Norma Legal Oficial del día 25 de febrero del año 2011 (25/02/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 74

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 25 de febrero de 2011

Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 0221-MDI se aprobo prorrogar la vigencia de la Ordenanza Nº 175-MDI referida a la determinacion de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo para el ano 2011 y al importe de las tasas de arbitrios aprobadas mediante Ordenanza Nº 152-MDI, la cual fue ratificada por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA con Acuerdo de Concejo Nº 518, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 31 de Diciembre del 2010, Que, la Ordenanza Nº 152-MDI en su articulo 5° establecio que los arbitrios son de periodicidad mensual, siendo su vencimiento, el ultimo dia habil de cada mes, pudiendo recaudarse de manera trimestral; Que, en resguardo del MORDAZA de legalidad-reserva de la ley, se ha cumplido con establecer en dicha ordenanza los elementos subjetivo, objetivo, temporal y de espacio que constituyen la hipotesis de incidencia generadora de los arbitrios municipales del ano 2008, entre estos, quienes tienen la calidad de deudores, la cuantia del tributo, el momento de nacimiento de la obligacion tributaria, asi como su periodicidad de conformidad con los lineamientos establecidos por el Tribunal Constitucional en la Sentencia N° 0053-2004PI/TC, del 17 de agosto del 2005; Que, conforme lo senala el articulo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, mediante Decreto de Alcaldia se establecen normas reglamentarias y de aplicacion de las Ordenanzas que sancionan procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administracion municipal, que regule asuntos de orden general e interes para el vecindario. Que, mediante la primera Disposicion Final de la Ordenanza Nº 0224-MDI, el Concejo Municipal faculto al MORDAZA de Independencia, para que mediante Decreto de Alcaldia determine la periodicidad, vencimiento y forma de pago de los Arbitrios Municipales 2011. Que, siendo necesario enmarcar el vencimiento de las obligaciones contenidas en la referida Ordenanza, conforme a la determinacion mensual de los arbitrios municipales, resulta oportuno complementarla con la finalidad de otorgar el MORDAZA de facilidades a los administrados; Que, el ultimo parrafo del articulo 29º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, establece que el plazo para el pago de la obligacion tributaria podra ser prorrogado con caracter general, por la Administracion Tributaria. En uso de las facultades conferidas por el numeral 5) del articulo 20° de la Ley Organica de Municipalidades Ley N° 27972; DECRETA: Articulo Primero.- ESTABLECER el cronograma de vencimientos de los arbitrios municipales correspondientes al ejercicio 2011, de la siguiente manera: · Enero, Febrero, Marzo · MORDAZA, MORDAZA, Junio · MORDAZA, Agosto, Setiembre · Octubre, Noviembre, Diciembre 28 de febrero del 2011. 31 de MORDAZA del 2011. 31 de agosto del 2011. 30 de noviembre del 2011.

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 349-2010-MDJM, que aprobo amnistia para el pago de deudas tributarias y administrativas y beneficio por pago voluntario y adelantado de arbitrios municipales
DECRETO DE ALCALDIA N° 05-2011-MDJM
MORDAZA MORDAZA, 18 de febrero del 2011 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MARIA; VISTO, el Memorando N° 082-2011-MDJM-GR de fecha 17 de febrero del 2011, remitido por la Gerencia de Rentas; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 194 de la Constitucion Politica del Peru reconoce a los Gobiernos Locales autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, desarrollada por el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Organica de Municipalidades; Que, mediante Ordenanza N° 349-2010-MDJM, se aprobo el otorgamiento de beneficios que incentiven el pago del Impuesto Predial, Arbitrios Municipales, Multas Tributarias y Multas Administrativas, beneficios que estan vigentes hasta el 30 de diciembre del ano 2010; Que, el Articulo Noveno de la precitada Ordenanza faculta al MORDAZA para dictar las medidas complementarias para su aplicacion, asi como para la prorroga del plazo de vigencia; Que, con Ordenanza Nº 356-2010-MDJM, se establecieron beneficios para los pensionistas y para los contribuyentes que efectuen el pago voluntario y adelantado de los Arbitrios Municipales del 2011, advirtiendose en su articulado que el beneficio para la mayoria de los casos, es otorgado hasta el 28 de Febrero de 2011; Que, la Gerencia de Rentas ha advertido la existencia de un considerable numero de contribuyentes y administrados que han optado en la referida amnistia por regularizar el estado de sus obligaciones administrativas y tributarias, y siendo que en dicho plazo no lograron gozar de los beneficios otorgados la totalidad de deudores, por lo que resulta necesario disponer una prorroga del termino de la vigencia de los beneficios establecidos; Que, mediante Ordenanza N° 352-MDJM, se aprobo el Regimen Tributario de los Arbitrios Municipales para el ejercicio gravable 2011, la misma que en su MORDAZA Disposicion Complementaria, faculta al MORDAZA para dictar las medidas complementarias necesarias respecto a las tasas que la misma regula, asi como para la prorroga de su vencimiento; Que, a la fecha, resulta necesario prorrogar el plazo del vencimiento del Impuesto Predial del mes de febrero de 2011, asi como de los Arbitrios Municipales de los meses de enero y febrero de 2011, a efectos de facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias para los vecinos de la jurisdiccion. Estando a las atribuciones conferidas por el Articulo 42 y el numeral 6 del Articulo 20 de la Ley N° 27972 - Ley Organica de Municipalidades; SE DECRETA: Articulo Primero.- PRORROGASE hasta el 31 de marzo del 2011, el plazo de vigencia de la Ordenanza N° 349-2010-MDJM, que aprobo la Amnistia para el pago de deudas tributarias y administrativas y el beneficio por el pago voluntario y adelantado de Arbitrios Municipales dispuesto mediante Ordenanza Nº 356-2010-MDJM; asimismo, AMPLIESE hasta el 31 de marzo del 2011, el vencimiento para el pago del primer trimestre del Impuesto

Articulo Segundo.- ESTABLECER excepcionalmente a los predios con Uso MORDAZA Habitacion el cronograma de vencimientos de los arbitrios municipales correspondientes al ejercicio 2011, de la siguiente manera:
· Enero, Febrero · MORDAZA, MORDAZA, Junio, MORDAZA, Agosto Setiembre, Octubre, Noviembre y Diciembre 28 de febrero del 2011. el ultimo dia habil de cada mes

Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Rentas y la Sub Gerencia de Informatica y Desarrollo Tecnologico, el cumplimiento de la presente MORDAZA de acuerdo a su competencia y a la Sub Gerencia de Imagen Institucional, la difusion y publicacion de la misma. Articulo Cuarto.- El presente Decreto entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA R. MORDAZA MORDAZA MORDAZA

606512-1

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