Norma Legal Oficial del día 25 de febrero del año 2011 (25/02/2011)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 12

437584

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 25 de febrero de 2011

mef.gob.pe), en la misma fecha de la publicacion oficial de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA FERREYROS Ministro de Economia y Finanzas

88º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, aprobado por el Decreto Supremo Nº 156-2004EF y modificatorias, el articulo 15º de la Ley Nº 28411 y el Decreto Supremo Nº 060-2010-EF; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Objeto Aprobar, para el Ano Fiscal 2011, las tres series de Indices de Distribucion del Fondo de Compensacion Municipal ­ FONCOMUN, a nivel de cada municipalidad, conforme al Anexo que forma parte de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2°.- Caracteristicas de las series 2.1. De acuerdo a la recaudacion efectiva del FONCOMUN se aplicaran mensualmente los Indices de Distribucion de una de las tres series: - SERIE A: Sera aplicada si los recursos mensuales del FONCOMUN son menores a 266 millones de Nuevos Soles. - SERIE B: Sera aplicada si los recursos mensuales del FONCOMUN son iguales o mayores a 266 millones de Nuevos Soles pero menores a 296 millones de Nuevos Soles. - SERIE C: Sera aplicada si los recursos mensuales del FONCOMUN son iguales o mayores a 296 millones de Nuevos Soles. 2.2. Cada serie consta de tres rubros: - Asignacion Provincial: que representa la asignacion que recibe la municipalidad provincial para acciones de ambito provincial. - Asignacion Distrital: asignacion que corresponde a las municipalidades distritales, incluido el municipio del distrito capital (municipio provincial), para acciones en el ambito del distrito respectivo. - Asignacion Total: En el caso de las municipalidades provinciales representa la suma de la asignacion provincial y la asignacion distrital; en el caso de las municipalidades distritales representa la asignacion distrital. Articulo 3°.- Otorgamiento a las municipalidades 3.1. Los recursos del FONCOMUN se distribuyen de acuerdo a lo establecido en el articulo anterior y se otorgan conforme a lo previsto en el articulo 11° del Decreto Supremo N° 060-2010-EF. 3.2. La Secretaria de Descentralizacion de la Presidencia del Consejo de Ministros comunicara a las municipalidades provinciales el monto transferido para acciones de ambito provincial, el mismo que sera publicado en el MORDAZA institucional de esta entidad para conocimiento de las municipalidades distritales y de la sociedad civil de la jurisdiccion respectiva. Articulo 4°.- Ejecucion de la asignacion provincial Debido a que la estimacion del FONCOMUN tiene caracter anual, al cierre del ejercicio fiscal correspondiente, las municipalidades provinciales deben remitir a la Contraloria General de la Republica la informacion referida al destino de los recursos recibidos por concepto de la asignacion provincial. Articulo 5°.- Publicacion La presente Resolucion Ministerial sera publicada en el Diario Oficial El Peruano. El Anexo a que se refiere el articulo 1° sera publicado en el MORDAZA institucional del Ministerio de Economia y Finanzas (www.mef.gob.pe), en la misma fecha de la publicacion oficial de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA FERREYROS Ministro de Economia y Finanzas

606832-1

Aprueban series de Indices de Distribucion del FONCOMUN a nivel de cada municipalidad, para el Ano Fiscal 2011
RESOLUCION MINISTERIAL N° 156-2011-EF/15
MORDAZA, 24 de febrero de 2011 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al articulo 87º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, aprobado por el Decreto Supremo Nº 156-2004-EF y modificatorias, el Fondo de Compensacion Municipal ­ FONCOMUN se distribuye considerando los criterios que MORDAZA determinados por Decreto Supremo con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros, refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas, con opinion tecnica de la Secretaria de Descentralizacion de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, el articulo 88º de la mencionada MORDAZA dispone que los indices de distribucion del FONCOMUN son determinados anualmente por el Ministerio de Economia y Finanzas, debiendo tenerse en cuenta que los recursos mensuales que perciban las municipalidades por dicho concepto no podran ser inferiores al monto equivalente a ocho (8) Unidades Impositivas Tributarias vigentes a la fecha de aprobacion de la Ley de Presupuesto del Sector Publico de cada ano; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 060-2010-EF se aprobaron los criterios, procedimientos y metodologia para la distribucion del FONCOMUN, disponiendo que la asignacion para cada municipalidad provincial y distrital que se determine en funcion a los criterios previstos en esta MORDAZA, en ningun caso sera menor al monto del FONCOMUN percibido en el ejercicio 2009; Que, segun el literal b) del numeral 15.5 del articulo 15º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, los indices de distribucion del FONCOMUN son aprobados por el Ministerio de Economia y Finanzas mediante resolucion ministerial de acuerdo con los calculos realizados por la Direccion General de Asuntos Economicos y Sociales, considerando los criterios establecidos en el MORDAZA legal correspondiente; Que, asimismo, el literal c) del numeral 15.5 del articulo 15º de la citada Ley senala que la Secretaria de Descentralizacion de la Presidencia del Consejo de Ministros determina los montos a ser distribuidos a los gobiernos locales sobre la base de los indices de distribucion, comunicandolos a la Direccion Nacional del Tesoro Publico para que esta a su vez los transfiera a traves del Banco de la Nacion; Que, la recaudacion de los impuestos que constituyen el FONCOMUN tiene caracter estacional y variable, por lo que resulta conveniente establecer series de indices de distribucion de acuerdo a la recaudacion efectiva mensual de estos recursos, con la finalidad de garantizar la aplicacion efectiva del monto minimo establecido en el articulo 88º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal; Que, en funcion a la informacion proporcionada por el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica, mediante el Oficio Nº 188-2011-INEI/DTDIS, y la Direccion Nacional de Contabilidad Publica, mediante el Memorando Nº 045-2011EF/93.01, la Direccion General de Asuntos Economicos y Sociales ha efectuado los calculos correspondientes para la determinacion de los indices de distribucion del FONCOMUN para el Ano Fiscal 2011; De conformidad con lo establecido por el articulo

606832-2

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.