Norma Legal Oficial del día 25 de febrero del año 2011 (25/02/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano MORDAZA, viernes 25 de febrero de 2011

NORMAS LEGALES

437593

para la extraccion de los recursos jurel, caballa, MORDAZA, cachema, machete, anchoveta, sardina y suco con destino al consumo humano directo; y los recursos anchoveta y sardina con destino al consumo humano indirecto, en aguas jurisdiccionales peruanas fuera de las cinco (5) millas marinas adyacentes a la costa; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 164-2002-CTAR PIURA/DIREPE-DR de fecha 31 de diciembre del 2002, se modifico los articulos 1º y 3º de la Resolucion Directoral Nº 081-2002-CTAR PIURA/DIREPE-DR relacionado con el permiso de pesca de la embarcacion pesquera MORDAZA Y MORDAZA de matricula TA-5247-CM, de 7.59 de arqueo neto y 32.95 m3 de capacidad de bodega, en la extraccion del recurso hidrobiologico anchoveta con destino para el consumo humano directo e indirecto, y los recursos sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo utilizando redes de cerco con longitud minima de abertura de malla de ½ y 1 ½ pulgadas (13 mm) y (38 mm); segun corresponda, en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas marinas adyacentes a la costa para el caso de los recursos anchoveta y sardina, y fuera de las diez (10) millas marinas adyacentes a la costa para el caso de los recursos jurel y caballa; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 083-2008PRODUCE/DGEPP de fecha 07 de febrero del 2008, se declaro la caducidad del permiso de pesca, entre otros, a la embarcacion pesquera MORDAZA Y MORDAZA de matricula TA5247-CM, unicamente en el extremo referido a la extraccion de los recursos jurel y caballa para el consumo humano directo e indirecto; asimismo, se modifico las resoluciones administrativas de permisos de pesca de acuerdo a lo establecido en el articulo 1° de la mencionada resolucion, y se introdujo las modificaciones en los Literales y Anexos correspondientes de las Resoluciones Ministeriales N°s 084-2007-PRODUCE y 085-2007-PRODUCE; Que, a la fecha la embarcacion pesquera MORDAZA Y MORDAZA de matricula TA-5247-CM de 32.95 m3 de capacidad de bodega, se encuentra consignada en listado de embarcaciones pesqueras con permiso de pesca vigente en el Anexo I de la Resolucion Ministerial N° 0852007-PRODUCE modificado por la Resolucion Directoral Nº 083-2008-PRODUCE/DGEPP, para la extraccion del recurso anchoveta para consumo humano directo e indirecto y sardina para consumo humano directo; Que, el articulo 1º del Decreto Supremo Nº 0012002-PRODUCE, de fecha 05 de septiembre del 2002, establecen respectivamente, que los recursos sardina (Sardinops sagax sagax), jurel (Trachurus picturatus murphy), y caballa (Scomber japonicus peruanus), seran destinados al consumo humano; Que, mediante el escrito del visto, los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MOLEROS DE MORDAZA, solicitan el cambio de titular del permiso de pesca de la embarcacion pesquera MORDAZA Y MORDAZA de matricula TA-5247-CM, sustentando su derecho de propiedad sobre la citada embarcacion a traves del Certificado Compendioso de Dominio de fecha 03 de setiembre del 2010, expedido en la MORDAZA Registral Nº I ­ Sede Piura; Que, de la MORDAZA del Certificado de Matricula de la embarcacion pesquera MORDAZA Y MORDAZA de matricula TA-5247-CM con refrenda vigente, se advierte que, la capacidad de bodega es de 33.14 m3, estando la diferencia entre la capacidad de bodega y el permiso de pesca dentro de los margenes de tolerancia establecidos en el Decreto Supremo Nº 028-2003-PRODUCE; Que, mediante Memorando N° 00666-2010-PRODUCE/ OEC de fecha 30 de diciembre del 2010, la Oficina de Ejecucion Coactiva del Ministerio de la Produccion, informa que la embarcacion pesquera MORDAZA Y MORDAZA de matricula TA-5247-CM registra deuda, sin embargo, el procedimiento de ejecucion coactiva se encuentra suspendido por haber interpuesto demanda contenciosa administrativa; Que, en tal virtud, se ha determinado que los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MOLEROS DE MORDAZA, han cumplido con presentar los requisitos establecidos en el Procedimiento N° 7 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2009PRODUCE; por lo que resulta procedente la aprobacion del cambio de titularidad del permiso de pesca solicitado; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, segun Informe Tecnico Nº 059-2011-PRODUCE/DGEPP-Dchi Complementario del Informe Tecnico Nº 1052-2010-PRODUCE/DGEPP-Dchi e Informe Nº 0069-2011-PRODUCE/DGEPP;

De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25977 ­ Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y sus modificatorias, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE; y, En uso de las facultades conferidas por el articulo 118° del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el literal d) del articulo 53° del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar a favor de los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MOLEROS DE MORDAZA, el cambio de titular del permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera MORDAZA Y MORDAZA de matricula TA-5247-CM, solo en la extraccion de anchoveta para consumo humano directo e indirecto y sardina para consumo humano directo; y en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgado mediante Resolucion Directoral Nº 081-2002-CTAR PIURA/DIREPEDR modificado por Resolucion Directoral Nº 164-2002CTAR PIURA/DIREPE-DR. Articulo 2°.- Condicionar la vigencia del cambio de titular del permiso de pesca de la embarcacion pesquera MORDAZA Y MORDAZA de matricula TA-5247-CM, al resultado del MORDAZA judicial, informado por la Oficina de Ejecucion Coactiva mediante Memorando N° 0666-2010-PRODUCE/ OEC, conforme lo senalado en el tercer parrafo del articulo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca. Articulo 3°.- El permiso de pesca a que se refiere al articulo 1º de la presente Resolucion sera ejercido en el extremo referido al recurso sardina (Sardinops sagax sagax), el cual sera destinado al consumo humano directo, conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 001-2002PRODUCE, o las normas que lo modifiquen o sustituyan, y a las sanciones previstas por su incumplimiento establecidas en el Decreto Supremo N° 016-2007-PRODUCE. Articulo 4°.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca de la embarcacion pesquera MORDAZA Y MORDAZA de matricula TA-5247-CM otorgado al senor MORDAZA MORDAZA ECA a traves de la Resolucion Directoral Nº 081-2002-CTAR PIURA/DIREPE-DR modificado por Resolucion Directoral Nº 164-2002-CTAR PIURA/DIREPE-DR. Articulo 5°.- Incorporar a los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MOLEROS DE MORDAZA como los nuevos titulares del permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera MORDAZA Y MORDAZA de matricula TA-5247-CM, asi como la presente Resolucion en el Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 085-2007PRODUCE, excluyendo al senor MORDAZA MORDAZA ECA consignado en dicho anexo. Articulo 6°.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion, cuya direccion es: www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. YSAAC MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero

606522-7

Declaran fundado recurso de reconsideracion presentado por la empresa Corporacion Pesquera MORDAZA S.A.C. contra la R.D. Nº 597-2010PRODUCE/DGEPP
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 054-2011-PRODUCE/DGEPP
MORDAZA, 1 de febrero del 2011

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