Norma Legal Oficial del día 20 de octubre del año 2010 (20/10/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano MORDAZA, miercoles 20 de octubre de 2010

NORMAS LEGALES

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y los Estados Unidos de MORDAZA, se autorizo al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo ­ MINCETUR a emitir las resoluciones anticipadas de origen y de marcado de origen para las mercancias, de conformidad con lo establecido en los acuerdos comerciales suscritos por el Peru; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 002-2009MINCETUR se aprobo el Reglamento de Resoluciones Anticipadas de Origen y Marcado de Origen para Mercancias, que regula la emision, modificacion y revocacion de resoluciones anticipadas de origen y marcado de origen de las mercancias que se importan al MORDAZA de acuerdos comerciales de los que el Peru es Parte; Que, es necesario implementar algunos compromisos relacionados a la emision de resoluciones anticipadas de origen, adquiridos con posterioridad a la aprobacion del Reglamento de Resoluciones Anticipadas de Origen y Marcado de Origen para Mercancias, en lo concerniente a la informacion requerida en la solicitud de resoluciones anticipadas de origen y precisar la Autoridad Competente de acuerdo a las disposiciones establecidas en la modificatoria al Reglamento de Organizacion y Funciones del MINCETUR, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2010-MINCETUR; De conformidad con lo establecido en el inciso 8 del articulo 118° de la Constitucion Politica del Peru y en la Ley N° 27790, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; DECRETA: Articulo 1°.- Modificaciones al Reglamento de Resoluciones Anticipadas de Origen y Marcado de Origen. Modificase el articulo 3°, los numerales 4.1 y 4.2 del articulo 4° y la Primera Disposicion Complementaria Transitoria del Reglamento de Resoluciones Anticipadas de Origen y Marcado de Origen, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2009-MINCETUR, en los terminos siguientes: "Articulo 3º.- Definiciones Para los fines de la presente MORDAZA se entendera por: Autoridad Competente: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (MINCETUR), a traves de la Unidad de Origen del Viceministerio de Comercio Exterior. (...)." "Articulo anticipada 4º.De la solicitud de resolucion

(h) una declaracion jurada en la que conste que la informacion presentada es exacta y completa; (i) una MORDAZA de cualquier resolucion anticipada u otra resolucion con respecto a la clasificacion arancelaria de la mercancia que se MORDAZA emitido al solicitante por la Autoridad Aduanera peruana; (j) una declaracion jurada basada en el conocimiento del solicitante, referida a si el MORDAZA que es materia de la solicitud de una resolucion anticipada es, o ha sido, materia de: (i) una verificacion de origen, (ii) una revision administrativa o una apelacion, (iii) una revision judicial, o (iv) una solicitud de resolucion anticipada. De incurrir en alguno de los numerales precedentes, el solicitante debera realizar una breve declaracion exponiendo la situacion o resultado de dicho procedimiento en el territorio de cualquiera de las Partes en el Acuerdo Comercial bajo el cual se solicita la resolucion anticipada; (k) otra informacion relevante que permita a la Autoridad Competente emitir la resolucion anticipada, que podra incluir una muestra de la mercancia." "Disposiciones Complementarias Transitorias PRIMERA: El presente Reglamento entrara en vigencia, de conformidad con lo establecido en el literal d) de la Tercera Disposicion Complementaria de la Ley N° 28977. (...)". Articulo 2°.- Sistematizacion de normas El Reglamento de Resoluciones Anticipadas de Origen y Marcado de Origen para Mercancias, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2009-MINCETUR, y las disposiciones que lo modifican, seran sistematizadas en un Texto Unico Ordenado, el mismo que sera aprobado en un plazo MORDAZA de noventa (90) dias calendario contados a partir de la vigencia del presente Decreto Supremo. Articulo 3°.- Vigencia El presente Decreto Supremo entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 4°.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Comercio Exterior y Turismo. Dado en la MORDAZA de Gobierno, de MORDAZA, a los diecinueve dias del mes de octubre del ano dos mil diez. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FERREYROS KUPPERS Ministro de Comercio Exterior y Turismo

4.1. Las solicitudes de resoluciones anticipadas de origen deberan ser presentadas ante la Autoridad Competente, por escrito y en castellano, MORDAZA de la importacion. Dichas solicitudes podran ser presentadas por: (a) un importador en el territorio del Peru; (b) un exportador o un productor en el territorio de otro MORDAZA Parte del Acuerdo; o, (c) un tercero debidamente autorizado por el importador, exportador o productor. 4.2. El solicitante debera presentar como minimo la siguiente informacion: (a) nombre y datos de contacto del solicitante, indicando si es importador, exportador, productor, o un tercero debidamente autorizado por cualquiera de estos, de acuerdo a lo establecido en el numeral 4.1; (b) si el solicitante es: (i) productor de la mercancia, el nombre y datos de contacto del exportador e importador de la mercancia, (ii) exportador de la mercancia, el nombre y datos de contacto del productor e importador de la mercancia, (iii) importador de la mercancia, el nombre y datos de contacto del productor y exportador de la mercancia, (iv) un tercero, ademas del nombre y datos de contacto del productor, exportador o importador de la mercancia, evidencia de que esta debidamente autorizado por alguno de ellos. (...) (g) una declaracion jurada basada en el conocimiento del solicitante, indicando si la mercancia que es objeto de una solicitud de resolucion anticipada ha sido importada anteriormente al territorio del Peru;

557809-1

CULTURA
Aceptan renuncia y designan Directora del Museo Nacional de Arqueologia, Antropologia e Historia del Peru
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 027-2010-MC
MORDAZA, 18 de octubre de 2010 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo y la Ley Nº 27658 y la Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del estado. La organizacion e integracion, debiendose integrar las funciones y competencias afines, con el objeto de evitar duplicidad y superposicion de funciones y facultades; Que, en ese sentido, a traves del Decreto Supremo Nº 001-2010-MC, publicado en el Diario Oficial El Peruano, el 25 de setiembre de 2010, se dispuso la fusion por absorcion

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