Norma Legal Oficial del día 25 de febrero del año 2011 (25/02/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA, viernes 25 de febrero de 2011

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

437583

2.2 Los pliegos habilitados en la Seccion Primera y Seccion MORDAZA del presente articulo, se detallan en el Anexo: "Transferencia de Partidas - Pliegos Habilitados", que forma parte del presente Decreto Supremo, el cual se publica en el MORDAZA institucional del Ministerio de Economia y Finanzas (www.mef.gob.pe), en la misma fecha de publicacion de la presente MORDAZA en el Diario Oficial El Peruano. 2.3 La Direccion General del Presupuesto Publico autoriza de oficio las ampliaciones de Programacion de Compromisos Anual (PCA) para la atencion de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo. 2.4 En el caso de las entidades que no perciben recursos del Tesoro Publico para el pago de pensiones, el gasto que irrogue la aplicacion de lo dispuesto en el articulo 1º del presente Decreto Supremo sera financiado con cargo a sus respectivos presupuestos institucionales. Articulo 3º.- Procedimiento para la aprobacion institucional 3.1 Los Titulares de los pliegos habilitados en la presente Transferencia de Partidas, aprueban mediante Resolucion, la desagregacion de los recursos autorizados en el numeral 2.1 del articulo 2° de la presente MORDAZA, a nivel funcional programatico, dentro de los cinco (5) dias calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. MORDAZA de la Resolucion sera remitida dentro de los cinco (5) dias de aprobada a los organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 3.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego, solicita a la Direccion General del Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas Partidas de Ingresos, Componentes y Finalidades de Metas. 3.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego instruye a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 4º.- Limitacion al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el articulo 2º del presente Decreto Supremo no podran ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales fueron autorizados. Articulo 5º.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas.

DISPOSICION COMPLEMENTARIA FINAL
Unica.- Las entidades que a la fecha de entrada en vigencia del presente Decreto Supremo hayan pagado pensiones correspondientes al ano 2011, regularizaran el abono del reajuste que dispone el articulo 1º de la presente MORDAZA en el pago correspondiente al mes siguiente. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veinticuatro dias del mes de febrero del ano dos mil once MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA FERREYROS Ministro de Economia y Finanzas

607111-1

Aprueban Indices de Distribucion del FOCAM correspondientes al ano 2011 a ser aplicados a Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y Universidades Publicas de los departamentos de MORDAZA, Huancavelica, Ica, Ucayali y MORDAZA, exceptuando MORDAZA Metropolitana
RESOLUCION MINISTERIAL N° 155-2011-EF/15
MORDAZA, 24 de febrero de 2011

Que, el articulo 1º de la Ley Nº 28451 crea el Fondo de Desarrollo Socioeconomico de Camisea ­ FOCAM como un fondo intangible destinado a contribuir al desarrollo sostenible de los departamentos por donde pasan los ductos principales conteniendo los hidrocarburos de los Lotes 88 y 56; Que, el articulo 2º de la mencionada Ley establece que constituyen recursos del Fondo de Desarrollo Socioeconomico de Camisea ­ FOCAM, el 25% de las regalias que corresponden al Gobierno Nacional provenientes de los Lotes 88 y 56, luego de efectuadas las deducciones derivadas del pago del Canon Gasifero al que se refiere el articulo 11º de la Ley Nº 27506, Ley de Canon; Que, el articulo 3º del Decreto Supremo Nº 0422005-EF, Reglamento de la Ley de creacion del Fondo de Desarrollo Socioeconomico de Camisea ­ FOCAM, precisa que dicho fondo se compone del 25% de los recursos que corresponden al Gobierno Nacional de las regalias procedentes de los Lotes 88 y 56, luego de efectuado el pago del Canon Gasifero y otras deducciones correspondientes a PERUPETRO S.A., OSINERGMIN, y el Ministerio de Energia y Minas de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Nº 26221, Ley Organica de Hidrocarburos; Que, el articulo 4º de la Ley Nº 28451 establece los porcentajes de distribucion del Fondo de Desarrollo Socioeconomico de Camisea ­ FOCAM; Que, el articulo 5º de la Ley Nº 28451, incluido por la Ley Nº 28622, establece que el gobierno regional, los gobiernos locales de las provincias de Atalaya, MORDAZA Portillo, Padre MORDAZA y Purus, y las universidades publicas del departamento de Ucayali son beneficiarios del 2,5% del total de los ingresos que recibe el Estado peruano por concepto de regalias, y establece los porcentajes de distribucion; Que, en los articulos 4º y 5° del Decreto Supremo Nº 042-2005-EF, modificados por el Decreto Supremo Nº 185-2005-EF, se contempla los porcentajes y criterios de distribucion de los recursos del Fondo de Desarrollo Socioeconomico de Camisea ­ FOCAM a favor de los gobiernos regionales, gobiernos locales y universidades publicas de los departamentos de MORDAZA, Huancavelica, Ica, Ucayali y MORDAZA, excluyendo a MORDAZA Metropolitana y se establece que los indices de distribucion se determinaran anualmente mediante resolucion ministerial del Ministerio de Economia y Finanzas, para las transferencias a efectuarse en el mes de enero de cada ano; Que, el Ministerio de Energia y Minas, mediante el Oficio Nº 0056-2011-EM/VME, el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica, a traves de los Oficios Nºs 159-2011-INEI/DTDIS y 188-2011-INEI/DTDIS, y la Asamblea Nacional de Rectores, mediante el Oficio Nº 0073-2010-SE-DGPU-DPIDI/ANR, han remitido informacion acerca de las circunscripciones por las que atraviesa el sistema de transporte desde Camisea a MORDAZA y su longitud en cada jurisdiccion, la informacion estadistica disponible de poblacion, Necesidades Basicas Insatisfechas y superficie, asi como la relacion de universidades publicas con su respectiva ubicacion geografica; Que, en ese sentido resulta necesario aprobar los Indices de Distribucion del Fondo de Desarrollo Socioeconomico de Camisea ­ FOCAM del ano 2011; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28451 y el Decreto Supremo Nº 042-2005-EF y normas modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar los Indices de Distribucion del Fondo de Desarrollo Socioeconomico de Camisea ­ FOCAM correspondientes al ano 2011, a ser aplicados a los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y Universidades Publicas de los departamentos de MORDAZA, Huancavelica, Ica, Ucayali y MORDAZA, exceptuando MORDAZA Metropolitana, conforme a los Anexos Nº 1 y Nº 2 que forman parte de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2°.- La presente Resolucion Ministerial sera publicada en el Diario Oficial El Peruano. Los Anexos a que se refiere el articulo 1° seran publicados en el MORDAZA institucional del Ministerio de Economia y Finanzas (www.

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