Norma Legal Oficial del día 20 de octubre del año 2010 (20/10/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano MORDAZA, miercoles 20 de octubre de 2010

NORMAS LEGALES

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Autorizan itinerancia de Juzgados Mixto y de Paz Letrado con sede en la localidad de Caballo Cocha, a los distritos de Pebas, San MORDAZA y Yavari, en el Distrito Judicial de MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 271-2010-CE-PJ
MORDAZA, 26 de MORDAZA de 2010 VISTOS: El Oficio N° 387-2009-PJ/CSJLO-P cursado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA y, el Informe N° 237-2009-SEP-GP-GG-PJ remitido por la Gerencia General del Poder Judicial, y CONSIDERANDO: Primero: Que, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA solicita autorizacion para la itinerancia del Juzgado Mixto y de Paz Letrado de la Provincia de MORDAZA MORDAZA - Caballo Cocha, a fin de que estos realicen su funcion jurisdiccional con periodicas visitas por las cuencas de los MORDAZA Amazonas (Bajo Amazonas) y Yavari (Fronteras con Colombia y Brasil); puesto que a lo largo del territorio de dichas zonas, se encontrarian diseminados gran numero de Centros Poblados como entre otros MORDAZA MORDAZA MORDAZA e Islandia; asi como Comunidades Nativas de las Etnias de los Yaguas, Pevas y Ticunas, quienes por las extensas distancias tienen limitaciones para acceder al servicio de administracion de justicia la justicia; Segundo: Que, en la referida solicitud se ha establecido ademas la necesidad de la adquisicion de una embarcacion fluvial, cuyo centro de operaciones seria la MORDAZA de Caballo Cocha, sede tambien de los mencionados organos jurisdiccionales; cabe precisar que dicha itinerancia se aplicaria como una medida transitoria en tanto se implemente el Modulo Basico de Justicia Itinerante Fluvial que fuera creado mediante Resolucion Administrativa N° 274-2007CE-PJ, del 21 de noviembre de 2007; Tercero: Que, la Provincia de MORDAZA MORDAZA, creada por Ley N° 22728 tiene cuatro distritos, siendo su capital la localidad de Caballo Cocha, Distrito de Mariscal MORDAZA MORDAZA, contando con poblacion estimada al 2009 de 60,890 habitantes, en una extension de 39,171.66 Km2; funcionando para toda la provincia un Juzgado Mixto, un Juzgado de Paz Letrado y siete Juzgados de Paz; evidenciandose en el Informe N° 237-2009- SEP-GP-GGPJ, de la Sub Gerencia de Estudios y Proyectos de la Gerencia de Planificacion, que el volumen de ingresos resueltos y carga procesal pendiente del Juzgado Mixto y de Paz Letrado, se encuentra dentro del estandar establecido; asimismo, analizada la distancia de la localidad de Caballo Cocha a las capitales de los distritos de la Provincia de MORDAZA MORDAZA, se evidencia segun informacion proporcionada por la Gerencia General del Poder Judicial, la existencia de gran dificultad de la poblacion para acceder a los precitados juzgados no solo por la distancia sino tambien por el costo; asi de Caballo Cocha a Pebas: ocho horas a un costo de S/. 200.00 nuevos soles; a San Pablo: cinco horas a igual costo, y a Yavari: cuatro horas a un costo de S/. 60.00 nuevos soles, empleando como medio de transporte deslizadores; coligiendose la urgente necesidad de tomar acciones que posibiliten a la poblacion de las zonas en referencia mayor acceso al servicio de imparticion de justicia; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, con arreglo a lo previsto en el articulo 82° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, en sesion ordinaria de la fecha, de conformidad con el informe del senor Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, sin la intervencion del senor Consejero MORDAZA MORDAZA Saldana por encontrarse de licencia, por unanimidad; RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar la itinerancia de los Juzgados Mixto y de Paz Letrado con sede en la localidad de Caballo Cocha, Provincia de Mariscal MORDAZA MORDAZA, Departamento y Distrito Judicial de MORDAZA, a los Distritos de Pebas, San MORDAZA y Yavari, de la referida provincia.

Articulo Segundo.- Autorizar al Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA y a la Gerencia General del Poder Judicial a adoptar las medidas complementarias que resulten necesarias, en cuanto sea de su competencia. Articulo Tercero.- Transcribase la presente resolucion al Presidente del Poder Judicial, Ministerio de Justicia, Ministerio Publico, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. SS. MORDAZA MORDAZA STEIN MORDAZA O. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

557566-2

Disponen traslado de magistrado al Primer Juzgado de Trabajo del Callao
RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 315-2010-CE-PJ
MORDAZA 15 de setiembre de 2010 VISTO: El expediente administrativo que contiene la solicitud de traslado por motivos de unidad familiar presentada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Valdivieso, Juez Titular del Juzgado Especializado de Trabajo, Distrito Judicial de MORDAZA, a una plaza vacante de igual jerarquia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA o del Callao, y; CONSIDERANDO: Primero: Que, si bien el articulo 7º, parrafo c), del Reglamento de Traslados de Magistrados del Poder Judicial, establece que no proceden solicitudes de tal indole dentro del ano posterior a la realizacion del concurso para cubrir plazas del nivel en el Distrito Judicial elegido como destino del traslado; tambien lo es que sustentandose el presente caso en razones de unidad familiar, derecho protegido constitucionalmente, y teniendo en cuenta ademas que se han incorporado recientemente a los Distritos Judiciales de MORDAZA y del Callao quienes resultaron ganadores del concurso materia de la Convocatoria N° 002-2008-CNM, para cubrir plazas en las citadas Cortes Superiores de Justicia; se constata que luego de culminado el mencionado concurso, se mantienen plazas vacantes, circunstancia que a merito de lo previsto en el articulo 51° de la Constitucion Politica del Estado, hace factible que este Colegiado evalue el fondo del asunto; Segundo: Que, la solicitud de traslado presentada por el magistrado recurrente a una plaza de igual nivel en la Corte Superior de Justicia de MORDAZA o del Callao; se sustenta en razones de unidad familiar; Tercero: Que, mediante Resolucion N° 672-2005CNM de fecha 05 de MORDAZA de 2005, el Consejo Nacional de la Magistratura nombro al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Valdivieso Juez Mixto Titular del Distrito Judicial de Cajamarca; siendo el caso que mediante Resolucion N° 047-2008-CNM de fecha 20 de febrero de 2008, el citado organo constitucional MORDAZA lo nombro como Juez Titular del Juzgado Especializado de Trabajo del mencionado Distrito Judicial, teniendo a la fecha mas de 5 anos en el ejercicio como magistrado de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca; Cuarto: Al respecto, el articulo 5° del Reglamento de Traslados de Magistrados del Poder Judicial, aprobado por Resolucion Administrativa N° 052-93-CE-PJ, de aplicacion al presente caso, indica que el traslado por razones de unidad familiar procede cuando el conyuge del magistrado y/o sus hijos menores o incapacitados tienen residencia permanente y por razones justificadas en el lugar de destino; Quinto: Sobre el particular, el nombrado magistrado refiere que viene desarrollando labor ininterrumpida como Juez en el Distrito Judicial de MORDAZA por mas de

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