdiccional en el Noveno Juzgado de Paz Letrado de MORDAZA y modifican la Res. Adm. Nº 190-2004-CE-PJ
RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 270-2010-CE-PJ
MORDAZA, 26 de MORDAZA de 2010

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